SUBVENCIÓN NOMINATIVA ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA PUEBLA 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Aceptar expresamente la subvención concedida en el plazo de 1 0 días desde la notificación de esta resolución; transcurrido el plazo sin que se manifieste la aceptación, se entenderá que renuncia a la subvención. La aceptación se realizará mediante el modelo normalizado al que se puede acceder en la dirección siguien te: https://www.ponferrada.org/es/informacion-municipal/normativa- municipal-1/instruccion-tramitacion-subvenciones-nominativas-previstas
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión o disfrute de esta subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financie ro que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta para el reconocimiento de la obligación que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, si no lo ha hecho previamente. Nº de Resolución: 2026/7343.0 Resolución: 3.resolución concesión subvencion asoc la puebla Código para validación: FUK6S-D6J55-1IN64 Fecha de emisión: 16 de Octubre de 2026 a las 9:07:38 Página 2 de 6
  • - SEC - Secretario General (CMF) del AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA. Firmado 15/10/2026 08:40
  • - Concejal de Desarrollo Económico e Industrial, Comercio, Innovación y Escuela Taller del AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA. Firmado 15/10/2026 09:01
  • Disponer de los libros contables, regis tros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de esta subvención, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tan to puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Rendir cuentas al Tribunal de Cuentas, en los términos del artículo 34.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas y el deber de colaboración, regulado en los artículos 7 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y 30 de la Ley 7/1988, de 5 de abril.
  • Adoptar las medidas adecuadas para la difusión pública de la subvención otorgada por el Ayuntamiento de Ponferrada para el proyecto ejecutado. La publicidad de las actuaciones o actividades subvencionadas puede efectuarse, a elección del beneficiario en aquellos soportes (carteles, folletos,…) y canales (notas de prensa a los medios de comunicación, páginas web, redes sociales,…) que no impliquen costes elevados, pero que permitan la difusión adecuada del carácter público de la financiación recibida. En la página web www.ponferrada.org se pondrá a disposición de los beneficiarios un archivo con el escudo municipal oficial y la leyenda que debe incorporarse en la publicidad.
  • La ejecución del proyecto aprobado podrá subcontratarse en su totalidad, aunque, en ningún caso, podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la LGS.
  • Personas o entidades que hayan perc ibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de la contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
  • Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes
  • ESTADOFIRMASOTROS DATOS En el caso de que el importe de alguno de los gastos subvencionables supere la cuantía que se establezca en la normativa de contrat ación pública vigente para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar, al menos, tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de ese gasto se acredite que no exista en el mercado suficiente número de entidades o que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la concesión de la subvención.
  • Memoria de realización de las actuaciones o actividades del proyecto aprobado y cumplimiento de los requisitos previstos en la resolución de concesión, con indicación de los resu ltados efectivamente conseguidos. Para esta comprobación deben utilizarse los indicadores previstos en el proyecto aprobado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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