Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Autónomos, Comercio, Hostelería y turismo, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 17.075,00 €. Inicio: 01/09/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención en el plazo que se ha establecido.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones necesarias, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aplicación a su finalidad de los fondos recibidos, presentando en plazo la cuenta justificativa.
  • Comunicar al órgano concedente o a la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada, tan pronto como se conozca y antes de la justificación de los fondos percibidos.
  • Acreditar, con anterioridad a la concesión, el hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales, y las del Estado y frente a la Seguridad Social, y no ser deudor del Ayuntamiento de Úbeda y de los entes de él dependientes por cualquier deuda vencida, líquida y exigible en período ejecutivo.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, aportando cuanta información le sea requerida.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial que resulte aplicable a la beneficiara, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control durante cuatro años.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control durante cuatro años.
  • Dar la adecuada publicidad a la subvención municipal, insertando en toda la documentación escrita o gráfica y en todo el material publicitario y de divulgación, sea cual sea el formato de éste, relacionado con las actividades objeto de la presente subvención la leyenda PATROCINA y debajo el escudo oficial del Ayuntamiento de Úbeda, bajo el cual se podrá leer EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuando proceda.
  • Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención municipal, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones.
  • Se establece la compatibilidad de la subvención con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el coste de los proyectos o actividades subvencionadas, para lo cual se habrá de justificar la totalidad del gasto realizado, y la cuenta justificativa habrá de contener una relación detallada de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación de los importes y su procedencia.
  • En el ámbito del Ayuntamiento de Úbeda no podrán otorgarse dos o más subvenciones destinadas a financiar la misma actuación con cargo al mismo ejercicio presupuestario.
  • Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios o con otras subvenciones o recursos procedentes de entes públicos o privados, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de todos los fondos, y los documentos justificativos deberán ser suficientes para acreditar que la totalidad de los fondos ha sido aplicada a la actividad subvencionada.
  • OCTAVA. - PUBLICIDAD. El Ayuntamiento de Úbeda remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre la actividad subvencionada. Así mismo se ofrecerá información de la subvención concedida a través del portal de transparencia de la página web municipal y de la sede electrónica, según determina el art. 13 de la Ordenanza. La entidad beneficiaria, sin perjuicio de su deber de difundir el carácter público de la financiación de sus programas, actividades, inversiones o actuaciones, siendo ello una de las obligaciones generales del beneficiario según se indica en la cláusula quinta, deberá dar publicidad a la subvención recibida en los términos y condiciones establecidos en la legislación estatal y autonómica de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen Gobierno.
  • SECRETARIA GENERAL 80 %, esto es de TRECE MIL SEISCIENTOS SESENTA (13.660) euros, sin necesidad de aportar garantía. El 20% restante será abonará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad Todos los pagos a favor del beneficiario se realizarán al número de cuenta: IBAN: ES81 3067 0072 9136 2102 4623 La devolución de las cantidades no invertidas junto con los intereses devengados se realizará en la cuenta ES15 2103 1218 1211 0000 0016 indicando “Devolución Subvención Asociación de Mujeres Empresarias y Autónomas Lidera”
  • Serán subvencionables los gastos que indubitadamente respondan a la actividad subvencionada,
  • Para que los gastos sean subvencionables deberán cumplir además los siguientes requisitos:
  • que su coste de adquisición no supere el valor de mercado.
  • que se devenguen dentro del periodo indicado en la cláusula cuarta.
  • que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación,

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Servicios externos de asistencia técnica y consultoría.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Honorarios de formadores, mentores y profesionales especializados.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Elaboración de materiales técnicos y formativos.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Plataformas digitales y recursos de formación online.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Pasarela de moda flamenca y promoción del comercio local Actividad de dinamización económica orientada a la promoción del comercio local, la artesanía textil y el sector creativo vinculado a la moda flamenca. La actuación consistirá en la organización de una pasarela con participación de diseñadoras, artesanas y establecimientos locales, incluyendo montaje técnico, producción del evento y acciones de dinamización comercial.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Escenario, iluminación, sonido y estructuras técnicas.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Alquiler de mobiliario y equipamiento.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Servicios audiovisuales.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Comunicación y difusión.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Dinamización comercial e infantil. 4Campaña “LIDERINA, la Elfa de lidera" Concebida para impulsar las ventas locales, fortalecer la identidad del colectivo y fomentar la solidaridad en la comunidad durante las fiestas navideñas. Con esta campaña se pretende promocionar los negocios locales femeninos de la localidad. Consistirá en grabaciones y edición de vídeo promocional.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención en el plazo que se ha establecido.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones necesarias, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aplicación a su finalidad de los fondos recibidos, presentando en plazo la cuenta justificativa.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Comunicar al órgano concedente o a la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada, tan pronto como se conozca y antes de la justificación de los fondos percibidos.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Acreditar, con anterioridad a la concesión, el hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales, y las del Estado y frente a la Seguridad Social, y no ser deudor del Ayuntamiento de Úbeda y de los entes de él dependientes por cualquier deuda vencida, líquida y exigible en período ejecutivo.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, aportando cuanta información le sea requerida.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial que resulte aplicable a la beneficiara, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control durante cuatro años.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control durante cuatro años.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Dar la adecuada publicidad a la subvención municipal, insertando en toda la documentación escrita o gráfica y en todo el material publicitario y de divulgación, sea cual sea el formato de éste, relacionado con las actividades objeto de la presente subvención la leyenda PATROCINA y debajo el escudo oficial del Ayuntamiento de Úbeda, bajo el cual se podrá leer EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuando proceda.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención municipal, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes