Personas jurídicasES51 - CATALUÑA

Subvención nominativa al Patronat del Reial Monestir de Santa Maria de Poblet, para contribuir a la financiación de los gastos derivados de la gestión y mantenimiento de los diferentes espacios y usos del Monasterio, durante el año 2026

Otorgar al Patronato del Real Monasterio de Santa María de Poblet una subvención nominativa de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 euros) para contribuir a la financiación de los gastos derivados de la gestión y mantenimiento de los diferentes espacios y usos del Monasterio, durante el año 2026, con cargo a la partida PR0102 D3400 El presupuesto de la actividad subvencionada será de un importe de 150.000,00 euros. Esta subvención no será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra entidad pública o privada.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT DE LA PRESIDÈNCIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • documentation
    Una memoria económica abreviada que, como mínimo, debe contener un estado detallado de los gastos de las actividades subvencionadas, debidamente agrupadas por conceptos y de acuerdo con el presupuesto aceptado, siguiendo el modelo normalizado de formulario cuenta justificativa, disponible en el portal de Tràmits Gencat.
  • documentation
    Liquidación en la que se indiquen y se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
  • documentation
    Una copia del material impreso generado por la actividad. El informe del auditor indicará las comprobaciones realizadas, poniendo de manifiesto todos aquellos hechos que puedan suponer el incumplimiento por parte del beneficiario, cuyo nivel de detalle permita al Gabinete Técnico formular conclusiones. El informe debe seguir el modelo que figura en el anexo de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, modificada por la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio. La presentación de la documentación que establece este punto, se realizará telemáticamente mediante el trámite de justificación del portal de la Extranet de las Administraciones Catalanas
  • documentation
    EACAT. El plazo establecido en esta Resolución para la presentación de la justificación podrá ser modificado de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.1 de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, modificada por la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio. El gasto derivado de la realización del informe de auditor puede tener la condición de gasto subvencionable hasta un máximo de 2.000,00 euros y debe realizarse una vez ejecutada la actividad. El Patronato del Real Monasterio de Santa María de Poblet llevará, en su caso, la documentación a la que hace referencia el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, modificada por la Ley 14/2011, de 1 de junio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otorgar al Patronato del Real Monasterio de Santa María de Poblet una subvención nominativa de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 euros) para contribuir a la financiación de los gastos derivados de la gestión y mantenimiento de los diferentes espacios y usos del Monasterio, durante el año 2026, con cargo a la partida PR0102 D3400 El presupuesto de la actividad subvencionada será de un importe de 150.000,00 euros. Esta subvención no será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra entidad pública o privada.