Personas jurídicasES241 - Huesca

Subvención mediante convenio de colaboración Sociedad Mercantil y Artesana

El objeto de la subvención es financiar los gastos generados por el beneficiario derivados de la promoción deportiva, con motivo de la organización de actividades y el mantenimiento de las instalaciones deportivas durante la temporada 2025 -2026 (Escuelas de iniciación, competiciones, actividades de promoción, etc.). El otorgamiento de la presente subvención se encuadra en la línea estratégica nº 2, acción número 12, del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que corresponden a los servicios de Intervención del Ayuntamiento y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas o, en su caso, del órgano de control externo autonómico.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Barbastro la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos nacionales o europeos. En este caso deberá incluirse en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.
  • Facilitar cuanta información le sea requerida por el Área de Deportes, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada, y someterse a cuantas visitas y comprobaciones se consideren convenientes para cotejar la necesidad, desarrollo y realización de las actuaciones para las que se ha solicitado subvención, para lo que facilitará el libre acceso a cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de esta función por la Intervención del Ayuntamiento.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no hallarse incurso en procedimiento de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Ayuntamiento de Barbastro.
  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Barbastro.
  • justification
    1.- El plazo para la justificación se iniciará el día siguiente a la firma del convenio y finalizará el día 30 de octubre de 2026. Si previamente a esta fecha, la entidad beneficiaria decidiera presentar toda la documentación justificativa, se considerará finalizado el plazo de justificación.
  • justification
    2.- El beneficiario de la misma deberá justificar, de conformidad con la normativa en materia de administración electrónica, la aplicación dada a los fondos recibidos de acuerdo con lo establecido en este Convenio. A tal efecto, dentro del plazo establecido, el beneficiario de la subvención deberá presentar junto a la instancia de justificación de la subvención (anexo JC1) la siguiente
  • justification
    - Una cuenta justificativa, comprensiva de la siguiente documentación:
  • justification
    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los
  • justification
    Número de alumnos integrantes de Escuelas de iniciación deportiva (jóvenes menores de 18 años, que tengan por objeto principal la enseñanza de una modalidad deportiva).
  • justification
    Número de deportistas de la entidad con licencia deportiva que participan Deportes Expediente 1797878D
  • justification
    Número de equipos compuestos por deportistas con licencia deportiva que participan en competiciones federadas o Juegos Deportivos en Edad Escolar.
  • justification
    Número de actividades físico deportivas/ eventos organizados por la entidad de naturaleza formativa, recreativa o competitiva, ya sean federadas o no.
  • justification
    Número de participantes en las actividades recogidas en el indicador 4. Se deberá recoger la información de los indicadores que deberán ir acompañados para su
  • justification
    En el caso del indicador 1, presentar un listado en orden alfabético por escuela, donde conste el nombre y apellidos y la fecha de nacimiento de los inscritos, así como cartelería donde se anuncie la realización de la actividad.
  • justification
    En el caso del indicador 2, presentar un listado de deportistas, donde conste nombre, apellidos, número de licencia, categoría y deporte (listado oficial de la DGA o Federación), así como cartelería donde se anuncie la realización de la actividad.
  • justification
    En el caso del indicador 3, presentar un listado de los equipos, donde conste nombre y apellidos de sus integrantes, su número de licencia, categoría y deporte (listado oficial de la DGA o Federación), así como cartelería donde se anuncie la realización de la actividad. Presentar así mismo, calendario de competición y resultados finales.
  • justification
    En el caso del indicador 4, presentar un listado de las actividades físico deportivas, así como cartelería donde se anuncie la realización de la actividad y relación de inscritos a cada una. Si es una actividad competitiva presentar los resultados de dicha competición. Presentar documentación oficial y declaración responsable.
  • justification
    En el caso del indicador 5, presentar declaración responsable donde se indique la relación de participantes en cada actividad. El cumplimiento o incumplimiento de dichos indicadores no será requisito a los efectos de considerar válidamente justificada la subvención, si bien, sí será obligatorio suministrar la información necesaria, así como los datos del propio indicador que se tr ate para observar cómo evoluciona el fomento de la actividad deportiva.
  • justification
    Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas (anexo JC3),

Gastos y actuaciones

  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Son gastos subvencionables todos aquellos vinculados al objeto del convenio, efectivamente realizados y pagados desde el 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026 (art 31.2 LGS y
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    2 TRLSA), como:
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de personal ocasionados por el desarrollo de la actividad (monitores, entrenadores,…) y por el mantenimiento de las instalaciones deportivas (operarios de mantenimiento, limpieza,…), directos o subcontratados.
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Publicidad de las actividades
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Primas de Seguro (accidentes, Responsabilidad Civil)
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Licencias deportivas, mutualidades DGA, inscripción en competiciones, arbitrajes
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Desplazamientos de los deportistas y técnicos para el desarrollo de competiciones.
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Trofeos, equipaciones deportivas, material deportivo.
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Otros directamente ocasionados por la organización o desarrollo de la actividad deportiva.
  • Décima. - Gastos subvencionables · eligible
    Otros directamente ocasionados por el mantenimiento de las instalaciones deportivas.
  • No son gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Gastos de adquisición de productos no relacionados con el objeto del convenio (alcohol, tabaco, etc.).
  • No son gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Gastos originados por la tramitación del Certificado de representante de la entidad , así como gastos de gestoría o asesoría.
  • No son gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Gastos de inversión cuando la aplicación presupuestaria en la que conste la subvención sea del capítulo 4 del presupuesto de gastos.
  • No son gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Gastos de personal ocasionados por la subcontratación a terceros por parte del beneficiario, que excedan el 50% del importe de la actividad subvencionada. (art. 29.2
  • No son gastos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Otros gastos ocasionados por el funcionamiento de la propia entidad, como pueden ser: alquileres de locales sociales, gastos de gestoría o asesoría, gastos de otro tipo de personal (secretaría,…), suministros de luz, agua, teléfono, gas, … Undécima. - Crédito presupuestario. La aportación de 18.000,00 € que contempla este convenio se realizará con cargo a la retención de crédito nº 774, de 6 de mayo de 2026, de la aplicación presupuestaria 012 34100 480 01, Deportes Expediente 1797878D

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de la subvención es financiar los gastos generados por el beneficiario derivados de la promoción deportiva, con motivo de la organización de actividades y el mantenimiento de las instalaciones deportivas durante la temporada 2025 -2026 (Escuelas de iniciación, competiciones, actividades de promoción, etc.). El otorgamiento de la presente subvención se encuadra en la línea estratégica nº 2, acción número 12, del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Barbastro.