SUBVENCIÓN NOMINATIVA ASOCIACIÓN MADRILEÑA AUDIOVISUAL (AMA) 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES3 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 70.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
  • Una memoria abreviada económica que contendrá un estadio representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados y en la que el beneficiario describirá las desviaciones acaecidas respecto del presupues to presentado.
  • Un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. El auditor de cuentas debe llevar a cabo la revisión de la cuenta justificativa de la totalidad de gastos, inversiones e ingresos referidos a la realización de las actividades vinculadas a la subvención. La cuenta justificativa constará de las facturas, nóminas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Se entienden incluidos en la subvención los gastos de personal y funcionamiento necesarios para la realización de las actividades, incluso los gastos de asesoría. No será necesario acreditar el pago efectivo de dichos gastos. Asimismo, deberá presentar una relación de la ejecución total del presupuesto durante todo el ejercicio, con el mismo detalle que el presentado.
  • Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios y otras subvenciones o recursos, deberá declararse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior al importe considerado contrato menor por la legislación de contratos del Sector Público vigente en el momento de la justificación, IVA excluido, el beneficiario deberá solicitar como mínimo t res ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega de los bienes, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la concesión de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la justificación o en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en la memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • Insertar el logotipo de la Comunidad de Madrid en toda publicidad que se realice sobre las actividades subvencionadas, haciendo constar expresamente la colaboración de la misma.
  • Hallarse, con carácter previo a la concesión de la subvención y también con anterioridad al
  • CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE pago de la misma, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
  • El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Comunidad de Madrid, y a las de control de la actividad económico -financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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