SUBVENCIÓN NOMINATIVA A FAVOR DE FAUCA, "FEDERACIÓN DE ÁREAS URBANAS DE CANARIAS" EJERCICIO 2026. PROYECTO "BONOS CONSU…

Título oficial: SUBVENCIÓN NOMINATIVA A FAVOR DE FAUCA, "FEDERACIÓN DE ÁREAS URBANAS DE CANARIAS" EJERCICIO 2026. PROYECTO "BONOS CONSUMO SANTA CRUZ 2026 "

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 250.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria del proyecto, denominado Bono Consumo Santa Cruz 2026, así como el presupuesto de gastos e ingresos previstos (Anexo I).
  • Copia del C.I.F. de la Federación de Áreas Urbanas de Canarias (FAUCA).
  • Copia del D.N.I. de D. Abbas Moujir Hegeige, representante legal de FAUCA.
  • Poder Notarial de representación de FAUCA
  • Copia autenticada de los Estatutos de la Entidad.
  • Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las causas legales que prohíben o impidan ser beneficiaria de subvenciones.
  • Declaración responsable de cumplir con las circunstancias recogidas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por tanto no incurrir en cualquiera de las imposibilidades para la obtención de subvenciones.
  • Autorización expresa al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para recabar datos relativos a las obligaciones tributarias de la Federación con esta Administración.
  • Certificados de estar al corriente en el estado de deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Administración Tributaria Canaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • 000 euros para el año 2026. Además, en el Presupuesto de esta Corporación Local existe una subvención nominativa con cargo a la aplicación presupuestaria P1106 43000 48303 (proyecto 2026/5/29/11) por dicho importe a favor de la Federación de Áreas Urbanas de Canarias (FAUCA). IV.- Existe crédito adecuado y suficiente, según consta en el documento contable ADO cuyos
  • 000.- 53/2026/SUCD V.- Igualmente se incorpora al expediente informe emitido por el Servicio de Recaudación, de fecha 3 de agosto del actual, en el que textualmente se acredita que “Consultada la base de datos, ofrecida por el programa <Estima> relativo a “FEDERACIÓN DE AREAS URBANAS DE CANARIAS (FAUCA)” con NIF G38869525 a la fecha de emisión del presente informe, no se ha localizado recibo alguno incurso en vía ejecutiva por el concepto de Reintegro de subvenciones, ni deuda alguna de naturaleza tributaria.” VI.- Se acredita en el expediente, mediante informe del Director Gerente de la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 1 de agosto de 2026, que el objeto de la presente subvención nominativa promueve una finalidad pública y de interés social, y se adecua a los objetivos del Plan Director de Comercio de Santa Cruz de Tenerife 2023-2028. VII.- Con fecha 17 de agosto de 2026, mediante informe de la Intervención General Municipal se da conformidad a la continuación de la tramitación del expediente administrativo de concesión de subvención nominativa.
  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • Para considerar que la documentación justificativa de la subvención responde a los fines de la
  • Que el gasto sea adecuado al objeto de la subvención.
  • Que la documentación justificativa sea suficiente para producir efectos jurídicos.
  • Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación presupuestaria.
  • Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su caso, para cada beneficiario si fuesen varios.
  • Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Plazos y modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes