Subvención nominativa Sortarazi 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LEIOA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Burututako ekitaldien azalpen-memoria.
  • Memoria explicativa de las actividades realizadas.
  • Identificación de la persona física o jurídica
  • Verificación de la titularidad del número de cuenta bancaria indicando en la ficha de terceros.
  • Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Justificación de estar al corriente del pago con la Tesorería General Seguridad Social, en el caso de que la solicitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social. En materia de igualdad SORTARAZI ha de cumplir las disposiciones relativas al Decreto Legislativo 1/2023 de 16 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres y, especialmente, a los principios generales regulados en los artículos 3, 17 y 19.4 por ser de aplicación directa a entidades que suscriban convenios con las Administraciones Públicas Vascas. El Ayuntamiento podrá, en atención a cada caso concreto, requerir a la persona solicitante cualquier otra documentación complementaria que considere oportuna a los efectos de la valoración de conjunto del proyecto presentado.
  • OTRAS SUBVENCIONES La subvención sujeta al presente convenio es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se rebase el costo de la actividad o proyecto que justifican la petición de la subvención, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones concurrentes. En todo caso la obtención de otras subvenciones o recursos para financiar la actividad subvencionada deberá ser comunicada a la entidad otorgante.
  • CONVENIO Corresponde a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Leioa, la resolución de los conflictos relativos a la aplicación, interpretación o grado de cumplimiento del presente Convenio, previa audiencia de la otra parte. En todo caso el Ayuntamiento de Leioa, en defensa de los intereses de todo tipo del municipio, podrá resolver cualquiera de los convenios firmados siempre que los mismos produzcan o generen un perjuicio o daño a los intereses del Municipio, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido. Igualmente, dicha resolución se podrá producir cuando exista un incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente convenio. Y en prueba de conformidad, y en el lugar y fecha ut supra indicados, firman ambas partes el presente convenio, que se extiende por triplicado ejemplar y a un solo efecto.
  • Tratatu beharreko datu pertsonalak ezin izango dira erabili hitzarmenaren xedean berariaz aurreikusitakoez bestelako helburuetarako edo norberaren xedeetarako.
  • Erakunde laguntzaileak tresna juridiko hau garatzeko behar-beharrezkoak diren datuak tratatuko ditu, eta, bereziki, Udalak berariaz adierazitakoak, deribazio-fitxen eta hitzarmena kontrolatu eta garatzeko ardura duen Gizarte Ekintza arloko langileek emandako antzeko dokumentuen bidez.
  • Erakunde laguntzaileak tratatzen dituen datu pertsonalak Europar Batasuneko lurraldean kokatutako sistema informatikoetan eta zerbitzarietan kokatu eta gorde beharko dira, alderdien arteko harreman juridikoak indarrean dirauen bitartean.
  • Tresna juridiko hau iraungi ondoren, erakunde laguntzaileak datu pertsonalak ezabatu beharko ditu, eta, nolanahi ere, ez du kopiarik gorde beharko, tratamenduaren arduradunak berariazko baimena eman ezean.
  • Oro har, ezin izango zaie daturik jakinarazi alderdietatik kanpoko hirugarren pertsona fisiko edo juridikoei, salbu eta aldez aurretik arduradunak baimena ematen badu edo, halakorik ezean, hitzarmen honetan berariaz adierazten bada zein erakunderi, zein helbururekin eta hirugarren baimenduak datuak babestearen arloan bete beharreko gainerako bermeekin.
  • Erakunde laguntzaileko langileek isilpean gorde beharko dituzte tratamenduaren xede diren datu pertsonalak. Betebehar hori Hitzarmena iraungi ondoren ere beteko da.
  • Erakunde laguntzaileak ez ditu aintzat hartuko libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento, como Administración Local responsable de datos de la ciudadanía demandantes de servicios sociales podrá derivar y comunicar datos personales a la entidad colaboradora con los fines expresamente previstos en el presente Convenio. A tal fin, la entidad colaboradora deberá cumplir
  • Los datos personales objeto de tratamiento no podrán utilizarse para fines propios o distintos de los expresamente previstos en el objeto del Convenio.
  • La entidad colaboradora tratará los datos estrictamente necesarios para desarrollar el presente instrumento jurídico, y en particular, aquellos expresamente indicados por el Ayuntamiento mediante fichas de derivación y documentos similares emitidos por el personal del área de Acción Social responsable del control y desarrollo del Convenio.
  • Los datos personales objeto de tratamiento por la entidad colaboradora deberán ubicarse y conservarse en sistemas informáticos y servidores ubicados en territorio de la Unión Europea durante la vigencia de la relación jurídica entre las partes.
  • Posteriormente a la extinción del presente instrumento jurídico, la entidad colaboradora deberá suprimir los datos personales, y en todo caso, no deberá conservar ninguna copia salvo autorización expresa del responsable de tratamiento
  • Con carácter general, no se podrá comunicar datos a terceras personas físicas o jurídicas ajenas a las partes, salvo autorización previa del Responsable o en su defecto, que se indique expresamente en el presente Convenio a qué organizaciones, con qué fines y demás garantías a cumplir en materia de protección de datos por el tercero autorizado

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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