Subvención Nominativa 2026 Fundación Pública Andaluza para la investigación de Málaga en Biomedicina y Salud (FIMABIS) para la participación de esta Consejería en el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga (IBIMA) 2026

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La forma de justificar es mediante la aportación de cuenta justificativa, acompañada de un informe de un auditor de cuentas, de memoria de actuaciones y de una memoria económica abreviada con la descripción de las principales magnitudes que vienen desglosadas en el presupuesto aceptado. 5 Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del código QR adjunto o mediante el acceso a la dirección https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma indicando el código de VERIFICACIÓN
  • La actuación de los auditores se adaptará a lo establecido en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Dado que la actividad va ser financiada, además de con la subvención, con fondos propios y otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
  • El plazo para la finalización de la actividad y/o ejecución de los programas subvencionados es hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Con fecha límite de 31 de octubre de 2026 se deberá presentar la justificación del primer pago, por importe de 150.000 €.
  • Con fecha límite 31 de julio de 2027 se presentará la justificación final del total de las actividades.
  • Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación, conforme al artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Los gastos de explotación podrán ser compensados entre las distintas partidas relacionadas en el anexo, sin limitación a la compensación.
  • El importe de la documentación justificativa deberá corresponderse con el presupuesto aceptado de la actividad. CUARTO.- La Fundación FIMABIS deberá mantener la documentación original de las actuaciones desarrolladas a disposición de los órganos de gestión y control competentes, quedando sometida, para todo lo relacionado con la presente resolución, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como a Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, al Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y demás disposiciones aplicables. QUINTO.- La Fundación queda obligada al cumplimiento de las condiciones establecidas en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación