Personas jurídicasES61 - ANDALUCIA

Subvención Nominativa 2026, Federaciòn en Primera Persona, para el desarrollo del "Programa de Fortalecimiento del movimiento asociactivo y el fomento de la participación ciudadana de personas con problemas de salud mental".

Sanidad

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • En caso de gastos de alquiler o de prestación de servicios, de berá aportar el contrato de arrenda- miento o de servicios efectuados, así como las modificaciones que se hayan producido en el periodo subven- cionado o que afecten al mismo. Los justificantes relativos a los arrendamientos de servicios figurarán en recibos en los que se harán constar la razón y finalidad de los mismos, su cuantía, nombre y fotocopia del NIF de la persona perceptora firmante y la correspondiente retención del IRPF y del gravamen del IVA, en su caso, siendo de aplicación la normativa correspondiente.
  • Las justificaciones correspondientes al personal, tanto de carácter temporal como por contrato de duración indefinida, se presentarán en nóminas ajustadas al modelo oficial, acompañada de los boletines de cotización a la Seguridad Social y modelo tributario correspondiente, con desglose indicativo para cada una de las personas trabajadoras.
  • Las justificaciones correspondientes a colaboraciones puntuales figurarán en facturas, salvo en los supuestos en que el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, exceptúe de dicha obligación, en cuyo caso se presentarán los documentos sustitutivos donde consten los datos del perceptor, su NIF, el concepto por el que se retribuye y la retención correspondiente al IRPF, la fecha, así como los datos de la asociación o asociación federada, con memoria explicativa de la razón de esa colaboración y siempre observando lo estable- cido en el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones para la prestación de servicios, en su caso.
  • En relación con los gastos correspondientes a dietas, gastos de desplazamientos y alojamientos del personal contratado, se computarán como máximo por las cuantías establecidas para el personal conforme a lo establecido en el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapaci- dad o el siguiente que, en su caso, lo sustituya. Sólo se computarán estos gastos cuando haya desplazamientos a otras localidades distintas a la del centro de trabajo habitual.
  • A efecto de justificar actividades de formación, educación o divulgación en forma de cursos, jornadas, conferencias y similares, ya sean presenciales o de teleformación, deberán aportarse, a ser posible en formato digital, los programas con sus correspondientes contenidos, el listado de los materiales didácticos utilizados,
  • Fechas de inicio y finalización, y número total de horas de la actividad.
  • Lugar y dirección de la celebración, en caso de que sea presencial.
  • URL de la página web de la actividad de teleformación, en su caso.
  • Listado de ponentes, docentes, monitores y coordinadores, en su caso, con los siguientes datos de cada uno: nombre y apellidos; DNI; breve currículum; contrato laboral, cuando proceda, o factura u otros documentos con valor probatorio, en su caso. Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del código QR adjunto o mediante el acceso a la dirección https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma indicando el código de VERIFICACIÓN
  • Listado de asistentes, que contendrá como mínimo para cada uno de ellos: nombre y apellidos; DNI; datos de contacto (dirección y teléfono).
  • En caso de actividades de formación, educación o divulgación en formato de estudios, publicaciones, materiales didácticos editados o similares, deberá aportarse, a ser posible en formato digital, un ejemplar de cada uno de ellos editados, así como acta certificada de la entidad, en el que conste: nombre del estudio, publicación, material didáctico o similar; total de número editados; fecha de la publicación o presentación de los mismos; ISBN, en el caso que proceda.
  • En los casos de actividades de información en forma de campaña deberá aportarse, a ser posible en formato digital, un ejemplar de cada uno de los materiales editados d e la campaña, de cada artículo creado para tal fin o mediante cualquier otra fórmula probatoria.
  • En los casos de publicidad o información en los medios de comunicación, deberá aportarse copia de la actividad (cuña radiofónica, anuncios en medios impres os, anuncios televisivos o cualquier otro) en for- mato digital, con certificado de la empresa encargada de su emisión, con los días y horas en que se emitieron.
  • A los efectos de justificar actividades de información o asesoramiento en la forma de at ención en sedes u oficinas a enfermos mentales, deberá aportarse acta certificada de la entidad, en la que conste: direc- ción de la sede u oficina de atención a dichas personas; horario de apertura semanal; listado de profesionales que los atienden, con sus nombres y apellidos, titulación y formación, contrato laboral y tipo de jornada laboral; número de personas atendidas, y relación de las mismas con indicación de nombre y apellidos, fecha y tipo de atención (presencial, telefónica, online, etc.); en su caso, colaboración en la actividad de otra Administración Pública.
  • Certificación de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que las facturas justificativas corres- ponden efectivamente a pagos realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención y que estas no han sido presentadas ante otras entidades como ayudas concedidas por aquellas.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado, en su caso, las actividades subvencionadas del programa, con indicación del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas y, en todo caso, copia autenticada del documento acreditativo del derecho a percibir dicho importe.
  • Copias de los tres presupuestos que, en aplicac ión del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, debiera haber solicitado la entidad beneficiaria, con carácter previo a la contratación del servicio o la entrega del bien.
  • En su caso, carta de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se proceda al reintegro. No podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento los remanentes no aplicados ni los intereses devengados.
  • Podrán admitirse desviaciones en la imputación de cantidades a los distintos conceptos de gasto en una cuantía de hasta un diez por ciento, en más o en menos, del importe asignado a cada uno de dichos conceptos, siempre que no se modifique la cuantía total subvencionada ni la desviación se aplique a conceptos de gasto no autorizados. ñ) Todas las actas certificadas referidas anteriormente serán expedidas por la persona titular de la Secretaría de la entidad, con el Visto Bueno de la persona titular de la Presidencia de la misma.
  • Una vez presentada toda la documentación justificativa de la entidad beneficiaria, el personal técnico de la Dirección del Programa de Salud Mental de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias procederá a realizar la comprobación formal de la misma. Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del código QR adjunto o mediante el acceso a la dirección https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma indicando el código de VERIFICACIÓN

Gastos y actuaciones

  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Se admitirán como gastos subvencionables los correspondientes a los siguientes conceptos: alquile- res, suministros, transporte, trabajos realizados por otras empresas, instalaciones o reparaciones ordinarias, comunicaciones, material fungible de oficina, material didáctico, personal de servicios, y otras colaboraciones técnicas (ponentes, etc.), seguros y cualquier otro gasto corriente imprescindible para la realización de las actividades que se subvencionan. Solamente en el caso de que no se hayan generado gastos de este tipo o, habiéndose generado no sean suficientes para justificar el importe de la subvención, se admitirán como sub- vencionables gastos compartidos con otros programas o servicios, en su caso, teniendo en cuenta el prorrateo correspondiente en los cálculos.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Manutención, desplazamientos y alojamientos de trabajadores: se computarán como máximo por las cuantías establecidas para el personal conforme a lo establecido en el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad o, en su caso, el que lo sustituya. Solo se compu- tarán estos gastos cuando haya desplazamientos a otras localidades distintas a la del centro de trabajo habitual.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    En actividades organizadas por la Federación y sus entidades vinculadas, se podrán computar gastos de manutención, desplazamientos y alojamientos a todos los asistentes, con independencia de su lugar de residencia. En todo caso, estarán supeditados a su inexcusable relación con las actividades subvencionadas y se computarán como máximo por las cuantías establecidas para el personal conforme a lo establecido en el citado Convenio Colectivo, deberán estar motivados y debidamente certificados, detallándose de forma porme- norizada las personas que han asistido, así como el motivo del encuentro, la fecha de celebración y su relación con las actividades subvencionadas.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Los gastos por ponencia o docencia no podrán ser superiores a 40 €/hora, y deberán adecuarse a la titulación de la persona que los imparta, as í como a la especial complejidad, innovación de la materia o actividad a impartir. Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del código QR adjunto o mediante el acceso a la dirección https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma indicando el código de VERIFICACIÓN
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Se admitirán como gastos subvencionables los gastos de asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales y financieros siempre que estén directamente relacionados con las actividades subvencionadas y sean indispensables para la adecuada ejecución de las mismas.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Los gastos de garantía bancaria solo serán subvencionables cuando su constitución venga exigida por la normativa nacional o comunitaria de aplicación.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Los tributos son gastos subvencionables cuando la entidad beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta. Asimismo, se consideran gastos subvencionables los seguros o similares con independencia de su periodo de cobertura o las facturas emitidas a la entidad por empresas con criterios de facturación masiva (agua, electricidad, gas, teléfon o de la entidad o corporativo, etcétera) aunque el consumo corresponda a un periodo anterior, si su emisión se realiza en el plazo anteriormente establecido.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    Los gastos de personal que sean estrictamente necesarios para la ejecución del programa objeto de la subvención y se generen en el plazo de ejecución de las actividades del Programa, comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
  • En relación con los gastos subvencionables, se tendrá en cuenta lo siguiente: · eligible
    En relación con los gastos de personal, para periodos de imputación o jornadas inferiores, el cálculo de las retribuciones de personal se hará de forma proporcional. En el caso de que alguno de los trabajadores intervenga en otros programas, actividades o servicios de la entidad beneficiaria distintos a los que se propone subvencionar, el criterio de imputación será el porcentaje de la jornada laboral del trabajador dedicada al pro- grama subvencionado.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Asimismo, l · eligible
    Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado en el apartado correspondiente de la presente propuesta de resolución.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Asimismo, l · eligible
    En los términos establecidos en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación sobre contratos del sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la fecha de la resolución. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a crite- rios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no re- caiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Los gastos derivados de préstamos o créditos, así como los de apertura y mantenimiento de cuentas corrientes.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Las cuotas de afiliación a la asociación o a las asociaciones federadas.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Los gastos de inversiones o bienes inventariables, tales como la adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Los acreditados con documentos que no reflejen de manera clara el concepto del gasto y la cantidad.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Los soportados en documentos justificativos que no son conformes a la normativa legal vigente.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: Puede verificar la integridad de este documento mediante la lectura del cód · eligible
    Aquellos gastos en los que falta el correspondiente justificante de pago.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Sanidad