Subvención Nominativa a la FUNDACIÓN CANARIA OROTAVA DE HISTORIA DE LA CIENCA ejercicio 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OROTAVA, LA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    528.824), con cargo al crédito retenido (RC: 220260000641) de la aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto 3341.489.00. CUARTO. Conceder el pago anticipado del 100% de la subvención sin exigencia de depósito de garantía previa, según propuesta del Alcalde-Presidente, de fecha 9 de junio de 2026, al tratarse de una subvención directa en donde el objeto de dicha subvención es el fomento de una actividad de utilidad pública y/o de interés social. QUINTO. Que se de traslado del expediente a la Intervención y a la Tesorería para la continuación del expediente en fase de pago, previos los trámites oportunos. SEXTO. Proceder a la remisión de la información de la presente subvención a la Bases de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en cumplimiento de lo dispuesta en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que operará como sistema nacional de publicidad de las subvenciones, en aplicación de los principios Cód. Validación: Q73DEHLPPEL4K4ALXMEPEPQD3 Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4
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    RECURSOS/ALEGACIONES Contra el presente decreto podrá formular Recurso Potestativo de Reposición ante el (Alcalde-Presidente o en su caso Sr. Concejal Delegado del Área), en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de la notificación. Transcurrido un mes desde la interposición del Recurso sin que se notificare dentro del referido mes su resolución se entenderá desestimado y quedará expedita la vía Contenciosa – Administrativa. La interposición del Recurso Potestativo de Reposición impide la interposición del Recurso Contencioso – Administrativo contra el mismo acto, hasta que sea resuelto expresamente el Recurso de Reposición o se entienda desestimado por el silencio administrativo. El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, será de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa específica se entienda desestimado por silencio administrativo.
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    Estatutos:  Promover y difundir los estudios relacionados con la Historia de la Ciencia, entre los que concederá una especial relevancia a aquellos que se refieran a Canarias.  Organizar Seminarios, Cursos, Congresos, Ponencias o cualesquiera otras actividades, en colaboración con las administraciones e instituciones miembros.  Realizar cuantas actividades les sean propuestas por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes o por la Universidad de La Laguna a fin de insertar materias referidas a Historia de la Ciencia en cualquiera de los ámbitos educativos o formativos.  Llevar a cabo actividades de investigación, desde un punto de vista interdisciplinar, en las materias de su competencia.  Mantener una línea de divulgación y publicaciones de cara a la difusión de los estudios sobre la materia objeto de su competencia.  Sostener los recursos bibliográficos, así como las relaciones necesarias con Cód. Validación: 9KM3WWW5D974FXCN7YRQ3YA9Y Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 18
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    Organización de actividades de formación del profesorado relacionadas con la Historia de la Ciencia.
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    Organización de Seminarios, Cursos, Congresos, Ponencias o cualesquiera otras actividades, siempre que estén vinculados con el fin fundacional de
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    Realización de proyectos didácticos y de divulgación de la Historia de la Ciencia, dirigidos al ámbito educativo, al público en general, o a colectivos específicos.
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    Realización de proyectos de investigación sobre Historia de la Ciencia.
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    Realización de proyectos de digitalización de materiales de interés, con especial atención a los relacionados con Canarias. Diseño de materiales didácticos y divulgativos sobre ellos.
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    Publicación de materiales sobre Historia de la Ciencia en distintos soportes.
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    Participación en actividades sobre Historia de la Ciencia, organizadas por otras instituciones.
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    Mantenimiento y actualización del sitio web FUNDORO, incluyendo cambios de estructura y formato, gestión de formularios de solicitud e introducción de nuevos contenidos didácticos y divulgativos.
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    Organización y mantenimiento de los fondos bibliográficos y documentales de la Fundación. Actualización de la base de datos.
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    Diseño, montaje y mantenimiento de Colección Museística: “Expediciones Científicas a Canarias”. Cód. Validación: 9KM3WWW5D974FXCN7YRQ3YA9Y Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 18
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    TERCERA. Financiación El Excmo. Ayuntamiento de La Orotava se compromete a financiar el convenio por un importe máximo de CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (55.000,00 €), con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 3341.489.00 del Estado de Gastos de su Presupuesto General. El importe de la subvención corresponde a un importe cierto, sin referencia a un porcentaje o fracción del coste de la actividad. En ningún caso, este importe, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, podrá superar el coste de la actividad subvencionada. En tal caso, el exceso de financiación será aplicado para disminuir la aportación municipal del Ayuntamiento de La Orotava. La citada cantidad puede ser aumentada o minorada en los sucesivos ejercicios económicos de acuerdo con el importe que anualmente fijen el Presupuesto General de la Corporación, sin necesidad de que varíe el objeto subvencionable, que seguirá siendo el mismo.
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    CUARTA. Vigencia del Convenio La duración del presente Convenio será de cuatro años (incluirá el presente año 2025 y los siguientes tres años), pudiendo el mismo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes, por otros dos años adicionales. En todo caso, la prórroga deberá ser expresa, previo acuerdo del órgano municipal competente. La vigencia del convenio queda condicionada a la aprobación nominativa de la subvención por el Pleno del Ayuntamiento, dentro del Plan Estratégico de Subvenciones, donde debe figurar el objeto, dotación presupuestaria y beneficiario expresamente en el estado de gastos del presupuesto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos futuros. En el caso de prórroga del presupuesto municipal, a un ejercicio siguiente, quedará sin efecto el presente convenio. Cód. Validación: 9KM3WWW5D974FXCN7YRQ3YA9Y Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 18
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    La concesión de la subvención requerirá por parte del beneficiario:
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    Estar legalmente constituido e inscrito en el Registro Oficial correspondiente.
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    Presentar la correspondiente documentación: I. Instancia de solicitud normalizada, que incluirá los datos del solicitante y datos a efectos de notificación. II. Acreditación de la representación, mediante la presentación de certificación de la junta directiva u órgano de representación. III.Memoria o proyecto de la actividad a realizar. IV. Presupuesto equilibrado de gastos e ingresos. V. Declaración de las ayudas y/o subvenciones de otras administraciones, entes públicos o privados recibidas, en su caso, para el mismo objeto.
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    Que NO se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de entidades públicas.
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    Que NO se halla incurso en ninguna de las circunstancias previstas del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad