Subvención a la Federación de Polígonos empresariales de Aragón para realización vídeo promocional de los polígonos emp…

Título oficial: Subvención a la Federación de Polígonos empresariales de Aragón para realización vídeo promocional de los polígonos empresariales.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.200,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Compatibilidad. Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra ayuda pública para la misma finalidad, hasta el límite del 80% de financiación pública sobre el gasto subvencionable. Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra ayuda privada para la misma finalidad. El importe otorgado en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, ni superar el límite de financiación establecido.
  • Formulario SJ5 . Solicitud-justificación simultánea, que incluye una memoria de actuación acreditativa del cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como las fuentes de verificación y los indicadores utilizados para medir los resultados
  • Justificación de las medidas utilizadas para dar difusión a la subvención concedida , conforme al punto 5, del apartado SEGUNDO de esta resolución.
  • 2. Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas. Los justificantes de los gastos que serán por el importe total del gasto subvencionable señalado en el apartado primero, y corresponden a los gastos recogidos en el presupuesto presentado por el solicitante, indicándose, en su caso, las desviaciones acaecidas.
  • Formulario J2. Que comprende: 1- Certificado/declaración de que se ha realizado la actividad, que se han aplicado los fondos a las finalidad subvencionada y sobre la subvencionalidad de los impuestos indirectos. 2- Presupuesto ejecutado y desviaciones acaecidas. 3- Relación de ingresos y certificado/declaración de las subvenciones e ingresos obtenidos. 4- Relación clasificada de gastos con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago. Para cada uno de los gastos relacionados se indicará cuál ha sido la fuente de financiación. Cuando se hubiera utilizado más de una fuente de financiación pública se indicará el porcentaje en el que hubiera participado cada una de ellas.
  • Copia de las facturas electrónicas originales o copias escaneadas de las facturas en formato papel, legalmente expedidas de acuerdo con el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, o de los documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado anterior, debidamente numerados y ordenados de acuerdo con el índice de la relación clasificada de gastos del formulario J2. Las facturas o justificantes equivalentes estarán expedidas a nombre del beneficiario de la subvención y estarán relacionados con las actividades realizadas. Las facturas emitidas con fecha posterior a la finalización del plazo de ejecución y anterior a la finalización del plazo de justificación se considerarán válidas siempre que la obra, servicio o suministro se haya realizado durante el plazo de ejecución.
  • Documentos acreditativos del pago efectivo de los gastos.
  • Para ser considerados válidos, los justificantes de pago han permitido identificar al beneficiario de la subvención que ordena el pago, al tercero que percibe las cantidades pagadas, la fecha de pago o salida efectiva de los fondos de la entidad beneficiaria, concepto por el que se efectúa el pago referido al número o números de factura a que corresponde, y el importe a justificar.
  • extracto de movimientos bancarios
  • certificado del representante legal de la entidad beneficiaria, con el “recibí” del perceptor, únicamente en pagos inferiores a 300 euros. En caso de pagos mediante cheque o talón, pagaré, letra, etc., se aportará copia del documento y del extracto de movimientos bancarios que justifique la salida efectiva de fondos. Decreto Nº 3662 de 20/10/2026 "Decreto concesión, abono y liquidación subv. Federación Poligonos empresariales"
  • En el supuesto de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas a la actividad subvencionada, la justificación del pago se realizará siempre mediante la aportación del correspondiente extracto bancario acompañado de la orden de pago del beneficiario sellada por el banco, con relación detallada de las facturas, y su suma total deberá coincidir con el total del extracto bancario.
  • Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, salvo que se haya autorizado expresamente en el momento de la solicitud a que la Diputación Provincial pueda solicitar los correspondientes datos. En el caso de que ya estuvieran en poder de la Diputación Provincial de Huesca, el solicitante, siempre que estén vigentes, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo.
  • Se podrá solicitar cualquier otra documentación en soporte físico o electrónico que, en su caso, se considere necesaria para acreditar la realización de la actividad subvencionada. CUARTO. Modificaciones.
  • El beneficiario ha realizado la actividad en los términos planteados en su solicitud. No han existido modificaciones que hayan alterado el contenido sustancial de la actividad subvencionada. QUINTO. Obligaciones del beneficiario.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante la Diputación Provincial de Huesca, al igual que el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la misma.
  • Conforme al articulo 62 del RLGS, la actividad para la que se concede la subvención es la identificada en la solicitud, entendiéndose que se el beneficiario se compromete a realizarla, de acuerdo con el articulo 61 del RLGS, en los términos planteados en la solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por el órgano gestor, siempre que dichos cambios no alteren la finalidad perseguida con su concesión y no dañen derechos de terceros.
  • Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.
  • Comunicar a la Diputación de Huesca, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier otra Administración o entes públicos nacionales o europeos. En este caso, deberá incluirse en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada. Decreto Nº 3662 de 20/10/2026 "Decreto concesión, abono y liquidación subv. Federación Poligonos empresariales"
  • Facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Huesca, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada, y someterse a cuantas visitas y comprobaciones se consideren convenientes para cotejar la necesidad, desarrollo y realización de las actuaciones para las que se ha solicitado la ayuda, para lo que facilitará el libre acceso a cuanta documentación.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes