Subvención nominativa a favor de Asociación de Sordos de Santander y Cantabria, a través de convenio

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES130 - Cantabria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTANDER.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.540,50 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 18/05/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La documentación se presentará sin tachaduras ni enmiendas de ningún tipo.
  • Las facturas expedidas a nombre de la entidad deberán contener:
  • Nombre y apellidos o denominación social, número de identificación fiscal y domicilio fiscal.
  • Descripción de la operación y contraprestación total. Cuando la operación está sujeta y no exenta en el IVA deberán consignarse en la factura los datos necesarios para la determinación de la base imponible, el tipo tributario y la cuota repercutida.
  • Lugar y fecha de su emisión. Firma y sello del expendedor.
  • Recibo del pago del preceptor, extendido igualmente a nombre de la entidad, en su caso de pago al contado.
  • En el supuesto de que la factura se hubiese pagado a través de una transferencia bancaria, se adjuntará a la misma documento bancario justificativo de dicho pago.
  • La fecha de emisión de las facturas deberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución del proyecto.
  • Es absolutamente imprescindible la acreditación del pago; en caso contrario, las facturas no se considerarán computables como gasto de la actividad. La entidad deberá presentar Certificado de Situación Censal, emitido por la Agenc ia Tributaria. La justificación total del gasto se efectuará y deberá presentarse antes del 28 de Febrero del siguiente año al del vigor del convenio.
  • Destinar el importe de la financiación del presente convenio al objeto y finalidad que contienen en el mismo.
  • Asumir la responsabilidad inmediata de la ejecución y desarrollo del objeto del presente Convenio, así como cuantas obligaciones de todo orden pudiesen desprenderse del mismo.
  • Disponer de los medios, humanos y materiales, necesarios para garantizar la viabilidad de los programas financiados.
  • Someterse al control y supervisión del Ayuntamiento de Santander.
  • Comunicar al responsable del Ayuntamiento cualquier contingencia de carácter relevante que afecte o pueda afectar al normal desarrollo de los servicios y programas.
  • Hace constar de forma expresa en cualquier publicidad que se haga a través de los medios de comunicación social al objeto del presente Convenio, que el mismo se realiza en virtud de la colaboración con el Ayuntamiento de Santander.
  • Remitir al Ayuntamiento de Santander la documentación estipulada.
  • Someterse a las actuaciones del control financiero que corresp ondan a la Intervención del Ayuntamiento de Santander.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes del cualesquiera Administraciones Públicas o de otras Instituciones públicas o privadas.
  • SEPTIMA.- Obligaciones del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Santander se obliga a prestar apoyo financiero a las actividades objeto del Convenio, así como establecer los cauces para una estrecha coordinación, evaluación y toma de decisiones sobre la ejecución de las actuaciones previstas.
  • NOVENA.- Comisión mixta de seguimiento. A los efectos de proceder a una adecuada planificación de las actuaciones, así como establecer un adecuado sistema de seguimiento y evaluación de los diferentes programas y servicios, se establece una comisión mixta de seguimiento integrada por dos representantes designados por el Ay untamiento de Santander y por otros dos de la Asociación de Sordos de Santander y Cantabria (ASSC), Dicha comisión se reunirá a petición de cualquiera de sus miembros, y en todo caso una vez al año durante los seis primeros meses con el fin de presentar u n informe a la administración sobre el desarrollo del objeto del presente convenio por parte de la la Asociación de Sordos de Santander y Cantabria (ASSC) . Cualquier modificación del presente convenio requerirá de la aprobación expresa de la Junta de Gobie rno Local del Ayuntamiento de Santander.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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