Personas jurídicasES617 - Málaga

SUBVENCION NOMINATIVA DEPROINTER 2026

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Deberá de acreditar con carácter previo al otorgamiento de la
  • El estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social (art. 14.1.e de la Ley 38/2003).
  • - Por parte del Excmo. Ayuntamiento de Málaga:
  • El Ayuntamiento de Málaga otorgará una subvención de 4.000,00 euros,
  • Otros (trofeos, gastos federativos, ambulancias, cronometraje). Dicha subvención nominativa, incluida en las bases de ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento para el año 2026, se imputará a la partida 41 3411 48900 4505.
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Firmado por: ELENA TALAVERA, RAFAEL Fecha Firma: 01/07/2026 12:38 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: VIVAS JIMÉNEZ, BORJA Fecha Firma: 02/07/2026 09:59 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: VERA GONZÁLEZ, GLORIA DE LOS ANGELES Fecha Firma: 02/07/2026 14:03 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 02/07/2026 14:05 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador LMLL4PFDTKC93PPMT63JH41LJ en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
  • Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran
  • Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa, que no hayan obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente. A dichos efectos, se considerará que existe vinculación con aquellas personas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias conforme a lo recogido en el
  • documentation
    Una memoria económica justificativa del coste de las actividades
  • documentation
    Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
  • documentation
    Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago, en original. El plazo para el cumplimiento de la obligación de justificar la subvención tendrá como fecha límite el 30 de noviembre de 2026. Para realizar la oportuna justificación de la subvención debe tener en cuenta la Circular 1/2024 Guía General de Justificación de subvenciones, que puede ser consultada en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación