Subvención nominativa 2026. ASOCIACIÓN NUTRIA. Espacios de Conciliación y Apoyo para Menores en Riesgo

El programa que presenta la ASOCIACIÓN JUVENIL ESCUELA DE ANIMACION (NUTRIA) viene definido por la necesidad actual de tener un recurso para poder dar alivio y respiro, a los niños, niñas y adolescentes del sistema de protección que se encuentran en cualquiera de los recursos residenciales de protección a la infancia de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia de la Junta de Extremadura, por las carencias socioeducativas y vivenciales que tienen los niños, niñas y adolescentes…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 60.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Desglose de los gastos por salida: Alquiler instalaciones en exclusividad: ………3.301,20 €. Manutención: para 45 personas durante 4 días, (desayuno, comida, merienda y cena) 17,16 €/persona/día: …….. 3.088,80 €. Total 1 salida. 6.390,00 €. Por 3 salidas total: 19.170,00 €.
  • Desglose de los gastos por salida: Alquiler instalaciones en exclusividad: ………3.590,00 €. Manutención: para 40 personas durante 6 días, (desayuno, comida, merienda y cena) 14 €/persona/día: ……….. 3.360,00 €. Total 1 salida. 6.950,00 €. Por 3 salidas total: 20.850,00 €.
  • 020,00€ Gastos de trasporte relacionados con el proyecto (Autobuses para 6 salidas)
  • 880,00 € Gastos de publicidad y difusión Gorras, camisetas, linternas, sudaderas. 1.600,00 €
  • En todo caso, es aplicable lo establecido en el art. 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
  • -Compatibilidad. - Csv: FDJEXC8B8N6A63VMLGYZ4ZBMYE9EBS Fecha 05/10/2026 12:25:18 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 4/9
  • El pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá el carácter de pago anticipado, estando exenta esta entidad de prestar garantías, como financiación necesaria para poder llevar a cabo el programa inherente a la subvención al tratarse de subvenciones destinadas a financiar programas de interés general para fines sociales que se conceden a entidades sin ánimo de lucro, y previo Informe favorable emitido por la Consejería de Hacienda y Administración Pública y Diálogo Social de acuerdo al artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo
  • copia, que podrá presentarse hasta el 31 de marzo de 2027, inclusive:
  • Memoria económica justificativa del coste del programa, que deberá contener: 1º Una relación clasificada de justificantes por cada concepto de gasto, con identificación del acreedor, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, con indicación de las desviaciones acaecidas con respecto al presupuesto aprobado. 2º Facturas y documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación referida en el párrafo anterior y, asimismo, la documentación acreditativa del pago. 3º Las tres ofertas, como mínimo, que en aplicación del artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deba de haber solicitado la beneficiaria. Csv: FDJEXC8B8N6A63VMLGYZ4ZBMYE9EBS Fecha 05/10/2026 12:25:18 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 5/9
  • Memoria Técnica justificativa del desarrollo del programa subvencionado, con indicación de los objetivos conseguidos, actividades desarrolladas, beneficiarios del programa, recursos humanos y personal voluntario, así como las incidencias surgidas durante su desarrollo y las desviaciones acaecidas, entre ellas las modificaciones no sustanciales.
  • Memoria o dossier de publicidad del programa donde se refleje claramente la financiación conforme a las obligaciones de publicidad establecidas en la condición segunda. Todas las facturas que justifiquen los gastos del programa subvencionado deberán cumplir con la normativa que resulte de aplicación en materia de facturación. Los documentos acreditativos de los gastos justificados se marcarán con el estampillado que se recoge a continuación, indicando en el mismo el importe que se imputa a la subvención. Cuando la beneficiaria no hubiese presentado la cuenta justificativa en el plazo de justificación establecido en la presente cláusula , se le requerirá dicha documentación en el plazo improrrogable de quince días, la falta de presentación de la justificación en dicho plazo llevará consigo la exigencia de reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
  • Modificaciones sustanciales. Se consideran modificaciones sustanciales del programa cuando se
  • La variación de las cantidades recogidas en los diferentes conceptos de gasto del presupuesto aprobado con cargo a la subvención concedida cuando dicha variación, en su cómputo global
  • La imposibilidad de ofrecer una alternativa a la ejecución del programa aprobado por razones de salud pública u otras causas de fuerza mayor. Las circunstancias que puedan dar lugar a la modificación sustancial del programa tan pronto como se conozcan y previa solicitud de la entidad beneficiaria y en todo caso, con anterioridad a la finalización del período de ejecución del programa, deberán ser autorizadas por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia. Dichas modificaciones sustanciales implicarán la modificación de la propia resolución de concesión y podrá suponer la reducción de la cuantía de la subvención concedida y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente.
  • Modificaciones no sustanciales. Se considerarán modificaciones no sustanciales del programa cuando se
  • La variación de las cantidades recogidas en los diferentes conceptos de gasto del presupuesto aprobado con cargo a la subvención concedida cuando dicha variación, en su cómputo global (suma de valores absolutos de las cuantías presupuestadas), suponga hasta un 30% de la cuantía de la subvención concedida.
  • La adecuación del cronograma o de la metodología del programa aprobado dentro del período de ejecución. La comunicación de las circunstancias que constituyan una modificación no sustancial del programa subvencionado se efectuará a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia en el momento en el que se presente la justificación de la subvención y se incluirán, asimismo, en la memoria técnica justificativa del desarrollo del programa subvencionado.
  • - Obligaciones.- Las obligaciones que adquirirá la entidad con la aceptación de la subvención quedan determinadas en el art. 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Asegurarse y responsabilizarse de que todo el personal que se relacione con los menores cuente con el certificado negativo de delitos sexuales del Registro Central de Delincuentes Sexuales de aquellos profesionales y voluntarios para las actividades del programa objeto de subvención relacionadas con menores, conforme exigen el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y artículo 13.2 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos corrientes y de funcionamiento:
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Se entenderán por gastos financiables en esta partida:
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Material no inventariable o fungible.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de manutención y alojamiento.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de transporte.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de publicidad y difusión.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    CONCEPTO IMPORTE Material no inventariable o fungible (Materiales varios, papelería, talleres, manualidades) 1.500,00 € Csv: FDJEXC8B8N6A63VMLGYZ4ZBMYE9EBS Fecha 05/10/2026 12:25:18 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 3/9
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Copia Electrónica Auténtica Vicepresidencia y Consejería de JUNTA DE EXTREMADURA Desregulación, Servicios Sociales y Familia. Secretaría General Gastos de manutención y alojamiento. (incluye alquiler instalación más la manutención de los participantes)
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Desglose de los gastos por salida: Alquiler instalaciones en exclusividad: ………3.301,20 €. Manutención: para 45 personas durante 4 días, (desayuno, comida, merienda y cena) 17,16 €/persona/día: …….. 3.088,80 €. Total 1 salida. 6.390,00 €. Por 3 salidas total: 19.170,00 €.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Desglose de los gastos por salida: Alquiler instalaciones en exclusividad: ………3.590,00 €. Manutención: para 40 personas durante 6 días, (desayuno, comida, merienda y cena) 14 €/persona/día: ……….. 3.360,00 €. Total 1 salida. 6.950,00 €. Por 3 salidas total: 20.850,00 €.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    020,00€ Gastos de trasporte relacionados con el proyecto (Autobuses para 6 salidas)
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    880,00 € Gastos de publicidad y difusión Gorras, camisetas, linternas, sudaderas. 1.600,00 €
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    TOTAL 60.000,00€ Serán gastos subvencionables los realizados desde el 1 de febrero de 2026 hasta el 31 de diciembre de
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    En todo caso, es aplicable lo establecido en el art. 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    -Compatibilidad. - Csv: FDJEXC8B8N6A63VMLGYZ4ZBMYE9EBS Fecha 05/10/2026 12:25:18 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 4/9
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Copia Electrónica Auténtica Vicepresidencia y Consejería de JUNTA DE EXTREMADURA Desregulación, Servicios Sociales y Familia. Secretaría General Dado que el coste total del programa es con cargo al 100% del importe de la presente subvención, de acuerdo con la solicitud de subvención presentada, la misma no resulta compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    - Forma de pago:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El programa que presenta la ASOCIACIÓN JUVENIL ESCUELA DE ANIMACION (NUTRIA) viene definido por la necesidad actual de tener un recurso para poder dar alivio y respiro, a los niños, niñas y adolescentes del sistema de protección que se encuentran en cualquiera de los recursos residenciales de protección a la infancia de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia de la Junta de Extremadura, por las carencias socioeducativas y vivenciales que tienen los niños, niñas y adolescentes. E sto, se hace más palpable, en los puentes y en fechas cercanas a las navidades, y más concretamente con aquellos y aquellas que por unos u otros motivos no pueden dejar el recurso durante estas fechas El objetivo principal de este proyecto es ofrecer a niños, niñas y adolescentes acogidos en recursos residenciales de protección a la infancia un espacio donde puedan explorar nuevas experiencias, descubrir sus intereses y desarrollar su creatividad a través del ocio y el tiempo libre a través de seis salidas de convivencia en el entorno rural. Se pretende o frecer a menores en acogimiento un espacio de ocio educativo y convivencia en entorno rural, mediante seis salidas: 3 de 4 días y 3 de 6 días de duración durante el año 2026.