SUBVENCIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN VIVIENDAS 2026

Industria y Energía

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 14.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Comunidad Autónoma de Canarias y con el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, así como frente a la Seguridad Social, en los términos del artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y del artículo 22 del RD 887/2006.
  • b) No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones, conforme al artículo
  • 2.g) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al
  • Plazo: QUINCE (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Los interesados deberán presentar la solicitud según el modelo oficial que figura como
  • Modelo normalizado de solicitud de subvención, debidamente cumplimentado y firmado, señalando la LÍNEA 3 y la modalidad (vivienda unifamiliar o elementos comunes en propiedad horizontal) (ANEXO I).
  • Documento acreditativo de la identidad del solicitante (DNI/NIE) y, en su caso, de la representación de quien actúe en su nombre.
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, conforme al modelo normalizado (ANEXO II).
  • Declaración responsable relativa a subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad procedentes de otras Administraciones Públicas o entidades
  • Certificaciones de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y frente a la Seguridad Social, así como con el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, o autorización para que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma recabe dichos datos
  • Modelo de Alta de Tercero del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (si no consta ya en los registros de la Corporación o si se desea designar una cuenta distinta).
  • Memoria técnica o proyecto de la instalación conforme al REBT y a la ITC-BT-52, debidamente firmada por el solicitante, en la que consten: datos del peticionario, denominación del proyecto, memoria descriptiva de la instalación con sus especificaciones técnicas (potencia del equipo, mínimo 3,7 kW), plazo de ejecución previsto, y presupuesto desglosado por conceptos (ANEXO
  • Presupuesto detallado del equipo de recarga e instalación, emitido por empresa instaladora autorizada inscrita en el Registro Integrado Industrial.
  • Factura de suministro eléctrico emitida por la compañía comercializadora de energía correspondiente a la vivienda.
  • Documentación acreditativa de la titularidad o derecho de uso de la vivienda: certificación catastral descriptiva y gráfica (obtenida a través de la Sede Electrónica del Catastro) o cualquier otro documento probatorio válido en derecho (nota simple del Registro de la Propiedad, escritura pública de propiedad, compraventa, donación, u otro documento público suficiente). En caso de discrepancia, el órgano instructor podrá requerir documentación complementaria.
  • Declaración responsable de no encontrarse el inmueble sobre el que se va a realizar la instalación incurso en expediente de disciplina urbanística con orden ejecutiva de demolición o restablecimiento de la legalidad urbanística infringida firme (ANEXO VI).
  • En caso de que la instalación se realice en elementos comunes de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, deberá aportarse acta de la Junta de Propietarios con acuerdo favorable a la instalación.
  • X.- ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN. Los beneficiarios, en cumplimiento de la obligación prevista en la Base 30.ª de las Bases Reguladoras y en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, deberán colocar en un lugar visible de la vivienda o plaza de garaje donde se ejecute la instalación un cartel o placa informativa, durante el periodo de SEIS (6) MESES a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución definitiva de concesión de la subvención, en el que se incluya la identidad corporativa del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, a los efectos de dar a conocer el carácter de financiador de dicha
  • RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN VIVIENDAS. Se aportará reportaje fotográfico de manera que en cada fotografía permita identificar inequívocamente la vivienda o plaza de garaje donde se ha procedido a la instalación de la infraestructura de recarga subvencionada (número de portal, fachada, número de plaza, u otros elementos distintivos). Esta medida es fundamental para garantizar que las fotografías no puedan ser reutilizadas en otros expedientes y para facilitar la verificación por parte de la administración.
  • Se deben tomar, como mínimo, 5 fotografías que muestren el equipo instalado y su ubicación:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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