Entidades socialesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

SUBVENCION NOMINATIVA ASAMBLEA LOCAL CRUZ ROJA

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CABANES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Instancia suscrita por el beneficiar io dirigida a la Alcaldía, solicitando el pago de la subvención, indicando el número de cuenta al cual se haya de efectuar la transferencia, aportándose ficha de mantenimiento de terceros.
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condicio nes impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos y, en su caso, datos de participación en la misma. También deberá justificarse el impacto de la actividad realizada en el interés gene ral municipal y la publicidad dada a la colaboración económica del Ayuntamiento.
  • Cuenta justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá
  • Cumplir el ob jetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, as í como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, así como c ualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunic ar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Cód. Validación: 6EEWLS9RXRQ4ZXE4XCF34W3D7 Verificación: https://cabanes.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 7
  • Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y la Hacienda local.
  • Dar publicidad al carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, a través de la ins erción de los logos del ayuntamiento en carteles publicitarios, equipamientos, folletos o publicaciones en redes sociales, en cuyo caso deberá aparecer el hastag #AjuntamentdeCabanes.
  • SÉPTIMA: CAUSAS DE RESOLUCIÓN. Podrán dar lugar a la resolución del
  • No destinar por parte de la entidad las aportaciones recibidas objeto de este Convenio para la finalidad para la que se conceden.
  • No justificar, con la documentación detallada en la cláusula cuarta, el destino de las aportaciones recibidas.
  • La suspensión definitiva de las actividades de la entidad, así como su suspensión temporal por plazo superior a seis meses en el ejercicio natural.
  • El incumplimiento de adoptar las medidas de difusión contenidas en la cláusula sexta letra f).
  • Y en general cualquier otro incumplimiento por la entidad de las obligaciones asumidas en virtud del presente convenio y que se consideren muy graves. Cualquiera de las causas de resolución del presente convenio, podrá dar lugar a una sanción constitutiva del reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes, y en su caso, la pérdida del derecho a percibir la subvención en el siguiente ejercicio.
  • NOVENA: PROTECCIÓN DE DATOS. Las partes se comprometen a cumplir adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679), en adelante RGPD y en otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre dicha materia, comprometiéndose a dejar indemne a la otra parte de cualquiera responsabilidad que se pudiera declarar como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones que, en materia de protección de datos de carácter personal, les atañen a cada una de las partes. Cód. Validación: 6EEWLS9RXRQ4ZXE4XCF34W3D7 Verificación: https://cabanes.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 7
  • RGPD. Cada parte responderá directamente ante la Age ncia Españ ola de Protección de Datos, así como ante las otras partes, de las sanciones pecuniarias y responsabilidades de todo tipo que de los propios incumplimientos en esta materia se deriven para ella misma y puedan alcanzar a las otras partes, incluido s los gastos de profesionales en los que incurran para su defensa. En relación con la gestión de las bases de datos de las personas usuarias que ambas instituciones atienden, y actuando como responsables independientes, podrán realizarse comunicaciones de datos ent re el Ayuntamiento y Cruz Roja Española cuando sean necesarias para la ejecución de los fines del convenio, sobre la base de lo dispuesto en el artículo 6.1.e) del RGPD (misión en interés público) u otra base jurídica aplicable. Esta comunicación de datos se realizará en todo momento de conformidad con la
  • Y para que así conste, y en prueba de conformidad, firman el presente

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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