Subvención nominativa a Serveis Educatius i de Lleure el Castellet, campamento verano 2026

Educación

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASSÀ DE LA SELVA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Llevar a cabo la actividad objeto de la subvención.
  • Prestar colaboración y facilitar la documentación y la información que le sea requerida en relación con la actividad para la que se concede la subvención, y someterse a las actuaciones de comprobación y control del Ajuntament de Cassà de la Selva, la Sindicatura de Cuentas y otros órganos competentes, de acuerdo con la normativa aplicable.
  • Notificar al Ajuntament de Cassà de la Selva la información relativa a las ayudas obtenidas o solicitadas a otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con posterioridad a la presentación de la solicitud.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Valorada los fondos recibidos en los supuestos previstos en la legislación aplicable.
  • Los previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En caso de incumplimiento de otras obligaciones previstas en estas bases.
  • Otros supuestos que prevé la normativa reguladora de subvenciones.
  • 7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Principios éticos y reglas de conducta . El beneficiario de esta subvención está obligado a adecuar su actividad a los principios éticos y las reglas de conducta establecidos en el artículo 55 de la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la
  • El respeto del ordenamiento jurídico y el principio de legalidad.
  • El respeto y la protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas y de los derechos estatutarios.
  • La imparcialidad en la toma de decisiones, con garantía de las condiciones necesarias para una actuación independiente y no condicionada por conflictos de intereses.
  • La igualdad de trato de todas las personas, evitando cualquier tipo de discriminación y arbitrariedad en la toma de decisiones.
  • La rendición de cuentas y la responsabilidad por las actuaciones propias y de los órganos que dirige.
  • El compromiso general y directo por la calidad de los servicios bajo su responsabilidad y el cumplimiento de los derechos de los usuarios.
  • El deber de abstenerse de intervenir en los asuntos de su competencia cuando concurra alguno de los supuestos de abstención que establece la Ley.
  • Mantener la debida reserva respecto de los hechos o informaciones conocidos por razón del ejercicio de sus cargos.
  • Cumplir las obligaciones propias en materia de transparencia que sean aplicables, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El incumplimiento de los principios y reglas anteriores comportará la aplicación del régimen sancionador previsto en los artículos 76 a 90 de la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la imposición de las sanciones previstas en función del carácter muy grave, grave o leve de las infracciones cometidas. Normas supletorias. En todo lo que no se haya previsto en este acuerdo será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ordenanza general de subvenciones del Ajuntament de Cassà de la Selva, y el resto de normas que sean aplicables. Fechado y firmado electrónicamente,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación