Personas jurídicasES611 - Almería

SUBVENCION NOMINATIVA A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERIA CON CONVENIO 2026

1. Las subvenciones que se otorguen po r esta Diputación y sus organismos autónomos cuyos presupuestos se integren en el Presupuesto General de la

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Podrán acceder a la consideración de beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que hayan de re alizar o hayan realizado la actividad que
  • documentation
    En las correspondientes convocatorias se establecerán los modelos pertinentes de solicitud y en ellas, o en documento an exo, se deberá contener en todo caso la descripción de la actividad para la que se solicita la financiación, la cantidad solicitada y en su caso, el presupuesto que tendrá carácte r estimativo tanto en su cuantía global como en la de sus distintas partidas. El exceso de costo sobre el presupuesto no dará derecho a un incremento de la subvención. El plazo para la presentación de las solic itudes se fijará en las correspondientes convocatorias teniendo en cuenta el volumen de documentación a presentar y la dificultad para disponer de ella y no podrá ser inferior a 15 días naturales a partir del siguiente al de su publicación.
  • documentation
    Cuando el objeto de la subvención sea la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante se podrá instar del mism o la reformulación de su solicitud, siempre que el importe de la subvención concedida sea inferior al ochenta por ciento de la solicitada. Las reformulaciones presentada s serán nuevamente evaluadas por la Comisión de Valoración y a la vista de las mismas se formulará propuesta de concesión al órgano competente.
  • justification
    La obligación de justificar por los benefi ciarios se habrá de verificar en el plazo que se establezca en la convocatoria o en el acto de concesión, y como máximo, en tres meses a contar desde la finalización del pl azo fijado para la realización del objeto de la subvención. Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, se requerirá al beneficiario en los términos que se indican en el art. 70.3 RLGS. Dicho requerimiento habrá de ser cursado en los 20 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de justificación que corresponda.
  • justification
    La justificación de la subvención se realizará mediante la rendición de una cuenta justificativa del gasto realizado, como forma general, o singularmente por módulos o mediante presentación de estados contables. El contenido de la cuenta justificativa será, como mínimo, el que a continuaci ón se expone, debiendo constar expresamente
  • justification
    Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, concepto, fecha de emisión y fecha de pago, detallando los pagos realizados con cargo a la subvención de la Diputación.
  • justification
    Facturas o documentos de valor probatorio equivalentes en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia ad ministrativa por el importe de la subvención concedida. Los mismos serán presentados en el Área gestora de la subvención para su validación y estampillado, consistente, éste úl timo, en sello acreditativo de que el justificante en cuestión ha constituido soporte de la subvención concedida por la Diputación Provincial de Almería.
  • justification
    Las facturas o documentos equivalentes referidos en el párrafo anterior, serán autenticados para conservación por las Áreas gestoras y devueltos los originales a sus titulares. B.O.P. de Almería - Número 231 Jueves, 02 de diciembre de 2021 Pág. 18_______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Documento firmado electrónicamente. Verificable en https://ov.dipalme.org/csv?id=5bpcayW1-JLJJtE24HSjdVvI8xQ3YnLK .
  • justification
    La acreditación de los gastos también podrá realizarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
  • justification
    Relación de otros ingresos obtenidos, propios o ajenos, para el mismo proyecto o actividad, relacionando los gastosa los que han sido destinados. c. En su caso, declaración expresa de los té rminos en que se ha producido la subcontratación total o parcial de las ac tividades que integren el objeto de la subvención. d. En su caso, los tres presupuestos que en aplicación del artículo 31.3 de la LGS deba haber solicitado el beneficiario. e. Cualesquiera otras establecidas específi camente en la convocatoria o actos de concesión.
  • justification
    En las subvenciones concedidas a las A dministraciones Públicas la justificación se cumplimentará mediante una memoria de act uación y un certifi cado expedido por un funcionario o autoridad con facultades certificantes, donde se relacionen los justificantes de gasto e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, concepto, fecha de em isión y fecha de pago, detallando los pagos realizados con cargo a la subvención de la Diputación.
  • justification
    En el caso de subvenciones con amparo en programas de ayudas específicas de atención social que cuentan con normativa propia aprobada por la Diputación Provincial de Almería el régimen y modelo de justificación será el establecido por dicha normativa específica.
  • justification
    La justificación de subvenciones para programas y proyectos de cooperación internacional para el desarrollo se realizará en los términos y plazos que establezca la respectiva convocatoria o acto de concesión dentro del marco que propone el capítulo II del título II del RLGS. No obstante, cua ndo los beneficiarios cuenten con auditorías internas o externas de los programas o proy ectos, la justificación se efectuará mediante cuenta justificativa simplificada, qu e constará únicamente de la memoria de actuación establecida en el punto 1 anterio r y la memoria económica a la que se refiere el punto 2, ésta última sin necesidad de aportar los justificantes, pero sí el resto de información, y todo ello acompañado de los referidos informes de auditoría.
  • justification
    En cuanto a la cuantía a justificar, ha brá que tener en cuenta los siguientes
  • justification
    El/la beneficiario/a deberá justificar que el coste de la actividad subvencionada ha sido del importe del presupuesto presentado. No obstante, en cada convocatoria de subvención o en el acto de concesión o con venio, en atención a la naturaleza de aquélla, se podrá fijar un coste inferior a justi ficar, que no será inferior al importe de la subvención. La fijación del coste inferior se hará indicando un a cantidad fija o un porcentaje sobre el importe del presupuesto.
  • justification
    Se deberá reintegrar o no se abonará la subvención en el mismo porcentaje en que no se justifique el coste que se haya de acreditar, según lo dicho en la letra a) anterior. El referido no abono de la subvenc ión no exigirá la tramitación de expediente alguno cuando quede acreditado que la actividad subvencionada ha sido totalmente realizada, aunque a un menor coste respecto del previsto. B.O.P. de Almería - Número 231 Jueves, 02 de diciembre de 2021 Pág. 19_______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Documento firmado electrónicamente. Verificable en https://ov.dipalme.org/csv?id=5bpcayW1-JLJJtE24HSjdVvI8xQ3YnLK .
  • justification
    Lo indicado en las dos letr as anteriores se entiende sin perjuicio de que, la parte de la justificación co nstituida por las facturas o documentos equivalentes que se hayan de presentar lo será siempre por el impo rte de la subvención; y, de que el beneficiario deberá justifi car que las actuaciones realiz adas se corresponden con el proyecto presentado.
  • justification
    La falta de presentación de la justificaci ón en el plazo establecido en el art. 70.3 RLGS llevará consigo la exigencia del rei ntegro o la declaración de pérdida del derecho al cobro. El acuerdo de incoación del procedimiento que corresponda deberá ser adoptado en los 20 días hábiles posteriores a dicho plazo.
  • documentation
    La iniciación de las actuaciones de control financiero será notificada a los beneficiarios, e igualmente comunicada a los órganos ge stores de las subvenciones con el contenido establecido en el art. 49 de la LGS.
  • documentation
    A efectos de realizar estudio previo, los expedientes serán solicitados a las áreas gestoras; en caso de que se requieran medios de prueba o instrumentos de juicio adicionales, se comunicará a los beneficiarios la personación en sus dependencias de funcionario competente, indicando la documentación a pone r a disposición. El control podrá recaer sobre aspectos que afecten a cualquier fase del expediente de subvenciones y se documentará mediante in formes y diligencias; tanto unos como otros tendrán naturaleza de documento pú blico y harán prueba de los hechos que motiven su formalización.

Gastos y actuaciones

  • Artículo 20. Gastos subvencionables. · eligible
    Artículo 20. Gastos subvencionables.
  • Artículo 20. Gastos subvencionables. · eligible
    En todo caso, se considerarán subvencionables los siguientes gastos:
  • Artículo 20. Gastos subvencionables. · eligible
    Los bienes inventariables cuya adquisic ión, construcción, rehabilitación o mejora se hubiera realizado, en todo o en parte, mediante subvenciones, habrán de destinarse al fin concreto para el que se concedió la subvención durante un plazo que no será inferior a cinco años en los bienes inscribibles en un registro público y a dos años en los restantes.
  • Artículo 20. Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos peri ciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma, así como los gastos que se originen para dar cumplimiento a las garantías exigibles de acuerdo con estas bases.
  • Artículo 20. Gastos subvencionables. · eligible
    Los costes indirectos que se imputen por el beneficiario a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. Las subvenciones que se otorguen po r esta Diputación y sus organismos autónomos cuyos presupuestos se integren en el Presupuesto General de la