SUBVENCIÓN NOMINATIVA ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA CABALGATA 2025

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES220 - Navarra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA/IRUÑA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 55.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente la ent idad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobaci ón, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores que no obre en los archivos municipales.
  • Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta com unicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al co rriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. La comprobación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pamplona se efectuará de oficio.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona o entidad beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y regist ros específicos pudieran ser exigidos por este convenio, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Dar la adecuada publicidad de que los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención son financiadas por el Ayuntamiento Pamplona: SÍ NO
  • Medidas de difusión que debe adoptar la persona o entidad beneficiaria: Inclusión imagen institucional del Ayuntamiento de Pamplona. Leyendas en carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, etc. Placas conmemorativas. Menciones en medios de comunicación.
  • Autorizar al Ayuntamiento de Pamplona, si lo esti mase oportuno, a favorecer la divulgación del desarrollo del programa, proyecto, actividades o actuaciones subvencionadas, con el fin de promover las actuaciones.
  • Realizar la comunicación y difusión de la actividad en soportes de publicidad o de informa ción mediante un uso inclusivo del lenguaje e imágenes incluyentes no sexistas. De igual modo en los documentos que directamente se generen el lenguaje deberá ser inclusivo y cumplir aquellas obligaciones que se recogen en la Ordenanza de Igualdad.
  • En c uanto a la comunicación, en cada publicación o story que se haga en las RRSS de actividades subvencionadas por el Ayuntamiento de Pamplona, se deberá citar a los perfiles de Cultura en RRSS. Así
  • se deberá nombrarnos del siguiente modo: En Facebook e Instagram: @Pamplonaescultura (castellano) @irunakulturada (euskera) En X (antiguo Twitter): @Pamplonacultura (castellano) @irunakulturada (euskera) En TikTok: @pamplonakulturairuna
  • En lo referente a la utilización del euskera, habrá que tener en cuenta lo señalado en la Ordenanza del Euskera del Ayuntamiento de Pamplona.
  • Cumplir con lo dispuesto en la Decreto Foral 36/2024, de 17 de abril, de Eventos Públicos y Sostenibilidad, en todo aquello que sea de aplicación a los eventos que se desarrollen con po sterioridad a su entrada en vigor.
  • Facilitar al personal técnico municipal el seguimiento del programa, proyecto, actividades o actuaciones subvencionadas.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ordenanz a General de Subvenciones y, en su caso, en este convenio. ● Obligaciones específicas de la persona o entidad beneficiaria: SÍ NO La Asociación Cabalgata de los Reyes Magos presentará el recibo de haber suscrito la correspondiente póliza de seguros de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 euros para la cobertura de los eventuales daños o lesiones se hayan podido causar tanto en personas como en bienes inmuebles, vehículos, etc. con motivo del desarrollo de la actividad objeto de esta subvención.
  • Plazo de realización de las actividades subvencionables: Año 2026
  • Determinación de los gastos subvencionables: Se considerarán gastos subvencionables aquellos que origine el desarrollo del desfile y de aquellas actividades derivadas de la llegada de los reyes a Pamplona (carteros reales, dromedarias, concursos varios…) y respondan a la natur aleza de la actividad subvencionada: alquiler y acondicionamiento de los diferentes vehículos utilizados, gastos de caché, manutención y hospedaje por la contratación de diversos grupos que aparecen en el desfile abanderados, moros y cristianos, grupos mus icales y danzas,
  • 000 euros, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicit ar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la asunción del compromiso de prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. La elección entre las ofertas presentadas, que deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, deb iendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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