Subvención nominativa Fundación de Solidaridad Amaranta 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES120 - Asturias. La gestiona CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Figurarán extendidos a nombre de la entidad perceptora de la subvención, especificándose detalladamente el material suministrado o el servicio prestado.
  • Tanto en las facturas como en los recibos debe figurar:
  • Número de factura (no exigible en los recibos).
  • Datos identificativos (nombre, apellidos, denominación o razón social del expedidor, NIF y domicilio).
  • Datos identificativos de la entidad subvencionada.
  • Descripción detallada y precio unitario de la operación y su contraprestación total. Deberá reflejarse el IVA correspondiente, si bien cuando la cuota se repercuta dentro del precio podrá indicarse la expresión “IVA incluido”.
  • Lugar y fecha de emisión. Se admitirán facturas emitidas por medios electrónicos siempre que el documento en que se incorporen garantice la autenticidad de su origen, la integridad de su contenido, su legibilidad desde su fecha de expedición y durante todo el período de conservación, y se adecúe a un formato que no permita modificar dicho contenido. Se admitirán las facturas electrónicas, en todo caso, para la justificación de gastos de suministros de agua, electricidad, gas de uso doméstico y telecomunicaciones. La acreditación de los gastos de ejecución del proyecto incluirá el justificante de pago en cualquiera de las modalidades admitidas en Derecho. En el caso de los pagos en metálico, la factura o el recibo deberán indicar expresamente esta circunstancia y la rúbrica de la persona acreedora.
  • CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR Estado del documento Original Página 6 de 9 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340722511770560252 Los pagos por medios electrónicos o mediante cheque se acompañarán de comprobante bancario de pago. Esta exigencia no se aplicará a los gastos de suministros de agua, electricidad, gas de uso doméstico, combustible para calefacción y telecomunicaciones. La justificación de gastos relativos a la contratación de personal se realizará con la aportación de una certificación emitida por quien sea representante legal de la entidad,
  • Nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y RNT) correspondientes al período en que se imputen los gastos.
  • Facturas, en el caso de alojamiento y manutención.
  • Billetes en el caso de desplazamiento en transporte público.
  • Liquidación indicando número de viajes y kilómetros recorridos, en el caso de transporte en vehículo propio. Las facturas extendidas por agencias de viajes deben especificar el número de personas y los días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto: transporte, alojamiento, etc. Si la ejecución del proyecto contempla comidas y celebraciones, en su justificación se acompañarán las facturas correspondientes y una certificación de quien sea representante legal de la entidad en la que consten fechas, relación de asistentes y vinculación con el programa. Para la justificación de la realización de cursos, además de los documentos acreditativos del gasto y su pago, se aportará una certificación emitida por quien sea representante de la
  • Cumplir el objetivo y desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación de la aplicación de la subvención que lleve a cabo el órgano concedente, así como a cualquier otra de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, en el artículo 32.1 Ley General de Subvenciones, y en el capítulo IV del título II de su Reglamento.
  • CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR Estado del documento Original Página 8 de 9 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340722511770560252
  • Comunicar a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias la percepción de toda clase de subvenciones o ayudas de carácter público o privado para la realización de actividades o programas que tengan como objeto o finalidad los expresados en la presente resolución, debiendo presentar cuantos documentos se estimen necesarios para un adecuado control. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.
  • Conservar los documentos justificativos originales de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control por el órgano concedente y, en su caso, de las actuaciones de control financiero que correspondan.
  • Hacer contar de forma expresa en toda la información o publicidad de la actividad subvencionada que la misma se realiza con colaboración de la Administración del Principado de Asturias, incluyendo la imagen corporativa institucional que se les facilite. Esa información debe difundirse de forma adecuada y situarse en lugar destacado y fácilmente visible, de manera que sea suficientemente perceptible.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o cuando se modifique sustancialmente el proyecto subvencionado sin autorización previa.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social