Subvención fomento fiestas populares y festejos - Concesión directa Subvención nominativa a ASOCIACIÓN CULTURAL ROSQUIP · 2026

Título oficial: Subvención fomento fiestas populares y festejos - Concesión directa Subvención nominativa a ASOCIACIÓN CULTURAL ROSQUIPRIANO. Ejercicio 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CARTES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Autorizar la celebración de las actividades recreativas objeto del presente convenio, siempre y cuando se cumpla con la Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria y demás normativa de aplicación, siempre y cuando se haya solicitado la correspondiente autorización con antelación suficiente.
  • Autorizar el uso de las instalaciones y espacios municipales necesarios para el desarrollo de la actividad recreativa, en términos posibilitas y de forma coordinada con Ayuntamiento de Cartes C/. Camino Real, 98, CARTES. 39311 (Cantabria). Tfno. 942819447. Fax: 942819454
  • Conceder una subvención para el desarrollo de la actividad, acordándose una contraprestación económica específica a través del Presupuesto General Municipal, destinada al sostenimiento económico de los gastos de la asociación derivados expresamente de la organización de las fiestas populares y festejos objeto del presente convenio.
  • El Ayuntamiento de Cartes deberá cubrir los seguros de accidentes y de responsabilidad por el funcionamiento normal de las instalaciones y espacios de su propiedad.
  • La asociación se compromete a solicitar las autorizaciones preceptivas para la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas objeto del presente convenio con antelación suficiente para su tramitación administrativa y siempre al menos un mes antes de la fecha en que se vaya a celebrar el evento.
  • La asociación se obliga a presentar en el registro municipal antes de cada evento la programación y en su caso las necesidades de uso de las instalaciones y terrenos y/o espacios de dominio público de titularidad municipal, así como de espacios libres privados de uso público, incluyendo un calendario y horarios en que se va a hacer uso.
  • Las instalaciones y espacios municipales cuyo uso se autorice no tendrán carácter exclusivo de uso y, por tanto, el uso se hará en horarios fijados previamente por las partes en común acuerdo. La asociación se compromete a utilizar exclusivamente los espacios municipales para los fines y en las fechas y horarios indicados por la asociación en su programación y respetando la normativa de aplicación a cada caso concreto. No utilizando los espacios municipales para otro uso distinto al previsto ni permitiendo su uso a otras entidades, sin la correspondiente autorización municipal por escrito, que deberá de formularse con al menos 15 días de antelación al uso que se pretende.
  • La asociación se compromete además de desarrollar su actividad, a llevar a cabo una labor de promoción, divulgación y desarrollo del municipio de Cartes. Ayuntamiento de Cartes C/. Camino Real, 98, CARTES. 39311 (Cantabria). Tfno. 942819447. Fax: 942819454
  • La asociación deberá informar de todas aquellas deficiencias y averías producidas en los espacios municipales al ayuntamiento, del mismo modo, propondrá todas aquellas obras o reformas que redunden en la mejora de los mismos. Asimismo, la asociación no está autorizado a modificar ninguna estructura, dependencia, acceso, cerraduras, etc.…, sin la autorización del Ayuntamiento de Cartes.
  • La asociación deberá incluir la identidad corporativa del Ayuntamiento de Cartes como entidad colaboradora de la asociación, en todos los soportes utilizados para la difusión de su actividad como asociación.
  • La asociación deber á en todo caso, velar y respetar por el buen nombre y honorabilidad del Ayuntamiento de Cartes y de toda su corporación, debiendo actuar con lealtad y sin dañar en ningún caso, ni de modo alguno, la imagen, el nombre y la reputación ni del Ayuntamiento, ni de sus representantes. El incumplimiento de esta obligación conllevará la perdida del derecho a obtener la subvención y el reintegro íntegro de los importes abonados como pago anticipado.
  • La asociación colaborará en actividades relacionadas con el Programa Anual diseñado desde el ayuntamiento y en todos aquellos proyectos sociales y espacios de participación ciudadana promovidos por el Ayuntamiento de Cartes y que sean de interés de ambas partes.
  • La asociación se compromete a no difundir los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de los fines del presente convenio así como a no usar dichos datos para fines distintos.
  • La asociación se compromete a dar cumplimiento a la normativa de aplicación en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de Cantabria, protección de datos, prevención de riesgos laborales y de responsabilidad civil.
  • El plazo y forma estará sujeta al régimen de justificación siguiente: El presente convenio abarca el año natural, debiendo entregarse la documentación justificativa de la subvención en el plazo de 1 mes desde la finalización del mismo (31 de enero). Únicamente se considerará gasto subvencionable el que esté relacionado expresamente con las fiestas populares y los festejos de San Cipriano, en Cohicillos (seguros, carpas, espectáculos, escenarios, sonorización, comida...), derivado de los gastos corrientes necesarios e imprescindibles para el funcionamiento de la asociación (Comisiones Bancarias, gestoría, protección de datos…). No podrán incluirse en la justificación otros gastos que asuma la asociación derivado del resto de actividades que realice. La cuenta justificativa deberá de presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura