Personas jurídicasES120 - Asturias

Subvención nominativa Fund.Munic.Cultura Gijón para organización de Encuentros Cabueñes 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES120 - Asturias. La gestiona CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La contratación temporal e indefinida, así como el acuerdo relativo a la oferta de empleo público o instrumento equivalente, requerirá el informe de la Dirección General de Empleo Público en los supuesto s descritos en el artículo 28, y en los términos que establezcan las instrucciones del Consejo de Gobierno. El informe será evacuado en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de su solicitud.
  • Los sujetos incluidos en este apartado deberán remitir la información que les sea solicitada por el órgano competente para la emisión del informe preceptivo.
  • Serán nulos de pleno derecho los cont ratos celebrados con omisión del referido informe.
  • La contratación de personal en las en tidades enumeradas en el artículo 1 g) deberá cumplir los requisitos del apartado 4 cuando derive de la imposibilidad de contar con personal procedente de las administraciones participantes en el consorcio.
  • Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano competente para la concesión de la subvención el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como el cumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación de la aplicación de la subvención a efectuar por el órgano concedente, así como a cualquier otra de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.1 de la LGS y en el capítulo IV del título II de su Reglamento, así como en la prescripción 6.5 de la presente resolución.
  • Comunicar al Instituto Asturiano de la Juventud, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación final de la subvención, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, así como su importe y la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
  • Conservar los documentos justificativos originales de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control por el órgano concedente y, en su caso, de las actuaciones de control financiero que correspondan.
  • Cumplir con las obligaciones en materia de publicidad previstas en la prescripción 8 de la presente resolución.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos recogidos en la prescripción 9 de la presente resolución.
  • Publicidad de la subvención por parte de la entidad beneficiaria.
  • En las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte, mediante esta subvención, que impliquen difusión, ya sea impresa, por medios electrónicos, audiovisuales o por cualquier otro medio, incluidas las redes sociales, deberá mencionarse a la Consejería competente en materia de juventud como entidad financiadora, para dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación, conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento de la LGS.
  • Asimismo, en dicha publicidad se deberá incorporar el logotipo institucional del Gobierno del Principado de Asturias, de conformidad con lo dispuesto en los manuales de
  • identidad gráfica recogidos en la página Web del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es/identidad-grafica. Los logotipos institucionales referidos en párrafo anterior únicamente podrán ser empleados en los materiales que se utilicen para la realización, información y difusión de las actuaciones que constituyen el objeto de la subvención y no con otros fines publicitarios ajenos a la misma.
  • De acuerdo con el artículo 36 de la LGS, la declaración judicial o administrativa de nulidad o de anulación de la resolución de concesión de la subvención conllevará la obligación de devolver las cantidades percibidas indebidamente.
  • También procederá el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidas con exigencia del interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a ésta, en los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS, cuando se incumplan las obligaciones establecidas en esta resolución. En particular, serán
  • Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
  • Incumplimiento total o parcial del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.

