Personas jurídicasES707 - La Palma

SUBVENCIÓN NOMINATIVA A INDISPAL PROYECTO "TU VALOR"

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El informe deberá contener como mínimo los siguientes tres apartados: Bloque A) Justificación de la subvención. Bloque B) Verificación administrativa y de la información y publicidad de la subvención. Bloque C) Opinión del auditor.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, objetivos alcanzados conforme a los indicadores de evaluación que figuran en la Memoria que acompaña a la solicitud de subvención de la entidad, resultados obtenidos, publicidad realizada, identificación de los centros educativos, número de participantes, etc. La memoria ha de venir firmada electrónicamente por la Presidenta de INDISPAL.
  • Certificado de gastos del total del proyecto con firma electrónica del representante de la Asociación en el que se acredite la realización del proyecto, el cumplimiento de la finalidad de la subvención y el importe total de los gastos efectivamente realizados y pagados del mismo.
  • Una declaración y relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada con firma electrónica en cada una de sus hojas, por el/la representante de la Asociación.
  • Memoria gráfica acreditativa de la información de la publicidad de la subvención
  • concedida por el Cabildo, que deberá contener la siguiente documentación: a. Fotos acreditativas de la colocación de la cartelería y placas divulgativas. b. Muestras de la papelería empleada y de los documentos divulgativos que se hayan emitido del proyecto subvencionado por el Cabildo. c. Copias de las notas de prensa y de las publicaciones en redes sociales emitidas. d. Copias de los contratos del personal exclusivamente contratado para la realización del proyecto en los que se recoja la financiación del Cabildo Insular y el nombre del proyecto. e. Aquellos otros medios utilizados que garanticen la información de la publicidad de la subvención.
  • En su caso, la carta de pago del reintegro voluntario de los fondos de la subvención no gastada. La entidad beneficiaria de la subvención deberá de tener disponible y custodiada en su poder para cualquier verificación por parte del Cabildo de La Palma la documentación que se relaciona, acreditativa del gasto realizado y del pago efectuado, al que se hace
  • referencia en la cuenta justificativa: Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil. Las facturas deberán contener los requisitos mínimos recogidos en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación (BOE de 01.12.12), o aquel que lo sustituya y se encuentre vigente en el momento de expedición de tales facturas.
  • Las facturas deberán contener al menos los siguientes datos:
  • Identificación clara tanto del expedidor como del destinatario o cliente (NIF/CIF, nombre y apellidos o razón o denominación social, dirección completa).
  • Lugar y fecha de expedición.
  • Dirección completa tanto del expedidor como del destinatario.
  • Descripción suficiente de las operaciones junto con su importe individualizado sin impuestos y la forma de pago.
  • Impuestos que procedan con indicación del tipo de gravamen y cuota resultante. Deberán ajustarse a la normativa del IGIC.
  • Retenciones aplicables, debiendo ajustarse a la normativa del IRPF.
  • Para facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil, pagados mediante transferencia bancaria, extracto bancario que refleje la operación.
  • Para facturas pagadas en efectivo, recibo del proveedor en el que conste: los datos del proveedor, el número de factura, la forma de pago, el importe y fecha de pago, debidamente firmado y sellado. Sólo se admitirán pagos en metálico siempre y cuando el importe de cada pago sea inferior a 300,00 euros. La suma total de los pagos realizados en efectivo no podrá superar el 3 % de la cantidad total de subvención justificada del Cabildo.
  • En el caso, de pagos fraccionados por un mismo concepto, a efectos de justificación y determinación del límite de la cantidad permitida pagada en efectivo se tendrá en cuenta el importe total del gasto recogido en el párrafo anterior.
  • Para facturas pagadas mediante tarjeta de crédito, copia del justificante de dicho pago.
  • IMPORTE GASTOS A JUSTIFICAR: La cuantía a justificar deberá ser como mínimo el importe de la cantidad concedida.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación