SUBVENCION NOMINATIVA CARITAS DIOCESANAS 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LEIOA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Burututako ekitaldien azalpen-memoria.
  • Ekitaldi horiek gauzatzean izandako gastuen egiaztagiriak. Agiri horiek jatorrizkoak izan behar dute eta ekitaldiaren ondorioz sortutako gastuei dagozkienak, emandako diru-laguntzaren zenbateko osoraino. Halako agiriak izango dira fakturak edo merkataritzako trafiko juridikoan egiaztagarri den balio bereko beste edozein agiri. Horrela, fakturetan adierazi behar izango dira, ezinbestean, entitatearen identifikazio fiskala, hornitzailearen identifikazioa, fakturaren data, zerbitzua sortzen duen ekitaldia eta zerbitzuaren deskribapena. Ez da onartuko ziurtagiri gisa hartze-agiririk, administrazioaren edo erakundeen barruko kosturik edo antzekorik. Edozein kasutan, bere jardueren garapenaren barruan, BILBOKO ELIZBARRUTIKO CÁRITASek konpromisoa hartzen du beraietan parte hartuko duten pertsonen arteko aukera-berdintasunaren alde lan egingo CARITAS DIOCESANA DE BILBAO estará obligada, tras concluir el periodo de vigencia del presente convenio de colaboración, a presentar, en el plazo máximo de un
  • Memoria explicativa de las actividades realizadas.
  • Documentación acreditativa de los gastos soportados para el desarrollo de dichas actividades. Los justificantes de dichos gastos deberán ser originales y referidos a gastos devengados como consecuencia de la actividad, hasta el montante total de la cuantía concedida. Tales justificantes consistirán en facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil. Así, en las facturas habrá de indicarse necesariamente identificación fiscal de la entidad, identificación del proveedor, fecha de la factura, actividad que origina el servicio y descripción del servicio. No se admitirán como justificantes recibís, costes internos de administración, organización, o similares. En todo caso, en el desarrollo de sus actividades, CARITAS DIOCESANA DE BILBAO se compromete a trabajar por la igualdad de oportunidades entre las personas participantes en las mismas, especialmente en lo
  • Pertsona fisiko edo juridikoaren identifikazioa.
  • Banku-kontuaren zenbakiaren titulartasuna egiaztatzea, eta hirugarrenen fitxan adieraztea.
  • Ogasuna betebeharrak egunean dituela egiaztatzen duen justifikazioa.
  • Identificación de la persona física o jurídica
  • Verificación de la titularidad del número de cuenta bancaria indicando en la ficha de terceros.
  • Justificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Justificación de estar al corriente del pago con la Tesorería General Seguridad Social, en el caso de que la solicitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social. En materia de igualdad CARITAS DIOCESANA DE BILBAO ha de cumplir las disposiciones relativas al Decreto Legislativo 1/2023 de 16 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres y, especialmente, a los principios generales regulados en los artículos 3, 17 y 19.4 por ser de aplicación directa a entidades que suscriban convenios con las Administraciones Públicas Vascas. El Ayuntamiento podrá, en atención a cada caso concreto, requerir a la persona solicitante cualquier otra documentación complementaria que considere oportuna a los efectos de la valoración de conjunto del proyecto presentado.
  • SUBVENCIONES La subvención sujeta al presente convenio es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se rebase el costo de la actividad o proyecto que justifican la petición de la subvención, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones concurrentes. En todo caso la obtención de otras subvenciones o recursos para financiar la actividad subvencionada deberá ser comunicada a la entidad otorgante.
  • RESOLUCIÓN DEL CONVENIO Corresponde a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Leioa, la resolución de los conflictos relativos a la aplicación, interpretación o grado de cumplimiento del presente Convenio, previa audiencia de la otra parte. En todo caso el Ayuntamiento de Leioa, en defensa de los intereses de todo tipo del municipio, podrá resolver cualquiera de los convenios firmados siempre que los mismos produzcan o generen un perjuicio o daño a los intereses del Municipio, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido. Igualmente, dicha resolución se podrá producir cuando exista un incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente convenio. Y en prueba de conformidad, y en el lugar y fecha ut supra indicados, firman ambas partes el presente convenio, que se extiende por triplicado ejemplar y a un solo efecto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social