SUBVENCION NOMINATIVA A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA 2026

El objeto de la subvención es financiar la realización de diversas actividades formativas y divulgativas incluidas en la programación de los Cursos de Verano de la Universidad de Cantabria correspondientes al año 2026, relacionadas con materias de interés y competencia de esta Consejer ía…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El beneficiario de la ayuda o subvención deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria y cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la citada Ley, así como la s previstas en la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.
  • El beneficiario, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.6 de la ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, como persona jurídica beneficiaria de subvenciones o ayudas públicas por importe mínimo de 10.000 euros, deberá publicar las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv/?codigoVerificacion=A0600AKhdwAKIfZTS3J0ov+mrLFzJLYdAU3n8j Firma 1: 21/08/2026 - Maria Jesus Susinos Tarrero
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
  • PAGO DE LA SUBVENCIÓN. La subvención se abonará mediante un pago único, una vez concedida y sin necesidad de justificación previa ni prestación de garantías, por su importe total de QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €), mediante ingreso en cuenta de la que sea titular la entidad beneficiaria. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Administración de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social, o de cualquier otro ingreso de derecho público, o en el supuesto de que se haya dictado contra la misma resolución de procedencia de reintegro, mientras no se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
  • justification
    Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, acompañada de las hojas de control de asistencia del alumnado
  • justification
    Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que incluya:
  • justification
    Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del número de orden del documento, tipo de documento, entidad que lo emite, fecha de emisión, importe total con desglose de impuestos y forma y fecha de pago. Dicha relación vendrá firmada por el representante legal de la entidad. Todos los gastos que se incluyan en la memoria económica justificativa deberán guardar relación con la actividad subvencionada y ajustarse a los plazos de realización y pago previstos.
  • justification
    Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. Las facturas presentadas deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Todo ello se acompañará del comprobante de pago bancario.
  • justification
    Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de no haberse recibido ningún tipo de ayuda o subvención con idéntico objeto, se aportará declaración responsable de dicha circunstancia.
  • justification
    En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv/?codigoVerificacion=A0600AKhdwAKIfZTS3J0ov+mrLFzJLYdAU3n8j Firma 1: 21/08/2026 - Maria Jesus Susinos Tarrero
  • justification
    Declaración responsable de haberse cumplido las obligaciones en materia de publicidad y transparencia que resulten de aplicación, de acuerdo con la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública. En su caso, se acompañarán documentos gráficos sobre las actuaciones realizadas por el beneficiario para publicitar el programa subvencionado, a través de cualquier medio de comunicación social o de las redes sociales.
  • justification
    La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, a través de la Secretaria General, podrá requerir al beneficiario la aportación de cualquier otra documentación que se considere necesaria para comprobar la correcta aplicación de la subvención.
  • justification
    REVOCACIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. En caso de que los beneficiarios de esta ayuda o subvención no pudieran justificar debidamente la totalidad de la ayuda o subvención concedida, deberán rembolsar la cantidad restante no justificada más el interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se reintegran voluntariamente los fondos percibidos o se acuerde por la Administración la procedencia del reintegro en los casos establecidos en el artículo 38 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • justification
    RÉGIMEN SANCIONADOR. Será de aplicación el régimen sancionador previsto en el Título IV de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 julio, de Subvenciones de Cantabria. SEGUNDO. - AUTORIZAR Y DISPONER un gasto por importe de QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €), a favor de la UNIVERSIDAD DE CANTABRIA – N.I.F.: Q3918001C, con cargo a la aplicación presupuestaria
  • justification
    00.411M.444.01, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autóno ma de Cantabria para el año
  • justification
    La presente resolución del procedimiento agotará la vía administrativa, siendo susceptible de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la fecha de su notificación, ante el mismo órgano que los hubiera dictado, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso -administrativo, de acuerdo con los dispuesto en los artículos 147 y 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sect or Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de forma indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen y paguen con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Alojamiento y transporte del profesorado
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Dietas y gastos de viajes relacionados con la actividad.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Gastos de publicidad y difusión de las actividades.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Se podrán incluir en la justificación económica de la subvención nominativa el importe de los ingresos por matrícula no percibidos como consecuencia de las plazas reservadas para personal de la Consejería.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    En ningún caso serán gastos subvencionables: los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales ni los gastos de procedimientos judiciales.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Los costes indirectos habrán de imputarse por la persona beneficiaria a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Los tributos se podrán considerar gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se considerarán gasto subvencionable los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. En caso de justificarse éstos como gasto subvencionable, el beneficiario deberá aportar declaración responsable de ser destinatario final del impuesto. No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando el beneficiario esté obligado a realizar declaración del mencionado impuesto. En el caso de exención del IVA se aportará el documento acreditativo oportuno. Tampoco se considerarán gasto subvencionable los impuestos personales sobre la renta cuando el beneficiario sea el sujeto pasivo del mismo.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías fijadas por la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la ejecución de la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o lo presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    PERÍODO SUBVENCIONABLE. El plazo de ejecución de la actividad subvencionada comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, pudiendo pagarse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2026.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de la subvención es financiar la realización de diversas actividades formativas y divulgativas incluidas en la programación de los Cursos de Verano de la Universidad de Cantabria correspondientes al año 2026, relacionadas con materias de interés y competencia de esta Consejer ía. En concreto, se destinará a la organización y desarrollo de cuatro actividades académicas orientadas a promover la reflexión, el análisis y la difusión de conocimiento especializado sobre sectores estratégicos para el medio rural y el patrimonio natural de Cantabria, que abordan cuestiones vinculadas al sector primario, la conservación y valorización del patrimonio natural y rural, el desarrollo territorial sostenible y la prevención y gestión de riesgos ambientales.