Personas jurídicasES23 - LA RIOJA

SUBVENCIÓN NOMINATIVA INSTRUMENTADA A TRAVÉS DE CONVENIO A LA ASOC. ABORIGEN PARA LA REALIZACIÓN DEL 28 FESTIVAL DE CINE OCTUBRE CORTO EN ARNEDO

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES23 - LA RIOJA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ARNEDO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se establezcan.
  • Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública”.
  • Que la Base indicada prevé la concesión de una subvención directa nominativa a favor de la Asoc. Cultural de Vanguardias arnedanas Aborigen.
  • Que los convenios son el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos de las Corporaciones Locales, de conformidad con lo dispuesto por el art. 28.1. de la Ley General de Subvenciones.
  • Que la Asoc. Cultural de Vanguardias arnedanas Aborigen, con CIF: G26277970 y domicilio en Arnedo, C/ Carrera, 9, es una entidad sin ánimo de lucro, y fue inscrita en el Registro de Asociaciones de la Rioja con el nº 828 (fecha inscripción 13/11/1998) y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Arnedo. Según figura en sus estatutos tiene entre sus fines: los culturales, pedagógicos, asociativos y de fomento de la expresividad artística con un ánimo no lucrativo. Y para su cumplimiento enumera la realización de las siguientes actividades: exposiciones artísticas, publicaciones, teatro y cine, música en directo, intercambios, fórums abiertos, etc.
  • -Que el Ayuntamiento de Arnedo considera de interés público promover las actividades de dicha entidad, por lo que existe voluntad municipal de colaborar con la Asoc. Cultural de Vanguardias arnedanas Aborigen, subvencionando las actividades culturales y lúdicas que se desarrollan en el citado Festival de cine de Arnedo en La Rioja “Octubre corto” 2026.
  • Que a tal fin se recoge en el Presupuesto municipal de 2026 así como en el vigente Plan estratégico de subvenciones, la cantidad de 18.500,00 euros para contribuir a los fines expresados.
  • -Que consta la tramitación del expediente administrativo que reúne toda la documentación previa a que se refiere el Aptdo. 1º de la Base nº 40: “Subvenciones” de las Bases de Ejecución del Presupuesto, en particular en lo referente a las subvenciones nominativas y en atención a lo cual ha sido fiscalizado de conformidad con observaciones por la Intervención Municipal y aprobado por Resolución de Alcaldía nº 16932026 de 5 de agosto de 2026.
  • -Que el presente Convenio se ha redactado conforme al modelo normalizado redactado por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento e informado por la Intervención Municipal y aprobado en Junta de Gobierno Local de fecha 5 de octubre de 2018 y su modificación según acuerdo de Junta de Gobierno local de 18 de diciembre de 2020.
  • SEGUNDA: COMPROMISOS DE LAS PARTES La entidad beneficiaria se compromete a desarrollar las funciones y acciones previstas en este Convenio y poner a disposición del mismo los recursos humanos y medios materiales para la realización de las actividades que se incluyen en su programa. Asimismo, deberá encontrase al corriente del pago de las obligaciones tributarias, incluidas las municipales, así como las de la Seguridad Social. Por su parte el Ayuntamiento de Arnedo realizará el pago de la subvención y el seguimiento y control del cumplimiento del objeto del Convenio.
  • TERCERA: SUBCONTRATACIÓN La entidad beneficiaria de la subvención podrá subcontratar las actividades con los límites y obligaciones establecidos en los artículos 29 y 31.3. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
  • SÉPTIMA: MODIFICACIÓN DEL CONVENIO. De acuerdo con lo previsto en el artículo 64 del RLGS, podrá modificarse la subvención concedida cuando se produzcan circunstancias de índole operativa, o sucesos imprevisibles o fortuitos, siempre que dicha modificación no suponga cambios del proyecto subvencionado que alteren esencialmente la naturaleza u objetivos de la subvención. En tal caso, la propuesta de modificación habrá de comunicarse, con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen, al órgano gestor, estando sujeta a autorización administrativa previa.
  • 75% (13.875,00 €), con carácter anticipado a la firma del convenio eximiendo al beneficiario de la presentación de la garantía.
  • 25% (4.625,00 €) restante. tras la finalización de las actividades y una vez presentada la justificación de esta subvención según lo dispuesto en el art. 72.2 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • NOVENA: RECURSOS HUMANOS. La entidad beneficiaria aportará al desarrollo de la actividad los medios humanos que se especifican en el Anexo. Este personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral ni de ningún otro tipo con el Ayuntamiento de Arnedo y ello con independencia de las labores de control e inspección que legalmente corresponden al mismo.
  • DÉCIMA: SEGUIMIENTO, INFORMES Y MEMORIAS. El Ayuntamiento de Arnedo realizará el seguimiento del proyecto, por lo que la entidad beneficiaria facilitará la verificación de la realización y gestión del mismo a cualquier responsable del Ayuntamiento de Arnedo, debiendo atenerse a cuantas reuniones, visitas o comprobaciones le sean requeridas, proporcionando en todo momento la información que le sea solicitada. Los técnicos responsables del Ayuntamiento de Arnedo podrán también contactar con la entidad beneficiaria siempre que lo consideren necesario, con los medios y de la forma que se estimen adecuados (llamadas telefónicas, correo electrónico, fax...). La entidad beneficiaria estará obligada a elaborar una memoria de las actividades objeto del presente Convenio, que pondrá a disposición del Técnico municipal responsable del Área. Del envío de datos e informes por la entidad beneficiaria a través de medios electrónicos y/o telemáticos se dejará constancia de su presentación y contenido.
  • Podrá ser minorada en los siguientes supuestos:
  • Si el coste final de la actividad es inferior al presupuestado, en la parte proporcional de la subvención concedida.
  • En el supuesto de que la concurrencia con otras subvenciones concedidas para la misma actividad supere el coste total de la actividad, se reducirá el importe de la subvención en el exceso de ingresos producidos respecto al coste total, tal como se dispone en el art. 37.3 de la LGS, en relación con el artículo 19.3 de la misma disposición.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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