Gastos y actuaciones

  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Intereses de deudas, cargos de servicios de deudas y recargos por retrasos en pagos.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible. El IVA sólo será subvencionable si es real y definitivamente soportado por la entidad local beneficiaria.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Multas, sanciones y costes de litigios.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · ineligible
    Adquisición o amortización de bienes inventariables (mobiliario, equipos informáticos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos, etc.). Por lo que respecta a los gastos del personal contratado, no tendrán la consideración de gastos subvencionables las retribuciones salariales que se perciban en concepto de indemnizaciones por despido. En el supuesto de que la persona trabajadora se encuentre en la situación de baja laboral, solo serán subvencionables los costes realmente soportados por la entidad local quedando excluidos los costes en los que incurra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua colaboradora con la Seguridad Social, en función de con quien de ellos la entidad hubiera optado para la cobertura de la contingencia por incapacidad temporal. No obstante, será financiable el contrato que se realice para sustituir a la persona trabajadora que estuviese de baja para poder continuar desarrollando el proyecto, siempre con el límite cuantitativo de la contratación subvencionada.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    - Subcontratación y compatibilidad de la subvención.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La obtención de esta subvención nominativa es compatible con otras otorgadas con la misma finalidad por todo tipo de organismos públicos o privados nacionales, de la UE o de organismos internacionales, sin que en ningún caso su importe pueda ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada en los términos establecidos en el artículo 19 de la LGS.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La entidad beneficiaria podrá subcontratar en su totalidad la actividad subvencionada respetando los requisitos y prohibiciones establecidos en el artículo 29 de la LGS y en el artículo 68 de su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 julio.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    - Modificación de la resolución.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y la obtención concurrente de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o ente público o privado, nacional, de la Unión
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La entidad beneficiaria podrá solicitar con carácter excepcional la modificación del contenido de la actuación subvencionada, así como de la forma y plazos de su ejecución y justificación de los correspondientes gastos, cuando aparezcan circunstancias que alteren o dificulten el desarrollo del objeto de la subvención, que podrán ser autorizadas siempre que no afecten a los objetivos o finalidad perseguidos por la ayuda, a sus aspectos fundamentales ni dañen derechos de terceros. La solicitud de modificación deberá fundamentar suficientemente dicha alteración o dificultad y deberán formularse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y, en todo caso, antes de la finalización del plazo de realización del objeto de la subvención.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La resolución sobre la modificación solicitada se dictará por la persona titular de la consejería competente en materia de juventud y se notificará en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su presentación. Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en la forma y plazo previstos en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, se entenderá desestimada su solicitud por silencio administrativo de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que la resolución expresa dictada posteriormente sea adoptada sin vinculación alguna al sentido del silencio.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La realización de modificaciones no autorizadas en el presupuesto financiable supondrá la devolución de la subvención correspondiente a las cantidades desviadas.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    - Justificación de la subvención.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La justificación de la subvención deberá efectuarse antes del 31 de enero de 2027, ampliado el plazo al 1 de febrero por resultar inhábil el último día del plazo y ampliarse éste al primer día hábil siguiente, teniendo en cuenta que sólo se admitirán gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. De acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la LGS, siendo la subvención concedida de importe inferior a 60.000 euros, tendrá carácter de documento con validez jurídica para la justificación de la subvención la presentación
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Una memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos y una valoración de los mismos en función de los objetivos marcados, las modificaciones o incidencias producidas a lo largo del desarrollo de la actividad con respecto al proyecto inicialmente presentado y resumen del presupuesto de ingresos y gastos desglosado por conceptos
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento (número de factura), su importe, fecha de emisión, concepto y, en su caso, fecha de pago, según modelo establecido. La citada relación deberá alcanzar, además de la cantidad subvencionada, la totalidad de los gastos del proyecto. En el caso de gastos del personal la citada relación deberá venir desglosada por mensualidades recogiendo para cada una de ellas y por separado las retribuciones íntegras de la persona trabajadora, así como los costes de la contratación correspondientes a la cotización empresarial obligatoria a la Seguridad Social. Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La justificación se realizará utilizando exclusivamente el canal electrónico, mediante el
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    “01. Solicitud justificación normalizada”: correspondiente al modelo de solicitud justificación de la subvención que deberá venir firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad por medio del correspondiente certificado electrónico.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    “02. Anexo Relación clasificada de gastos” correspondiente al modelo de relación clasificada de gastos concedida que deberá venir firmado electrónicamente por la persona que ocupe el cargo de intervención u órgano equivalente de control en la entidad por medio del correspondiente certificado electrónico.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Adicionalmente, la entidad cumplimentará la memoria de actuación justificativa indicada en el apartado 1 a) de la presente prescripción que será incorporada como documentación adjunta junto con los modelos indicados. Una vez cumplimentados y firmados eléctricamente tanto la solicitud como el resto de la documentación adjunta, deberán ser presentados electrónicamente. Para ello, la entidad podrá

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico