Personas jurídicasES113 - Ourense

Subvención nominativa Asoc. Cult. Coral Polifónica Casino do Carballiño - 2026

El presente convenio se formaliza con el objeto de sufragar, en parte, los gastos derivados de la organización del “Festival Galaico-portugués 2026” y promoción cultural cultural, organización y participación en conciertos de 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES113 - Ourense. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CARBALLIÑO, O.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • acto obligatorio que deberá comprender:
  • Instancia suscrita por el Presidente de la Asociación en la que solicite el pago del 25% restante de la subvención en el número de cuenta corriente indicada en la solicitud.
  • Presentación de la cuenta justificativa, que comprenderá:
  • Memoria detallada que incluya declaración de la actividad realizada con resultados obtenidos, financiada con la subvención y su coste.
  • De ser el caso, un ejemplar de toda la documentación impresa generada por la actividad que acredite la participación del Ayuntamiento de O Carballiño (cartelería, dosier prensa, enlaces digitales que permitan la conexión con la difusión realizada, etc.).
  • Relación desglosada de cada uno de los gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada, distinguiendo entre gasto total y gasto subvencionable, con identificación del acreedor y del documento, concepto, importe y fecha de emisión.
  • Presentación de facturas o demás documentos de valor probatorio equivalentes, con validez en el tráfico mercantil o laboral ( TCS, cartas de pago, etc.).
  • Concello Do Carballiño En caso de que la entidad beneficiaria no disponga de recursos económicos suficientes para realizar los pagos necesarios antes del vencimiento del plazo de justificación, no será preciso acreditar la realización del pago en la cuenta justificativa, siempre que se presente la declaración jurada la tal efecto. No obstante, y en el ejercicio de sus facultades de control financiero, la Intervención municipal podrá realizar procedimientos de control financiero, consistentes en exigir, a partir del mes siguiente al del pagado de la subvención, la acreditación del pagado de la totalidad de los gastos incluidos en la cuenta justificativa. El incumplimiento de este deber dará lugar al deber de reintegro por parte del beneficiario.
  • Declaración jurada del beneficiario que acredite que las facturas que se presentan como justificantes fueron aplicadas a la actividad subvencionada.
  • Relación desglosada de todos los ingresos que financian la actividad (fondos propios, subvención concedida y otras subvenciones). También deberá acreditarse su importe, origen y aplicación a las actividades subvencionadas.
  • Certificaciones de estar al corriente de sus deberes fiscales con la Hacienda estatal y autonómica, así como con la Seguridad Social, o declaración responsable de estar al corriente de los deberes tributarios y con la Seguridad Social firmada por el representante legal de la asociación, ya que la ayuda no supera el importe de
  • 000,00 €, segundo el dispuesto en el art. 24.4 del RD 887/2006, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El Ayuntamiento comprobará de oficio que la Asociación se encuentra al corriente de sus deberes tributarios con la hacienda local.
  • Certificación del número de cuenta expedida por la entidad financiera correspondiente.
  • Los gastos justificados tienen que ser iguales o superiores al importe del coste total del proyecto presentado por 6.900,18 €. La subvención representa el 43,47% del presupuesto total de la actividad.
  • La justificación de la subvención concedida deberá alcanzar el 100% del importe total del proyecto. En supuesto en que solo se justifique una cuantía inferior, la subvención se reducirá proporcionalmente.
  • El plazo para presentar la documentación justificativa será hasta el día 30 de noviembre de 2026.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Consideraranse gastos subvencionables aqueles que de xeito indubitado respondan á natureza das actividades subvencionada · eligible
    Considerarase gasto realizado o que foi efectivamente pagado dende o 1 de xaneiro de 2026 ata o 30 de novembro 20 26 (data de finalización do período de xustificación determinado no presente convenio), a excepción de que a entidade se acolla ao recollido na cláusula 6ª b) punto 5 parágrafo 2º.
  • Consideraranse gastos subvencionables aqueles que de xeito indubitado respondan á natureza das actividades subvencionada · eligible
    FORMA DE PAGO. O pagamento do anticipo da subvención correspondente o 75% do importe total da subvención concedida, realizarase unha vez aprobado, asinado e publicado na Base de Datos Nacional de Subvencións (BDNS) o presente convenio, previa solicitude do interesado no que fará constar o número de conta onde se realizará o ingreso, e acreditada a situación da asociación de estar ao corrente das súas obrigas tributarias e coa Seguridade Social, e o 25% restante, tras a correcta presentación, pola entidade beneficiaria, da conta xustificativa nos termos expostos na cláusula 6 deste convenio. En ningún caso poderán imputarse gastos dun exercicio diferente ao subvencionable (exercicio 2026), ou que os gastos non sexan suficientes para xustificar o importe da subvención concedida. Dito convenio deberá estar publicado na Base de Datos Nacional de Subvencións (BDNS). Concello Do Carballiño Praza Maior, 1, O Carballiño. 32500 (Ourense). Tfno. 988530007. Fax: 988530008 Corrección: https://carballino.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 7 a 8
  • Consideraranse gastos subvencionables aqueles que de xeito indubitado respondan á natureza das actividades subvencionada · eligible
    INFRACCIÓNS E SANCIÓNS En materia de infraccións e sancións estarase ao disposto no capítulo IX da Ordenanza Xeral Reguladora das Subvencións do Concello do Carballiño (BOP núm. 49, de 2 de marzo de
  • Consideraranse gastos subvencionables aqueles que de xeito indubitado respondan á natureza das actividades subvencionada · eligible
    ENTRADA EN VIGOR E PRAZO DE VIXENCIA. O presente convenio entrará en vigor unha vez aprobado polo órgano municipal competente e subscrito polas partes, mantendo a súa vixencia durante o exercicio 2026. En todo o non contemplado neste convenio estarase ao disposto na LXS e restante normativa de aplicación. Así o conveñen as partes e en proba de conformidade con canto antecede asinan o presente documento por triplicado en lugar e data ao principio indicados.
  • Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de las actividades sub · eligible
    Se considerará gasto realizado lo que fue efectivamente pagado desde lo 1 de enero de 2026 hasta el 30 de noviembre de 202 6 (fecha de finalización del período de justificación determinado en el presente convenio), a excepción de que la entidad se acoja a lo recogido en la cláusula 6ª b) punto 5 párrafo 2º.
  • Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de las actividades sub · eligible
    FORMA DE PAGO. El pago del anticipo de la subvención correspondiente al 75% del importe total de la subvención concedida, se realizará una vez aprobado, firmado y publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) el presente convenio, previa solicitud del interesado en el que se hará constar el número de cuenta donde se realizará el ingreso, y acreditada la situación de la asociación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y el 25% restante, tras la correcta presentación, por la entidad beneficiaria, de la cuenta justificativa en los términos expuestos en la cláusula 6 de este convenio. En ningún caso se podrán imputar gastos de un ejercicio diferente al subvencionable (ejercicio 2026), o que los gastos no sean suficientes para justificar el importe de la subvención concedida. Dicho convenio deberá estar publicado na Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
  • Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de las actividades sub · eligible
    INFRACCIONES Y SANCIONES En materia de infracciones y sanciones se estará al dispuesto en el capítulo IX de la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de O Carballiño (BOP núm. 49, de 2 de marzo de 2005)
  • Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de las actividades sub · eligible
    ENTRADA EN VIGOR Y PLAZO DE VIGENCIA. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado por el órgano municipal competente y suscrito por las partes, manteniendo su vigencia durante el ejercicio 2026. En todo lo no contemplado en este convenio se estará a lo dispuesto en la LGS y restante normativa de aplicación. Así lo convienen las partes y en prueba de conformidad con cuanto antecede firman el presente documento por triplicado en lugar y fecha al principio indicados. El ALCALDE EN FUNCIONES A PRESIDENCIA DE La ASOCIACIÓN José Rafael Castro-Gil Seijas José Luis Castro Seijo Concello Do Carballiño Praza Maior, 1, O Carballiño. 32500 (Ourense). Tfno. 988530007. Fax: 988530008 Corrección: https://carballino.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 7 a 7

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El presente convenio se formaliza con el objeto de sufragar, en parte, los gastos derivados de la organización del “Festival Galaico-portugués 2026” y promoción cultural cultural, organización y participación en conciertos de 2026.