Personas jurídicasES423 - Cuenca

Subvención Nominativa ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE PROFESIONALES Y EMPRESAS DE DISEÑO DE CUENCA 2026.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES423 - Cuenca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que la actividad o conducta a realizar conforme a la modificación solicitada esté comprendida dentro de la finalidad prevista en la línea de actuación o proye cto de inversión contemplado en el Presupuesto de l a Diputación y de las actividades o conductas establecidas en la convocatoria, o, en su defecto, en la resolución de concesión.
  • Que las circunstancias que justifiquen la modificación no dependan de la voluntad del beneficiario inicial. La causa que justifica la petición por el beneficiario no puede obedecer a culpa o negligencia por su parte.
  • Que los nuevos elementos o circunstancias que motivan la modificación, de haber concurrido en la concesión inicial, no hubiesen determinado la denegación o disminuido la cuantía de la subvención concedida. Podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión por el órgano que la haya dictado, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, la concurrencia de alguna de las siguientes
  • La alteración de las circunstancias o de los req uisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta pa ra la concesión de una subvención.
  • La obtención por el beneficiario de subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad. Desarrollo Local Expediente 1739331N
  • La obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad.
  • Promoción en línea y redes sociales: Mantener una presencia activa en línea a través de un sitio web y perfiles en redes sociales para promocionar el trabajo de lo s miembros, compartir noticias y eventos relevantes , y destacar los logros de la comunidad de diseño local . Renovación completa de la Web. Gestión profesiona l de redes sociales
  • Participación en comités y grupos de trabajo: Involucrarse en comités gubernamentales o grupos de trabajo relacionados con el diseño y el desarrollo económico de la provincia para tener voz en la formulación de políticas y estrategias que afecten al sector. Asamblea READ,
  • Actividades de promoción, publicidad y organización de jornadas divulgativas. . - Adquisición de materiales no inventariables nec esarios para la realización de las actividades obje to de la subvención, seguros inherentes al desarrollo de las actividades objeto de la subvención, prestación de servicios a cargo de profesionales imprescindibles para la ej ecución de la actividad, material fungible o de ofi cina y cualquier otro tipo de gasto de actividad inherente a su desarrollo: redes sociales y medios de comuni cación, alquileres, gastos de comunicación, publicidad, suministros, contratación de servicios externos y cualesquiera otros de naturaleza similar que la entidad pudiera realizar para atender las necesidades de funcionamiento de las actividades subvencionadas.
  • El IVA soportado no será subvencionable cuando sea susceptible de recuperación, según el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Cuando se impute el IVA será necesario adjuntar Certificado de la AEAT, (no siendo válida la declaración responsable), en el que se detalle que el IVA imputado con cargo a la subvención no ha sido deducido.
  • Bajo ningún concepto serán objeto de subvención l os siguientes gastos: intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, comisiones, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales, impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación, impuestos personales sobre la renta en los términos expresados en la legislación vigente, ni los impuestos que graven la actividad subvencionada; y en todo caso deben estar abonados efectivamente. El periodo elegibilidad de los gastos subvencionab les será desde el día 01 de noviembre de 202 5, hasta el día de finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. SEXTO. Importe y forma de justificación de la ayuda. Desarrollo Local Expediente 1739331N
  • Que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención.
  • Que no se han recibido otras subvenciones o ayud as de Organismos Públicos o Privados, que junto con la concedida por la Diputación Provincial de Cuenca, superen el coste total de la actividad. 3º.- Índice numerado de los justificantes que se presentan, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo III de la Ordenanza de Subvenciones.
  • Fichero Excel que comprende la hoja Facturas (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada).
  • Ficheros PDF resultantes de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado. 4º.- Facturas y/o documentos de valor probatorio, e quivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa. Los conceptos de las facturas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad subvencionada según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. El importe de los justificantes de gastos que se presenten deberá ser como mínimo igual al importe de la subvención concedida.
  • En el caso de que las facturas estén sujetas a retención de IRPF y por tanto el importe justificado no coincida con el pagado, deberá presentar Declaració n trimestral de retenciones practicadas en relación con el IRPF de la que se deduzca que la entidad ha ingresado las correspondientes retenciones a nombre del emisor de la factura correspondiente.
  • La acreditación del pago de las facturas podrá realizarse por alguna de las siguientes formas:
  • En los supuestos de pago mediante transferencia bancaria o domiciliación en cuenta: El pago se acreditará con la copia del resguardo b ancario correspondiente donde conste en el concepto el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado, así como la identificación del ordenante y del beneficiario de la operación en los supuestos de tr ansferencia bancaria, domiciliación en cuenta o pag o con tarjeta.
  • En los supuestos de pago mediante cheque nomina tivo o pagaré: Copia del extracto bancario del cargo en cuenta co rrespondiente a la operación justificada, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto en los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré.
  • En los supuestos de pago en metálico: Factura o documento legalmente aceptado (seguros e tc…) firmado por el acreedor indicando la fecha de cobro, nombre y apellidos, DNI del perceptor del me tálico e indicación de “Pagado en metálico o Recibí en metálico, en los supuestos de pagos en efectivo has ta 999,99 euros”. No se admitirán pagos en metálic o iguales o superiores a 1.000,00 euros.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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