Subvención Nominativa a favor de Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha para la Desarrollo de la VII Convención de Técnicos y Técnicas de Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Memoria justificativa suscrita por el beneficiario o su representante indicativa de las actividades desarrolladas, del cumplimiento de las condiciones impuestas y de los resultados obtenidos.
  • documentation
    Relación numerada suscrita por el beneficiario o su representante expresiva de la totalidad de los gastos e inversiones derivados de la actividad, sin incluir el IVA, debidamente desglosados y detallados, y a la que se acompañará relación igualmente numerada de las facturas escaneadas y justificantes de gasto, así como de sus correspondientes pagos.
  • documentation
    1. Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del resguardo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto de ésta, el concepto abonado.
  • documentation
    2. Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en una copia del mismo y del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada.
  • documentation
    3. Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí en la factura, firmado y sellado por el proveedor, en el que aparecerá debajo de la firma el nombre y NIF de la persona que firma y la fecha en la que se hace el pago en efectivo.
  • documentation
    4. En aquellos casos distintos de los anteriores, el documento justificativo consistirá en un recibí en las condiciones indicadas para los mismos en los supuestos anteriores. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. 3 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: nSV8XT4bg41noCkgjtCs Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 03/07/2026 15:11:19 Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 03/07/2026 20:25:12 El documento consta de 4 página/s. Página 3 de 4 Decreto número: 2026/8502
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    5. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes interviniente actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a
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    000 euros o su contravalor en moneda extranjera. En cualquier caso, los pagos en efectivo se ajustarán a lo que establece el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
  • documentation
    Declaración responsable, expedida por el beneficiario o su representante, acreditativa de que los documentos de gasto así como los justificantes de pago que se acompañan a la cuenta justificativa, se corresponden con su original.
  • documentation
    Declaración suscrita por el beneficiario o su representante relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de los otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación de importe o procedencia.
  • documentation
    El IVA no tiene la consideración de gasto subvencionable. OCTAVO.- Procederá el reintegro de la subvención conforme a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”. Comuníquese esta Resolución a Secretaría General, Intervención, Tesorería y Servicio de Subvenciones y notifíquese al interesado.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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