Subvención nominativa a favor de la Fundación Canaria Carrera por la vida.

2. Régimen jurídico: la presente subvención se regirá, en lo no previsto expre- samente en la presente Resolución, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife aprobada por Acuerdo del Pleno Insular de 23 de diciembre de 2004, modificada por el Pleno en la se- sión de 9 de julio de 2021.

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €. Inicio: 30/06/2026. Plazo: Fin: 01/07/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria económica: liquidación del presupuesto de ingresos y gastos realizados para la obtención de las camisetas de la Carrera “Peda- leando por la vida”.
  • Memoria descriptiva de la actividad subvencionada, donde se con-
  • Facturas y/o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, de los gastos ocasionados por la actividad subvencionada, y documen- tación acreditativa del pago (justificante bancario o documento equi- valente). Las facturas se ajustarán a lo dispuesto en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturar, o normativa vigente en cada momento. El abono del gasto subvencionable, deberá realizarse mediante transferencia bancaria cuando el importe de las facturas sea igual o superior a 1.000,00 €, de acuerdo con lo previsto en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
  • Compatibilidad: la presente subvención es compatible con otras subvencio- nes, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Eu- ropea o de organismos internacionales.
  • Reintegro: procederá el reintegro de los fondos recibidos en los supuestos
  • La obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido dará lugar al reintegro total.
  • El incumplimiento de la obligación de justificar o la justificación insufi- ciente de la subvención dará lugar al reintegro parcial por importe de las cantidades afectadas, salvo que el incumplimiento supere el 50% del im- porte de la subvención, en cuyo caso el reintegro será total.
  • El resto de incumplimientos previstos en el artículo 37 de la LGS dará lugar al reintegro total o parcial según las circunstancias propias de cada situación, atendiendo al principio de proporcionalidad. Código Seguro De Verificación xK-LA0l0QWWih6kcTFVfww Estado Fecha y hora Firmado Por SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL Firmado 09/07/2026 13:44:17 María Yolanda Moliné Rodríguez - Consejera con Delegación En Deportes Firmado 09/07/2026 13:43:11 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/xK-LA0l0QWWih6kcTFVfww Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 7/9
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el Cabildo, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al Cabildo la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingre- sos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comu- nicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos per- cibidos.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás docu- mentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos re- cibidos, incluidos los docum entos electrónicos, en tanto puedan ser ob- jeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • La entidad asume la obligación de adoptar las medidas de difusión y pu- blicidad necesarias para dar a conocer la financiación pública del Cabildo de Tenerife. En cumplimiento de esta obligación, se asumen las siguien-
  • tes:  Identidad gráfica: En todas las medidas de información y comunicación que la entidad lleve a cabo, se deberá exhibir de forma preeminente la expresión “FINANCIADO POR” seguido de la marca institucional DXTe- nerife, respetando en todo caso su manual de identidad corporativa, disponible en el siguiente enlace: https://deportestene- rife.es/inicio/brand-center/.  Soportes físicos y digitales: la marca deberá incluirse de manera obli- gatoria y claramente visible en alguno de los principales soportes em-
  • Cartelería y publicidad: carteles, folletos, vallas, lonas y traseras de prensa (photocalls).
  • Medios digitales: sitios web del evento, aplicaciones móviles y ban- ners.
  • Redes sociales: en todas las publicaciones de promoción del evento, mencionando y poniendo como colaborador a @DXTenerife y utilizando como etiquetas: #ActivaTuVida y #sociedadAtiva. Código Seguro De Verificación xK-LA0l0QWWih6kcTFVfww Estado Fecha y hora Firmado Por SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL Firmado 09/07/2026 13:44:17 María Yolanda Moliné Rodríguez - Consejera con Delegación En Deportes Firmado 09/07/2026 13:43:11 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/xK-LA0l0QWWih6kcTFVfww Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 8/9
  • Material del evento: en caso de producirse dorsales, camisetas, acreditaciones o material audiovisual, se deberá integrar la citada identidad gráfica.  Referencia verbal: en cualquier comparecencia ante medios de comu- nicación, notas de prensa, etc. se deberá hacer men ción expresa al apoyo y colaboración económica del Cabildo de Tenerife. El incumplimiento de esta obligación acarreará el reintegro de la subvención, en los términos previstos en el art.37.1 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

2. Régimen jurídico: la presente subvención se regirá, en lo no previsto expre- samente en la presente Resolución, por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife aprobada por Acuerdo del Pleno Insular de 23 de diciembre de 2004, modificada por el Pleno en la se- sión de 9 de julio de 2021.