Subvención nominativa a favor de la Federación Católica Diocesana de Asociaciones de Padres de Familia y Padres de Alumnos (CONCAPA Cantabria) para el desarrollo, durante el año 2026 de un programa denominado "Familia-Escuela"

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Declaración responsable de que la entidad no estar incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones establecidas en e l artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • documentation
    Certificado emitido por el director general de Calidad y Equidad Educativ a y Ordenación AcadØmica de que la entidad beneficiaria se halla al corriente de sus obl igaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con el Gobierno de Cantabria a efectos de obtener subvenciones.
  • documentation
    La entidad beneficiaria estÆ obligada a realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en la forma y plazos establecidos por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades, tal y como se describen en el proyecto presentado por la enti dad con fecha 26 de mayo y 8 de julio de 2026 e informado favorablemente por la Unidad TØcnica de Calidad Educativa el 21 de julio. Toda alteración que se produzca en el desarrollo del programa deberÆ ser comunicada a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa y Ordenación AcadØmica, que informarÆ y, en su caso, autorizarÆ dichas modificaciones. SEGUNDO. - APROBAR Y COMPROMETER un gasto por importe total de trece mil euros (13.000,00 €) a favor de Federación Católica Diocesana de Asociaciones de Padres de Familia y Padr es de Alumnos de Santander (CONCAPA Cantabria), con NIF G39047394.
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    La financiación del gasto se realizarÆ con cargo a la aplicación 09.06.323A.486.01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2026. SERGIO SILVA FERNANDEZ - 2026-08-12 13:10:54 CEST, cargo=Consejero de Educación, FP y Universidades Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CO5NIJIPMGDD6PMJA9J4UIYHDNY9 en https://www.pap.hacienda.gob.es
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    El libramiento se realizarÆ en un pago œnico del 100 % de la subvención (13 .000,00 €), que se abonarÆ de manera anticipada con carÆcter previo a la justificación sin necesidad de con stituir garantías.
  • documentation
    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 35.7 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, no podrÆ realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no se hall e al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho pœblico. TERCERO. - SerÆn gastos subvencionables los costes de personal derivados de la ejecuci ón durante el año 2026 del “Programa Familia-Escuela” de forma proporcional a las horas de dedicación al mismo, incluyendo retribuciones, retenciones del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) derivadas de rendimientos del trabajo y cotizaciones a la Seguridad Social. Asimismo, resultarÆn subvencionables otros gastos corrientes realizados dur ante 2026 derivados del desarrollo de las actividades previstas en la documentación presentada por la entidad beneficiaria los
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    Publicación y distribución de la revista “La Goleta”
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    Celebración del Festival de Navidad (alquiler de instalaciones; contratación mer cantil de personal de atención al pœblico; pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil; premios para sorteo y concursos de tarjetas navideæas y belenes; detalles protocolarios, entre otros)
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    Difusión y publicidad de las actividades realizadas en el marco del programa
  • documentation
    Cuota anual de CONCAPA nacional
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    Material de oficina e informÆtico no inventariable En ningœn caso se considerarÆn gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Los costes indirectos en concepto de arrendamiento de su sede, comunicaciones u otros vinculados a la ejecución del programa podrÆn imputarse a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad gen eralmente admitidas, con el límite mÆximo del 10 % del importe de la subvención concedida. Se considerarÆn gastos realizados los que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación del empleo dado a los fondos percibidos. CUARTO. - Son obligaciones de Federación Católica Diocesana de Asociaciones de Padres de Familia
  • documentation
    La entidad beneficiaria debe justificar ante el órgano concedente la ejecuc ión del proyecto, así como el cumplimiento de las condiciones que se determinan en la concesión de la subvención. A tal efecto, la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades podrÆ solicitar cuantos documentos justificativos sean necesarios para comprobar la aplicación de los fondos percibidos.
  • documentation
    La entidad beneficiaria debe justificar el importe total de la subvención, en l os mismos conceptos y cuantías que figuran en el proyecto y presupuesto aportados. Para ello deberÆ presentar, antes del
  • documentation
    Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones i mpuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Sobre la memoria de actuación justificativa deberÆ recaer informe favorable de la Uni dad TØcnica de Calidad Educativa de la Dirección General de Calidad y Equid ad Educativa y Ordenación AcadØmica.
  • documentation
    Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que incluir Æ: SERGIO SILVA FERNANDEZ - 2026-08-12 13:10:54 CEST, cargo=Consejero de Educación, FP y Universidades Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CO5NIJIPMGDD6PMJA9J4UIYHDNY9 en https://www.pap.hacienda.gob.es
  • documentation
    De conformidad con la obligación prevista en el artículo 17.4 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, la entidad beneficiaria debe dar la adecuada public idad del carÆcter pœblico de la financiación del programa subvencionado. A este respecto, debe dejar constancia en las actuaciones de comunicación, pu blicidad y difusión en cualquier medio de comunicación social de que el proyecto estÆ subvencionado por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades del Gobierno de C antabria. Asimismo, debe insertar el logotipo institucional de la Consejería en lugar preferente en carteles, materiales impresos o medios electrónicos o audiovisuales. SERGIO SILVA FERNANDEZ - 2026-08-12 13:10:54 CEST, cargo=Consejero de Educación, FP y Universidades Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CO5NIJIPMGDD6PMJA9J4UIYHDNY9 en https://www.pap.hacienda.gob.es
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    Cuando el programa disfrute de otras fuentes de financiación y la entidad beneficiaria estØ obligada a dar publicidad de esta circunstancia, los medios de difusión de la subvención concedida, así como su relevancia, deberÆn ser anÆlogos a los empleados respecto a las otras fuentes de financiación. Junto con la justificación de la subvención, la entidad beneficiaria deberÆ ap ortar declaración responsable sobre el cumplimiento de esta obligación, conforme al Anexo III.
  • documentation
    En cumplimiento del artículo 57 de la Ley OrgÆnica 8/2021, de 4 de junio, de pro tección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, la entidad benefici aria debe disponer de certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Tr ata de Seres Humanos relativas a todas las personas contratadas o voluntarias que mantengan contacto habitual con menores de edad en el desarrollo del programa subvencionado.
  • documentation
    La entidad beneficiaria se compromete a informar en todo momento a la Consejería de Edu cación, Formación Profesional y Universidades de la marcha y ejecución de lo dispuesto en la resolución, así como de la aplicación de los fondos transferidos.
  • documentation
    La entidad beneficiaria debe someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades y a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que pueda realizar la Intervención General de la Comunidad Autónoma, así como a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, de biendo aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. QUINTO. - La entidad beneficiaria podrÆ subcontratar el 100 % de las actividades subvencionadas, en los tØrminos y con las limitaciones previstas en el artículo 29 de la Ley 38 /2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que resulten de aplicación. SEXTO. - SerÆn causas de revocación y reintegro de la subvención las previstas en el artículo 38 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. El procedimiento d e reintegro se ajustarÆ a las previsiones contenidas en el capítulo II del Título II de la citada ley.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación