Personas físicasES709 - Tenerife

SUBVENCIÓN NOMINATIVA A FAVOR DE LA EMPRESA MUSICAL ANDANTE, SLU . PARA LA CELEBRACIÓN DEL FESTIVAL FIMUCITÉ. EJERCICIO 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Memoria del proyecto, con las actividades a realizar el presente año 2026, así como el presupuesto de gastos e ingresos previstos, a financiar parcialmente con la subvención municipal que se solicita.
  • documentation
    Copia del DNI de D. Diego Navarro Reyes.
  • documentation
    Copia del CIF de Musical Andante S.L.
  • documentation
    Escritura pública de los acuerdos sociales de cese y nombramiento de administrador y declaración de pérdida de unipersonalidad de la entidad Musical Andante S.L.
  • documentation
    Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas legales que prohíben o impidan ser beneficiaria de subvenciones.
  • documentation
    Autorización expresa al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para recabar los datos relativos a las obligaciones tributarias de la Fundación con esta Administración.
  • documentation
    Certificados de estar al corriente en el estado de deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Administración Tributaria Canaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • documentation
    Alta de terceros con su justificante de registro de entrada en la Corporación. II.- Consta que por la Concejal Delegada con competencias sectoriales, entre otras, en materia de gabinete de prensa y protocolo del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, con fecha 30
  • documentation
    000 euros para el año 2026. Además, en el Presupuesto de esta Corporación Local existe una subvención nominativa con cargo a la aplicación presupuestaria P1106 33400 47990 (proyecto 2026/5/29/3) por dicho importe a favor de la empresa MUSICAL ANDANTE S.L. IV.- Existe crédito adecuado y suficiente, según consta en el documento contable ADO cuyos
  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.” En este sentido, de la propuesta presentada y del informe emitido por el Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife respecto a la misma, se infiere que el objeto de financiación promueve una finalidad pública y de interés social. IV.- En cuanto al tipo de subvención, nos encontramos ante subvención nominativa de concesión directa, prevista en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, que establece que “podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: a) Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales (…) de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones. A efectos de lo establecido en el párrafo anterior, se entiende por subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado aquella en que al menos su dotación presupuestaria y beneficiario aparezcan determinados en los estados de gasto del Presupuesto.
  • Para considerar que la documentación justificativa de la subvención responde a los fines de la
  • Que el gasto sea adecuado al objeto de la subvención.
  • Que la documentación justificativa sea suficiente para producir efectos jurídicos.
  • Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación presupuestaria.
  • Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su caso, para cada beneficiario si fuesen varios.
  • Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Plazos y modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.
  • Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos. La presente propuesta de resolución recoge el contenido referido a las condiciones y compromisos específicos de concesión directa exigida, así como lo preceptuado en el artículo

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura