Subvención nominativa 2026 a la Asociación alumnos FPA de Massanassa

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Desde un punto de vista cualitativo, los que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
  • Desde un punto de vista cuantitativo, cuando su coste de adquisición no supere el valor de mercado.
  • Desde un punto de vista temporal, aquellos efectivamente pagados con Ajuntament de Massanassa Plaça De Les Escoles Velles 1, MASSANASSA. 46470 (Valencia). Tfno. 961255500. Fax: 961251754 Cód. Validación: RK5CZREGSTC3JM4GC7R949P95 Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos de procedimientos judiciales.
  • Los tributos que sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • La adquisición de bebidas alcohólicas o tabaco y sólo excepcionalmente gastos de adquisición de alimentos o restauración cuando quede suficientemente acreditado, que dichos gastos revierten en los vecinos de Massanassa y no sólo en los socios de la asociación/club. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos públicos para el contrato menor, es decir
  • 000 € ( IVA no incluido) para suministros o servicios, y 40.000 € (IVA no incluido) para obras, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveed ores, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención, extremos que deberán justificarse fehacientemente. Las ofertas presentadas deberán aportarse en la justificación.
  • Facturas: Se aportarán facturas o documentos de valor probatorio al menos por el
  • importe de la subvención concedida y atendiendo a las siguientes normas: a. El beneficiario deberá figurar obligatoriamente como destinatario de la factura y deberán cumplir el resto de requisitos establecidos en el RD 1496/2003 de 28 de noviembre. (número de factura, nombre, CIF, desglose de IVA o indicación de su exención, concepto, precio unitario…) b. Los gastos de personal, dietas, etc. se justificarán a través de las nóminas, debidamente firmadas por su perceptor/a, justificación de las cotizaciones a la Seguridad Social e, igualmente, justificación de la retención e ingreso en la delegación de la Agencia Estatal Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF y tributos. c. La fecha de las facturas deberá estar comprendida en el periodo de actividad comprendido entre el 01 de Enero de 2026 y el 30 de Noviembre de 2026. En cualquier caso, los justificantes deberán permitir identificar el concepto del gasto realizado y su relación directa con la actividad subvencionada, y no podrán presentarse para la justificación de otra subvención.
  • El justificante de pago de las facturas aportadas, (ya sea mediante recibo, resguardo de ingreso bancario o transferencia) o un sello y firma en la factura constatando que se ha pagado en efectivo.
  • Acreditación mediante la aportación de fotografías, material publicitario u otros de que se ha dado publicidad a la cofinanciación de la actividad por el Ayuntamiento de Massanassa.
  • Pago de la subvención : El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad para el que se concedió. No podrá realizarse el pago de cuantía alguna en tanto el beneficiario no demuestre estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Ajuntament de Massanassa Plaça De Les Escoles Velles 1, MASSANASSA. 46470 (Valencia). Tfno. 961255500. Fax: 961251754 Cód. Validación: RK5CZREGSTC3JM4GC7R949P95 Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4
  • Seguridad Social, o se autorice al Ayuntamiento de Massanassa a efectuar directamente dicha consulta. No podrá realizarse el pago de cuantía alguna en tanto el beneficiario sea deudor por resolución de procedencia de reintegro u otras deudas con el Ayuntamiento de Massanassa.
  • Modificación de las resoluciones de concesión . La resolución de otorgamiento de la subvención puede ser modificada por el Ayuntamiento de Massanassa, una vez transcurrido el plazo de audiencia de 10 días concedido al beneficiario, bien sea con relación a su contenido o condicionado, o bien sea en relación con el importe de la
  • Cuando se produzca una alteración en las condiciones que determinaron la concesión de la subvención.
  • Cuando el beneficiario haya obtenido para la misma actuación otras subvenciones, ayudas o aportaciones de cualquier origen, público o privado, que sumadas a la del Ayuntamiento superen el coste total de la obra o de la actividad subvencionada o aquel porcentaje que se haya fijado en las bases específicas.
  • Cuando el importe de la subvención suponga más del 50% del coste total de la actividad efectivamente realizada durante el periodo subvencionado.
  • Cuando el beneficiario no haya justificado adecuadamente la totalidad del importe según lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Massanassa. CUARTO.- Notificar a la entidad interesada la presente resolución con expresión de los recursos que en derecho procedan. QUINTO.- Comunicar la presente resolución al Área de Intervención, a fin de realizar las operaciones contables que procedan. SEXTO.- Dar cuenta al Pleno del contenido de la presente resolución en la próxima sesión que se celebre y publicar en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.

Gastos y actuaciones

  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Los tributos que sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    La adquisición de bebidas alcohólicas o tabaco y sólo excepcionalmente gastos de adquisición de alimentos o restauración cuando quede suficientemente acreditado, que dichos gastos revierten en los vecinos de Massanassa y no sólo en los socios de la asociación/club. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos públicos para el contrato menor, es decir
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    000 € ( IVA no incluido) para suministros o servicios, y 40.000 € (IVA no incluido) para obras, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveed ores, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención, extremos que deberán justificarse fehacientemente. Las ofertas presentadas deberán aportarse en la justificación.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Facturas: Se aportarán facturas o documentos de valor probatorio al menos por el
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    importe de la subvención concedida y atendiendo a las siguientes normas: a. El beneficiario deberá figurar obligatoriamente como destinatario de la factura y deberán cumplir el resto de requisitos establecidos en el RD 1496/2003 de 28 de noviembre. (número de factura, nombre, CIF, desglose de IVA o indicación de su exención, concepto, precio unitario…) b. Los gastos de personal, dietas, etc. se justificarán a través de las nóminas, debidamente firmadas por su perceptor/a, justificación de las cotizaciones a la Seguridad Social e, igualmente, justificación de la retención e ingreso en la delegación de la Agencia Estatal Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF y tributos. c. La fecha de las facturas deberá estar comprendida en el periodo de actividad comprendido entre el 01 de Enero de 2026 y el 30 de Noviembre de 2026. En cualquier caso, los justificantes deberán permitir identificar el concepto del gasto realizado y su relación directa con la actividad subvencionada, y no podrán presentarse para la justificación de otra subvención.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    El justificante de pago de las facturas aportadas, (ya sea mediante recibo, resguardo de ingreso bancario o transferencia) o un sello y firma en la factura constatando que se ha pagado en efectivo.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Acreditación mediante la aportación de fotografías, material publicitario u otros de que se ha dado publicidad a la cofinanciación de la actividad por el Ayuntamiento de Massanassa.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Pago de la subvención : El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad para el que se concedió. No podrá realizarse el pago de cuantía alguna en tanto el beneficiario no demuestre estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Ajuntament de Massanassa Plaça De Les Escoles Velles 1, MASSANASSA. 46470 (Valencia). Tfno. 961255500. Fax: 961251754 Cód. Validación: RK5CZREGSTC3JM4GC7R949P95 Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Modificación de las resoluciones de concesión . La resolución de otorgamiento de la subvención puede ser modificada por el Ayuntamiento de Massanassa, una vez transcurrido el plazo de audiencia de 10 días concedido al beneficiario, bien sea con relación a su contenido o condicionado, o bien sea en relación con el importe de la
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Cuando se produzca una alteración en las condiciones que determinaron la concesión de la subvención.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Cuando el beneficiario haya obtenido para la misma actuación otras subvenciones, ayudas o aportaciones de cualquier origen, público o privado, que sumadas a la del Ayuntamiento superen el coste total de la obra o de la actividad subvencionada o aquel porcentaje que se haya fijado en las bases específicas.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Cuando el importe de la subvención suponga más del 50% del coste total de la actividad efectivamente realizada durante el periodo subvencionado.
  • En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: · eligible
    Cuando el beneficiario no haya justificado adecuadamente la totalidad del importe según lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Massanassa. CUARTO.- Notificar a la entidad interesada la presente resolución con expresión de los recursos que en derecho procedan. QUINTO.- Comunicar la presente resolución al Área de Intervención, a fin de realizar las operaciones contables que procedan. SEXTO.- Dar cuenta al Pleno del contenido de la presente resolución en la próxima sesión que se celebre y publicar en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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