Subvención nominativa al CLUB COLOMBÓFILO VALLE DE LA OROTAVA 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OROTAVA, LA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Promoción Deporte – Transferencias a clubes y Asociaciones Deportivas, por importe de 600,00 euros, que figura en el Anexo del Plan Estratégico de Subvenciones, incluido en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Cód. Validación: 5ZA4LY62MQDL7DGHSPTGCY7W7 Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5
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    246.187, suscrito el 17 de noviembre de 2025 en cuya cláusula cuarta se prevé la ordenación de la prórroga por el órgano competente del convenio por mutuo acuerdo de las partes para el fomento y la práctica del deporte durante el ejercicio 2026. SEGUNDO. Conceder una subvención nominativa por razones de interés público a la entidad , CIF número G-38.246.187 porCLUB COLOMBÓFILO VALLE DE LA OROTAVA importe de , con el fin de coadyuvar a financiar elSEISCIENTOS EUROS (600,00 €) proyecto de fomento y promoción del deporte denominado “Trofeos correspondientes a la durante el año 2026, correspondiendo dicha cantidad a un importe cierto,Campaña 2026” sin referencia a un porcentaje o fracción del coste. TERCERO. Autorizar, disponer el gasto y consiguiente reconocimiento de la obligación, por importe de , a favor de la entidad SEISCIENTOS EUROS (600,00€) CLUB COLOMBÓFILO (CIF número G-38.246.187), con cargo al crédito retenido (RC:VALLE DE LA OROTAVA
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    de la aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto 3411.489.01. Cód. Validación: 5ZA4LY62MQDL7DGHSPTGCY7W7 Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5
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    TERCERA. Financiación El Excmo. Ayuntamiento de La Orotava se compromete a financiar el convenio por un importe máximo de SEISCIENTOS EUROS (600,00 €), con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 3411.489.01 “Promoción al Deporte. Transferencias a Clubes y Asociaciones Deportivas” del Estado de Gastos de su Presupuesto General o aplicación que en el futuro la sustituya. El importe de la subvención corresponde a un importe cierto, sin referencia a un porcentaje o fracción del coste de la actividad. En ningún caso, este importe, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, podrá superar el coste de la actividad subvencionada. En tal caso, el exceso de financiación será aplicado para disminuir la aportación municipal del Ayuntamiento de La Orotava. La citada cantidad puede ser aumentada o minorada en los sucesivos ejercicios económicos de acuerdo con el importe que anualmente fijen el Presupuesto General de la Corporación, sin necesidad de que varíe el objeto subvencionable, que seguirá siendo el mismo.
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    deberá indicar el día de inicio de la temporada dentro del año natural de la concesión y el día de finalización del siguiente año), pudiendo el mismo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes, por otros dos años adicionales . En todo caso, la prórroga deberá ser expresa, previo acuerdo del órgano municipal competente. La vigencia del convenio queda condicionada a la aprobación nominativa de la subvención por el Pleno del Ayuntamiento, dentro del Plan Estratégico de Subvenciones, donde debe figurar el objeto, dotación presupuestaria y beneficiario expresamente en el estado de gastos del presupuesto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos futuros. En el caso de prórroga del presupuesto municipal, a un ejercicio siguiente, quedará sin efecto el presente convenio.
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    La concesión de la subvención requerirá por parte del beneficiario:
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    Estar legalmente constituido e inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias y en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades Locales.
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    Presentar la correspondiente documentación: I. Instancia de solicitud normalizada, que incluirá los datos del solicitante y datos a efectos de notificación. II. Acreditación de la representación, mediante la presentación de certificación de la junta directiva u órgano de representación. III.Proyecto de la actividad a realizar. IV.Presupuesto equilibrado de gastos e ingresos. V. Declaración de las ayudas y/o subvenciones de otras administraciones, entes públicos o privados recibidas, en su caso, para el mismo objeto.
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    Que NO se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de entidades públicas. Cód. Validación: AA5JAEFHNW4AQZJRLCFPQ57DG Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 17
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    Que NO se halla incurso en ninguna de las circunstancias previstas del artículo 13 la Ley General de Subvenciones.
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    Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
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    Que NO tiene subvención alguna pendiente de justificar ante el Ayuntamiento y se hall al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
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    Que se compromete a destinar los fondos a la actividad prevista en la memoria o proyecto.
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    Que se compromete a comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación de las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para la concesión de subvención. VII. En caso de no haberse presentado previamente o haya habido
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    Copia del CIF de la entidad.
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    Copia de los Estatutos inscritos en el Registro Oficial correspondiente.
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    Alta o Modificación de Datos de terceros.
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    No encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones que prohíben la obtención de la condición de beneficiario.
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    Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta situación podrá acreditarse mediante una declaración responsable del beneficiario cuando el importe de la subvención no supere los 3.000,00 €.
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    No ser deudor por reintegro de subvenciones ni tener pendiente de justificar subvenciones de este Ayuntamiento percibidas con anterioridad y cuyo plazo de justificación haya concluido.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad