Personas jurídicasES612 - Cádiz

SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2026 A LA SACRAM E ILTRE HDAD DE NTRA SRA DEL ROSARIODE EUROPA Y COFRADÍA DE NTRO PADRE JESÚS ATADO A LA COLUMNA Y Mª STMA DE LAS LÁGRIMAS PARA RESTAURACIÓN DE CANDELERÍA PASO DE PALIO DE Mª STMA DE LAS LÁGRIMAS DE ALGECIRAS.

El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración entre Diputación Provincial de Cádiz y la Sacramental e Ilustre Hdad de Ntra Sra del Rosario de Europa y Cofradía de Ntro Padre Jesús Atado a la Columna y M.ª Stma de las Lágrimas, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas. En concreto, el objeto del presente convenio consiste en la realización del proyecto denominado “ Restauración de la Candelería del Paso de Palio de M.ª Stma de las Lágrimas de Algeciras”. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Diputación Provincial de Cádiz, así como no hallarse incurso en procedimiento de reintegro con ésta por subvenciones anteriormente concedidas.
  • Presentar declaración jurada por su representante legal de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Acreditar mediante certificación original o copia cotejada de estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, o en su defecto, acuerdo de aplazamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Estado y la Comunidad Autónoma.
  • Al tratarse de una subvención con destino a la realización de un bien inventariable, el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención, por un periodo no inferior a cinco años en caso de bienes inscritos en un registro público, ni a dos para el resto de los bienes.
  • Aportar la documentación que la Diputación Provincial le requiera y que guarde relación con la subvención objeto del presente convenio. En especial, deberá cumplir con la normativa de Protección del Patrimonio histórico- artístico que resulte de aplicación.
  • Asumir toda la responsabilidad que pudiera derivarse de la organización y desarrollo del proyecto, de tal forma que la Excma. Diputación Provincial de Cádiz quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
  • Hacer constar en la actuación objeto est e Convenio, la colaboración de la Diputación Provincial mediante la inserción de la imagen corporativa en todos los soportes que sean utilizados.
  • Justificar en los términos establecidos en la cláusula Octava del presente Convenio, el desarrollo y ejecución de la actuación subvencionada, así como el empleo de los fondos públicos concedidos, comunicando en su caso, cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se le otorgó.
  • Por último, la Sacramental e Ilustre Hdad de Ntra Sra del Rosario de Europa y Cofradía de Ntro Padre Jesús Atado a la Columna y M.ª Stma de las Lágrimas autoriza a la Diputación Provincial de Cádiz a consultar o recabar los certificados tributarios que sean pertinentes para proceder a la tramitación correcta de la presente subvención.
  • justification
    Forma de justificación. Consistirá en la aportación de certificaciones de obra, facturas y/o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurí - dico mercantil o con eficacia administrativa, a presentar a través del registro electrónico de la Diputación. La entidad beneficiaria deberá conservar los ori- ginales de dichos justificantes durante un período de al menos cuatro años. Las facturas habrán de reunir los requisitos que exigen la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura electrónica, el RD 1619/2012, que regula las obligaciones de facturación, y demás disposiciones legales. Las facturas presentadas deberán incluir, bien en su texto bien mediante sello, que la adquisición o servicio prestado ha sido subvencionado por la Diputación de Cádiz. En caso de que la factura no sea subvencionada al 100%, será necesario indicar el porcentaje que corresponda. En el caso de facturas generadas por profesionales, las cantidades retenidas a cuenta de IRPF no se imputarán como gastos subvencionables. Si im- putará el importe líquido de la factura, que coincidirá con el justificante de pago realizado.
  • justification
    Otros documentos a presentar.
  • justification
    Cuenta justificativa. Contenido (Anexo de Justificación) La acreditación de la realización del proyecto o actividad subvencionada, así como la justificación de que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la cual fueron concedidos, se efectuará mediante la entrega de
  • justification
    Memoria final de actuación detallada, suscrita por quien ostente la re - presentación legal, que describirá los objetivos y resultados consegui - dos conforme a la subvención concedida.En la memoria habrán de in - cluirse fotografías y cualquier otro documento, folleto, programa,
  • justification
    DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Nombre o razón social

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[4667].extracted_segments[1]

El objeto del presente convenio es establecer un marco de colaboración entre Diputación Provincial de Cádiz y la Sacramental e Ilustre Hdad de Ntra Sra del Rosario de Europa y Cofradía de Ntro Padre Jesús Atado a la Columna y M.ª Stma de las Lágrimas, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas. En concreto, el objeto del presente convenio consiste en la realización del proyecto denominado “ Restauración de la Candelería del Paso de Palio de M.ª Stma de las Lágrimas de Algeciras”. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 2 de 16 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00455/2026 con fecha 21/07/2026, CSV: DPC-07ny-05y2-3oez-svuo-vqo1-pufe-pw4pw Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-07ny-05y2-3oez-svuo-vqo1-pufe-pw4pw