SUBVENCION NOMINATIVA A FAVOR DE LA ASOCIACION DE JOVENES AGRICULTORES Y GANADEROS DE CANTABRIA (ASAJA) 2026

El objeto de la subvención es sufragar los gastos que tengan por objeto la representación, promoción

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca, Jóvenes, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El beneficiario de la ayuda o subvención deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria y cumplir las obligaciones establecidas en el
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En el caso de actividades correspondientes al punto2.a.6, se deberá poner en conocimiento, al órgano gestor de la ayuda (Centro de Investigación y Formación Agrarias – CIFA-) del lugar día y hora de celebración de la sesión correspondiente con una antelación mínima de 15 días naturales, para realizar, en su caso los controles oportunos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del número de orden del documento, tipo de documento, entidad que lo emite, fecha de emisión, importe total con desglose de impuestos y forma y fecha de pago. Dicha relación vendrá firmada por el representante legal de la entidad. Todos los gastos que se incluyan en la memoria económica justificativa deberán guardar relación con la actividad subvencionada y ajustarse a los plazos de realización y pago previstos.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NF1ZolEU25Vmcsmr13MU2gEG9vk5z1Y59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029668_2026_DOC_00N_000000000000002399050 Firma 1: 03/07/2026 - MARIA ISABEL URRUTIA DE LOS MOZOS
  • Las facturas presentadas deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Todo ello se acompañará del comprobante de pago bancario.
  • La justificación de los gastos de personal, si los hubiera, se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación original: nóminas, firmadas por los profesionales que hayan formado parte del proyecto, así como, justificación que acredite el pago de las mismas; documentos RLC y RNT relativos a los costes por cotizaciones de los trabajadores, así como justificación del ingreso de las cotizaciones ante la Seguridad Social. En el caso de que se imputen retenciones sobre el IRPF, además de los correspondientes modelos 111 trimestrales, deberá aportarse el modelo 190 de resumen anual una vez haya sido presentado, acompañado en todo caso de la relación de perceptores; única manera de poder comprobar que las cantidades retenidas han sido efectivamente ingresadas, en todos los casos se deberá aportar el documento acreditativo de haber efectuado el pago.
  • De ser procedente, los tres presupuestos de diferentes proveedores a que se refiere el artículo 32 de la Ley de Cantabria 10 /2006, de 17 de julio, de Subvenciones, que establece que cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías fijadas por la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la ejecución de la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de no haberse recibido ningún tipo de ayuda o subvención con idéntico objeto, se aportará declaración responsable de dicha circunstancia.
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
  • REVOCACIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS
  • OTRAS DISPOSICIONES. LEGISLACIÓN SUPLETORIA. En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente resolución o se incurra en alguna de las causas de invalidez, revocación y reintegro de las previstas en los artículos 37 y 38 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria será de aplicación para las causas de invalidez, Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NF1ZolEU25Vmcsmr13MU2gEG9vk5z1Y59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029668_2026_DOC_00N_000000000000002399050 Firma 1: 03/07/2026 - MARIA ISABEL URRUTIA DE LOS MOZOS
  • 03.414B.480.04, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año
  • El presente acuerdo agotará la vía administrativa, siendo susceptible de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la fecha de su notificación, ante el mismo órgano que los hubiera dictado, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con los dispuesto en los artículos 147 y 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES. · eligible
    De conformidad con el artículo 32 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, se considerarán gastos subvencionables aquellos que de forma indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen y paguen con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Amortización de gastos corrientes, funcionamiento y personal.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Realización de actividades y funciones representativas en defensa de la actividad agraria de Cantabria, ante organismos y entidades de dentro y fuera de la Comunidad Autónoma y ante Órganos Colegiados de las Administraciones.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Compensar los gastos de integración en entidades de ámbito superior de carácter representativo
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Actividades de gestión para la asistencia a certámenes, ferias y exposiciones dentro de la Unión Europea de ganaderos de Cantabria.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Actividades de fomento del asociacionismo agrario como congresos y asambleas.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Actividades de divulgación de tecnología y formación en aspectos relacionados con la actividad agraria, fundamentalmente en lo que se refiere a la organización de charlas, cursos, jornadas técnicas, seminarios, publicaciones y materiales divulgativos. En e stas actividades se deberá hacer constar que se financian con ayudas de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Actividades de colaboración con esa Consejería en el desarrollo de líneas de información y
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Saneamiento ganadero.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Política Agrícola Comunitaria.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Mejora de Estructuras Agrarias.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Incorporación de jóvenes agricultores.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Desarrollo de zonas rurales.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Planes de comercialización de productos agroalimentarios.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Mejora genética.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Reforestación.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Cualesquiera otras actividades de interés para el sector.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    Estudios y actividades experimentales y de incorporación de nuevas tecnologías.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    La prestación de servicios individualizados que se encuentren disponibles en el mercado, tales como, gestión de seguros, asesoría contable o laboral, incluso la cumplimentación de la solicitud única de la PAC u otras líneas de ayuda de las mismas caracterí sticas se considera subvencionable siempre que se limite a los socios de la Organización y no suponga más de un 10% de la cuantía total justificada.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación: · eligible
    En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes:

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de la subvención es sufragar los gastos que tengan por objeto la representación, promoción