Personas jurídicasES709 - Tenerife

Subvención nominativa al CD Rumbo Cincuenta y Nueve - Proyecto Dakar por la vida

2. Régimen jurídico: la presente subvención se regirá, en lo no previsto expresamente en la presente Resolución, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife aprobada por Acuerdo del Pleno Insular de 2 3 de diciembre de 2004, modificada por el Pleno en l a sesión de 9 de julio de 2021.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Proyecto “Dakar por la vida”, el Club Deportivo Rumbo 59, deberá justificar el destino de los fondos aportados por el Cabildo de Tenerife , mediante la presentación de la siguiente
  • Memoria descriptiva de la actividad subvencionada: deberá acreditar el desarrollo de la actividad subvencionada y su adecuación a las condiciones establecidas en la
  • Memoria económica : La entidad deberá presentar una memoria económica justificativa que permita acreditar el coste total de las actuaciones ejecutadas en el marco de la presente subvención, incluyendo la totalidad de los gastos realizados y de los ingresos obtenidos para su f inanciación, con independencia de su procedencia y de que hayan sido financiados total o parcialmente con cargo a la aportación del Cabildo Insular de Tenerife, cumplimentando el Anexo I.
  • La memoria deberá incluir: o Relación clasificada de los gastos e inversiones de las actividades, mediante la presentación del Anexo II. o Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa de todos los gastos y documentación acreditativa del pago (justificante bancario o documento equivalente). o Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia (subvenciones, patrocinios, recurso s propios, etc.) a través de la presentación del Anexo III . En caso contrario, deberá hacerse constar expresamente la inexistencia de los mismos. o En su caso, los tres presupuestos que, de conformidad con el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviem bre, General de Subvenciones, deba haber solicitado la entidad beneficiaria cuando el importe del gasto subvencionable supere los 15.000 € (sin IGIC). o En su caso, carta de pago acreditativa del reintegro de los remanentes no aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención, así como de los intereses de demora que procedan.
  • Compatibilidad: la presente subvención es compatible con otras subvenciones , ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Reintegro: procederá el reintegro de los fondos recibidos en los supuestos previstos en el
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el Cabildo, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al Cabildo la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Disponer de los libros contables, reg istros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • La entidad asume la obligación de adoptar las medidas de difusión y publicidad necesarias para dar a conocer la financiación pública del Cabildo de Tenerife. En
  • cumplimiento de esta obligación, se asumen las siguientes:  Identidad gráfica: En todas las medidas de información y comunicación que la entidad lleve a cabo, se deberá exhibir de forma preeminente la expresión “FINANCIADO POR” seguido de la marca institucional DXTenerife, respetando en todo caso su
  • manual de identidad corporativa, disponible en el siguiente enlace: https://deportestenerife.es/inicio/brand-center/.  Soportes físicos y digitales: la marca deberá incluirse de manera obligatoria y
  • Cartelería y publicidad: carteles, folletos, vallas, lonas y traseras de prensa (photocalls).
  • Medios digitales: sitios web del evento, aplicaciones móviles y banners.
  • Redes sociales: en todas las publicaciones de promoción del evento, mencionando
  • Material del evento: en caso de producirse dorsales, camisetas, acreditaciones o material audiovisual, se deberá integrar la citada identidad gráfica.  Referencia verbal: en cualquier comparecencia ante medios de comunicación, notas de prensa, etc. se deberá hacer mención expresa al apoyo y colaboración económica del Cabildo de Tenerife. El incumplimiento de esta obligación acarreará el reintegro de la subvención, en los términos previstos en el art.37.1 de la Ley General de Subvenciones. Código Seguro De Verificación B2bZaUeZJQasWLBdygp3FA Estado Fecha y hora Firmado Por SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL Firmado 15/07/2026 11:11:54 María Yolanda Moliné Rodríguez - Consejera con Delegación En Deportes Firmado 15/07/2026 11:10:34 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/B2bZaUeZJQasWLBdygp3FA Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 8/9
  • Dada la naturaleza e importe de los gastos que se proponen, su aprobación deberá realizarse por:
  • 350,00 € Subvención Cabildo Insular de Tenerife 60.000,00 € Airam Martin Material de Promoción (bolsos, gorras, etc.) 1.637,50 € Patrocinio Cabildo Acción Social 15.000,00 € Luis Alejandro 825,97 € Patrocinio LECC S.L 30.000,00 € Consejería Insular de Cultura, Museos y Deportes Consejería con Delegación en Deportes Servicio Administrativo de Deportes
  • 000,00 € Fundación Carrera por la vida 1.000,00 € Shakedown Media S.L Prensa y comunicación Dakar Classic 2.628,15 € Aportación propia 947,82 € Jorge Enrique Nuez Gestión entrevistas y relaciones públicas previas al Dakar 26

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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2. Régimen jurídico: la presente subvención se regirá, en lo no previsto expresamente en la presente Resolución, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife aprobada por Acuerdo del Pleno Insular de 2 3 de diciembre de 2004, modificada por el Pleno en l a sesión de 9 de julio de 2021.