Personas jurídicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Subvención nominativa prevista el el Presupuesto Municipal, actividades recreativas y espectáculos públicos con motivo de la celebración de las fiestas patronales 2025

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO/SAGUNT.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determi nen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar l os órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin perjuicio Secretaria General
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás document os debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con l a finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actu aciones de comprobación y control.
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de esta ley.
  • Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del proyecto o proyectos que sean objeto de subvención, y que sean financiados por este Ayuntamiento. Dicha publicidad se efectuará mediante la inserción de l a leyenda Actividad financiada por el Ayuntamiento de Sagunto o Ayuntamiento de Sagunto y logo municipal en todo el material gráfico que se elabore: camisetas, vallas publicitarias en las instalaciones, catálogos, folletos, carteles. Dicha publicidad se efectuará durante todo el periodo de realización de la actividad subvencionada y, dado el carácter público de la financiación de la actividad, la misma debe de ir dirigida al público en general y no sólo a los socios.
  • En caso de que el beneficiario se en cuentre comprendido en los supuestos del Art. 3.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberá adaptarse a las obligaciones de publicidad activa que le resulten aplicables. Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de Transparencia se encuentra a su disposición la Guía de Transparencia para Asociaciones y Entidades No Lucrativas (ENL) perceptoras de subvenciones y ayudas públicas, publicada por el Ajuntament de Sagunt en el Portal de Asociaciones de la web municipal 9 Obligaciones específicas del beneficiario
  • Con carácter primordial, cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención. La entidad, estará obligada a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración Pública para la realización de cualquier trámite, conforme lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Proc edimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, observar en todo momento las previsiones contenidas en la citada Ley.
  • El beneficiario deberá cumplir con los requisitos comprendidos en los supuestos del art 3.b) de la Ley 19/20 13, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y adaptarse a las obligaciones de publicidad activa que le resultan aplicables.
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración o modificación de las condiciones para ser beneficiario de la subvención que pudiera producirse durante la vigencia del convenio o cualquiera de sus prórrogas. En este apartado se incluye cualquier cambio en los miembros y representantes de la entidad.
  • La subvención tendrá que utilizarse p ara afrontar los gastos que ocasionan la celebración de los actos organizados, según el Calendario y la Memoria de Actividades presentados por el beneficiario. En el importe de la subvención concedida, se incluye el pago en la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por todos aquellos actos que, propuestos y organizados por el beneficiario de la subvención, están sujetas a su canon. La autorización otorgada por la SGAE, en caso de ser necesaria y debiendo ser solicitada por el organizador del evento, tendrá que acreditarse con la presentación de la misma antes del inicio de las actividades.
  • El beneficiario proporcionará la infraestructura necesaria para asegurar el cumplimiento de la normativa en materia de actividades recreativas y espectáculos públicos, así como, en su caso, la normativa sanitaria . A tal efecto, se mantendrán las condiciones y elementos declarados en el proyecto que sirvieron de base para Secretaria General
  • La entidad beneficiaria asume la obligación de comunicar a la Tesor ería General de la Seguridad Social, con carácter previo al inicio de la prestación de los servicios de espectáculos públicos, el alta, la baja y las variaciones de datos que afecten al colectivo de artistas que haya contratado, para ello, deberá instar a la Tesorería General de la Seguridad Social su alta como empleador.
  • En el desarrollo de los festejos taurinos , como entidad colaboradora del Ajuntament de Sagunt, la Associació Cultural Penyes de Festes Patronals de Sagunt se responsabiliza de cumplir l as medidas establecidas en la normativa vigente de
  • El gasto en animales vivos no excederá del 25% de la subvención municipal concedida, es decir, de 26.359,08.-€.
  • Los daños que, por cualquier circunstancia puedan sufrir las reses, serán asumidos por la Associació Cultural Penyes de festes Patronals de Sagunt.

Gastos y actuaciones

  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución del proyecto y de justificación, respectivamente.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    La subvención no se destinará a sufragar los gastos por las tareas de gestión y desarrollo de los proyectos correspondientes.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos asociados a personal que no impute horas directamente al proyecto.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Honorarios e indemnizacione s de cualquier tipo a los órganos directivos de la entidad beneficiaria, así como a personas vinculadas a los mismos hasta el primer grado de parentesco, tanto por consanguinidad como por afinidad.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    La adquisición de mobiliario, equipos informáticos o de telefonía, bienes de carácter inventariable.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    La realización de gastos de inversión y derivados de operaciones de crédito.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero o leasing.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Intereses deudores de las cuentas bancarias, recargos, gastos derivados de operaciones de crédito ni gastos financieros, así como cualquier gasto derivado de una inadecuada o ineficiente gestión de los fondos públicos.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Sanciones administrativas y penales, así como los gastos de procedimientos judiciales.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos extras de hotel y gastos suntuarios, de cualquier naturaleza.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos financieros, notariales y registrales, periciales para la realización del proyecto subvencionado y gastos de administración específicos.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Impuestos personales sobre la renta (IRPF)
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Los Costes indirectos (gastos no asociados directamente con el programa: arrendamientos, suministros, comunicaciones), ni las Amortizaciones. 17 Pagos Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la final ización del periodo de justificación. Por ello, deberá acreditarse el pago material de todos los gastos. Si la verificación de los pagos resulta negativa, no se Secretaria General
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Incumplimiento de la finalidad, objetivo o proyecto para la que la subvención fue otorgada.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Incumplimiento de la obligación de justificación, previo requerimiento que necesariamente deberá efectuar el Departamento Gestor.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Incumplimiento de la obligación de dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación de programa o actividad objeto de subvención.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Obtención de la subvención sin reunir los requisitos establecidos, falseándolo s u ocultando los que lo hubieran impedido.
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Negativa, resistencia u obstrucción por parte de la entidad beneficiaria a las actuaciones de comprobación y control establecidas por parte del Ayuntamiento para comprobar el cumplimiento de la finalidad de la subvención. La no ejecución de todo el gasto subvencionado correspondiente a cada anualidad dará lugar a reintegro parcial, pudiendo ser realizado tal reintegro de modo voluntario por el beneficiario. Asimismo, el incumplimiento por el beneficiario de algun a de las obligaciones impuestas en el presente Convenio podrá dar lugar a reintegro parcial en la parte concreta a la que afecte, previa instrucción del correspondiente expediente. Los reintegros tendrán la categoría de ingresos de derecho público y, por tanto, el Ayuntamiento, procederá a su cobro por la vía de apremio, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. Igualmente será de aplicación el Título III del Reglamento de la Ley general de subvenciones, sobre el reintegro. Secretaria General
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    Tercero: Autorizar y disponer el gasto (fase AD) con cargo a la partida presupuestaria: 450 -3380-48602 a favor del beneficiario por el importe concedido de
  • Son Gastos NO subvencionables los siguientes: · eligible
    , art. 6. y art 8. de la Ley 19/2013 de Transparencia y Buen Gobierno en cuanto a la necesidad de publicar por la Entidad, información de índole organizativo y económico por ser Entidades que perciben subvenciones públicas. Para facilitar el cumplimiento de las obl igaciones de Transparencia se encuentra a su disposición la “Guía de Transparencia para Asociaciones y Entidades No Lucrativas (ENL) preceptoras de subvenciones y ayudas públicas”, publicada por el Ajuntament de Sagunt en el Portal de Asociaciones de la we b municipal . http://participasagunto.es/wp-content/uploads/GUIA-A4-CAS.pdf Octavo: Comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) la concesión de la presente subvención. Secretaria General

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura