Subvención gastos notaria y registro a jóvenes (primera vivienda)

Regular las bases y convocar la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes (entre 18 y 39 años), que adquieran su primera vivienda en el municipio de Isuerre, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 6 de julio de 2026, incenƟvando así el asentamiento de la población joven.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ISUERRE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • En el Registro del Ayuntamiento de Isuerre.
  • En cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministraƟvo Común de las Administraciones Públicas.
  • 1.El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, y se iniciará al día siguiente de la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOPZ
  • 2.Para solicitar información los interesados podrán dirigirse a las Oficinas del Ayuntamiento de Isuerre, sitas en Calle Mayor 6 (50687- Isuerre- Zaragoza)
  • Documentación a aportar por los solicitantes.
  • 1.Los interesados deberán de presentar, completa, la siguiente documentación:
  • Solicitud cumplimentada conforme al modelo del ANEXO I.
  • Escritura de compraventa o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción. Si se trata de viviendas de V.P.A. deberá constar de modo indubitado tal carácter en la escritura pública.
  • Certificación del padrón catastral de bienes inmuebles de naturaleza urbana de no ser titulares en pleno dominio, o cotitulares, o titulares de derechos reales de cualquier tipo, de inmuebles radicados en el municipio de Isuerre inscritos en el mismo que no hayan sido inscritos en el Registro de la Propiedad.
  • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario y del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a efectos de obtener la condición de beneficiario de subvenciones ANEXO II .
  • Memoria económica justificativa del coste de los gastos subvencionables
  • ANEXO III oUna relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento del gasto, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. oLas facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el
  • Ficha de terceros debidamente cumplimentada por la entidad bancaria donde deban ser depositados los fondos, en el caso de que la actuación resulte subvencionada ANEXO IV.
  • 2.El Ayuntamiento de Isuerre podrá solicitar aclaraciones o ampliaciones de información y documentación. Si la solicitud no reúne los requisitos y documentos indicados, se requerirá al solicitante para que, en un plazo máximo de improrrogable de diez días hábiles, subsane las deficiencias observadas, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido en su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a los previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 18.2 de Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
  • 4. El cumplimiento de todo lo anterior se acreditará mediante la presentación de documentación original o copias autenticadas. En otro caso, serán compulsadas en el Registro General del Ayuntamiento de Isuerre.
  • ZARAGOZA Calle Mayor 6 (50687- Isuerre- Zaragoza) No es preciso aportar documento que acredite el empadronamiento de los beneficiarios en el Ayuntamiento de Isuerre ni de estar al corriente de sus obligaciones tributarias municipales, así como tampoco el informe urbanís Ɵco del técnico municipal, que se recabará de oficio por el órgano administra Ɵvo tramitador de la ayuda.
  • Procedimiento de concesión y criterios objetivos de valoración. La concesión se regirá por el procedimiento simplificado de concurrencia compe ƟƟva contemplado en el ar ơculo
  • 3 de la Ley de Subvenciones de Aragón que se regirá por los principios de publicidad, concurrencia y objetividad. Se resolverá una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes tal y como se establece en el siguiente apartado. Si resulta excedido el importe de la partida presupuestaria correspondiente por la agregación del importe que correspondería a todos los beneficiarios, se efectuará un nuevo reparto de acuerdo con lo contemplado en el apartado 8 de las presentes Bases.
  • 1. Las subvenciones podrán alcanzar, como máximo, las cantidades siguientes:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Regular las bases y convocar la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes (entre 18 y 39 años), que adquieran su primera vivienda en el municipio de Isuerre, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 6 de julio de 2026, incenƟvando así el asentamiento de la población joven.