Asociaciones culturalesPersonas jurídicasXXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS

Subvención nominativa a la ASOCIACIÓN ASTURIANA DE AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI, año 2026.

Es objeto de la presente subvención financiar las actuaciones de la ASOCIACIÓN ASTURIANA DE AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI, con C.I.F: ***205***, para la realización del Proyecto de Cooperación Internacional de Desarrollo y Solidaridad, de “Apoyo sostenido a la causa saharaui: Ayuda alimentaria de Emergencia”, que se desarrolle durante el presente ejercicio 2026, siendo la contraparte la Media Luna Roja Saharaui, responsable de recibir la ayuda humanitaria en los campamentos de refugiados ubicados en Argelia. Dentro de la ayuda humanitaria recibida se pueden distinguir principalmente: a. Productos alimenticios. b…

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es XXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTRILLÓN.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.000,00 €. Inicio: 11/05/2026. Plazo: Fin: 28/08/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 2 de la citada Ley General de Subvenciones y de cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la mencionada norma con anterioridad a que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención que conlleva la presente subvención. En concreto la declaración deberá contener una mención expresa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonóm icas y con la Seguridad Social. No obstante, para obtención de dichos certificados podrán autorizar adecuadamente al Ayuntamiento de Castrillón a través de la firma y sello del documento de autorización existente a tales efectos. j.- Reintegrar los fondos recibidos en virtud de las presentes condiciones en caso de incurrir en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de la normativa propia de cada Concejo.
  • - En atención a la naturaleza de la subvención se realizarán pagos de manera anticipada, con carácter de prepagable, lo que supondrá la entrega de fondos previa a la justificación como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inher entes a la subvención, quedando las asociaciones solicitantes exoneradas de la presentación de garantías.
  • - Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de subvenciones.
  • - No podrán realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social o sea deudora por resolución de procedencia de reintegro.
  • - El abono se materializará mediante ingreso en la cuenta de la entidad financiera indicada por la entidad beneficiaria en la documentación presentada, en pago único. (Anexo I.3)
  • - El plazo para la justificación de la subvención recibida deberá realizarse antes del 1 de diciembre de 2026, y toda la documentación relacionada y exigida se entregará en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento. La justificación del gasto deberá ceñirse al programa o proyecto objeto de subvención
  • - La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, se realizarán en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones, así como en la Ordenanza General de Subvenciones, salvo la regulación
  • específica recogida en estas condiciones, y deberá aportarse:
  • Una Declaración Responsable justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención. (Anexo II.1)
  • Una Memoria de las actuaciones realizadas con cargo a la subvención, con indicación de las actividades desarrolladas por la entidad, número de personas participantes y una valoración de los resultados obtenidos.
  • Una Memoria económica del coste de las actividades realizadas, que contendrá una relación clasificada correlativamente de todos y cada uno de los documentos justificativos aportados, especificando, al menos, su fecha, proveedor, objeto facturado, importe total del documento, fecha y forma de pago, cuantía del gasto subvencionable y porcentaje imputado a la justificación de la subvención. (según modelo Anexo II.2)
  • Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada (según modelo Anexo II.3)
  • Material gráfico en el que conste la colaboración municipal, si hubiese.
  • - Los gastos realizados se acreditarán mediante facturas originales y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas Secretaría de la Junta de Gobierno Local Expediente 81192R
  • que justifiquen dichos gastos deberán corresponderse con el objeto del proyecto y estar sus fechas comprendidas entre las fechas de ejecución.
  • Para abonos inferiores a 1.000,00 €, la inscripción de “Recibí”, “Pagado” o similar, en el anverso o reverso de la factura presentada o mediante otro documento anexo a la factura (Carta de Pago,
  • Identificación del nombre y apellidos de la persona física autorizada para recibir el importe de la factura, con la descripción que corresponda, a saber, “titular o propietario”, “empleado” o “apoderado”.
  • Número de N.I.F. de la persona anterior.
  • Identificación del nombre o razón social del expedidor de la factura abonada, para el caso de que se cumplimente documento anexo a la factura (Carta de Pago, Recibo o similar). - Identificación del número (en su caso serie) y fecha de la factura abonada, para el caso de cumplimentarse documento

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Cuarta. - Gastos subvencionables. · eligible
    Las subvenciones podrán cubrir gastos de adquisición de materiales y suministros, compra y transporte de equipos y activos productivos, personal y de funcionamiento.
  • Cuarta. - Gastos subvencionables. · eligible
    El destino de la subvención a adquisición de terrenos o bienes inmuebles tendrá carácter excepcional y en todo caso estará sujeto a la evidencia fehaciente de que su propiedad recaiga en los propios beneficiarios y nunca en la entidad promotora del proyecto.
  • Cuarta. - Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos administrativos asociados a la formulación, control y seguimiento de los proyectos por parte de la organización responsable estarán incluidos dentro de la financiación global, pero sin exceder el ocho por cien del total de subvención. Estos g astos quedan justificados por la mera ejecución del proyecto; no obstante, deberán estar relacionados en el presupuesto y en el informe económico posterior.
  • Cuarta. - Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos subvencionables serán aquellos comprendidos entre el 16 de diciembre del 2025 al 30 de noviembre de 2026. Se realizará un solo pago del 100% de las facturas, en pago único, hasta un límite de

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto de la presente subvención financiar las actuaciones de la ASOCIACIÓN ASTURIANA DE AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI, con C.I.F: ***205***, para la realización del Proyecto de Cooperación Internacional de Desarrollo y Solidaridad, de “Apoyo sostenido a la causa saharaui: Ayuda alimentaria de Emergencia”, que se desarrolle durante el presente ejercicio 2026, siendo la contraparte la Media Luna Roja Saharaui, responsable de recibir la ayuda humanitaria en los campamentos de refugiados ubicados en Argelia. Dentro de la ayuda humanitaria recibida se pueden distinguir principalmente: a. Productos alimenticios. b. Equipamiento, tiendas, cocinas, ropa y calzados, material escolar, material de higiene, etc., que se derivan al Ministerio de Equipamiento de la República Árabe Saharaui Democrática. c. Medicamentos, que se derivan a la Farmacia Central. d. Vehículos de transporte, derivados al Ministerio de Transporte. e. Materiales y suministros incluidos en proyectos, con varios destinos.