Asociaciones culturalesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

SUBVENCION NOMINATIVA PREVISTA EN EL PRESUPUESTO MUNICIPAL ASSOCIACIÓ CULTURAL FALLA EL COMPROMIS 2026

Constituye el objeto del presente convenio la canalización de la siguiente subvención nominativa

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMENARA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.300,00 €. Inicio: 10/01/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • General de Subvenciones: a. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. b. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas. Se acompañará documentos acreditativos del gasto. c. Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. d. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. El plazo para realizar la justificación finalizará el 15 de noviembre de 2026. Se reducirá el pago en la parte no justificada, e incluso se solicitará el reintegro de la parte proporcional, si no se llega a justificar el pago inicial.
  • Obligaciones del Ayuntamiento:
  • Aportar a la entidad suscriptora del convenio la cantidad de 3.300 euros con carácter de subvención nominativa, para la financiación de los servicios, programas y actividades relacionadas con el objeto del convenio.
  • Obligaciones de la entidad beneficiaria.
  • Las previstas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 12/11/2013, publicada en el BOPC de fecha 21/12/2013.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • De conformidad con el artículo 31 de la Ley38/2003, General de Subvenciones, se consideran gastos subvencionables los qu · eligible
    Las actividades subvencionadas son las ejecutadas entre el 1 de enero y el 15 de noviembre del ejercicio presupuestario a que se refiere la subvención.
  • De conformidad con el artículo 31 de la Ley38/2003, General de Subvenciones, se consideran gastos subvencionables los qu · eligible
    Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, de acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Retribuciones y gastos de personal afecto a la actividad.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de material específico de la actividad.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Seguros de accidentes o de responsabilidad civil afectos a la actividad o proyecto subvencionado.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Pequeños gastos de reparación, mantenimiento y conservación de bienes.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Adquisición de material de oficina no inventariable.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Otros gastos diversos, entre ellos los publicitarios y de propaganda, organización de reuniones, conferencias y actas.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Gastos relativos a la realización de cursos afectos a la actividad subvencionada.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de asesoría fiscal, laboral o contable.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Los tributos son gasto subvencionable cuando la beneficiaria de la subvención los abona efectivamente. Así, el IVA es subvencionable cuando la beneficiaria lo paga y no se lo deduce posteriormente.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · ineligible
    No serán subvencionables los gastos siguientes:
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos y pagos que hayan sido realizados FUERA DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN del proyecto y de justificación, respectivamente.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos asociados a PERSONAL QUE NO IMPUTO HORAS directamente al proyecto. Honorarios e indemnizaciones de cualquier tipo a los órganos directivos de la entidad beneficiaria, así como a personas vinculadas hasta el primer grado de parentesco, tanto por consanguinidad como por afinidad.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    La adquisición de mobiliario, equipación informática o de telefonía, bienes de carácter inventariable.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    La realización de gastos de inversión.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Inversiones financiadas por medio de arrendamiento financiero o leasing.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Intereses deudores de las cuentas bancarias, recargos, gastos derivados de operaciones de crédito ni gastos financieros. así como cualquier gasto derivado de una inadecuada o ineficiente gestión de los fondos públicos.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Sanciones administrativas y penales, así como los gastos de procedimientos judiciales.
  • En todo caso son gastos subvencionables: · eligible
    Los impuestos indirectos (IVA) cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, y los impuestos personales sobre la renta (IRPF).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Constituye el objeto del presente convenio la canalización de la siguiente subvención nominativa