Personas jurídicasES709 - Tenerife

Subvención a favor de la Diócesis San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) para la restauración de diversos Bi · 2026

Título oficial: Subvención a favor de la Diócesis San Cristóbal de La Laguna (Obispado de Tenerife) para la restauración de diversos Bienes Muebles de valor cultural de su titularidad, anualidad 2026

indicarán en las consideraciones jurídicas expuestas a continuación, debe tenerse en cuenta que la norma 1ª.6 del Programa prevé para tales supuestos que “Este programa se tendrá que adaptar a las circunstancias concurrentes en cada momento, por lo que será susceptible de modificación tanto respecto a líneas de actuación como a las actuaciones, pudiendo llevarse a cabo la supresión o inclusión de algunas, así como se podrán modificar, por ejemplo, las anualidades, importes, criterios de selección o ponderación, etc.“

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 334.285,31 €. Inicio: 13/10/2023. Plazo: Fin: 24/03/2028.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública. A estos efectos, la subvención a conceder cumple con tales previsiones.
  • En tal sentido, se debe hacer especial mención a los siguientes aspectos:  Existe crédito adecuado y suficiente a la naturaleza del gasto que se propone contraer, por un importe total de 334.285,31 €, el cual se imputará a la ap licación presupuestaria
  • 0343.3363.78940, proyecto nº 23-0181.  No se establece la constitución de garantía, dada la naturaleza de la entidad beneficiaria.  Constan las correspondientes certificaciones acreditativas de que el Obispado de Tenerife está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.  Consta declaración responsable suscrita por el Ecónomo Diocesano en la que se expone que el Obispado de Tenerife no está incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, previstas en el artículo 13 de la LGS.
  • Subvenciones a personas físicas y personas jurídicas sin ánimo de lucro para el mantenimiento, restauración y/o conservación de inmuebles de valor cultural.
  • Subvenciones a Ayuntamientos para la restauración de bienes de valor cultural.
  • Subvenciones a Ayuntamientos para la elaboración y aprobación de planes especiales de protección de conjuntos históricos, así como de catálogos municipales de bienes patrimoniales culturales.
  • Subvenciones al Obispado de Tenerife para la restauración de bienes inmuebles de valor cultural.
  • Subvenciones al Obispado de Tenerife para la restauración de bienes muebles de valor cultural.
  • Subvenciones al Obi spado de Tenerife para la restauración de órganos musicales antiguos de valor cultural.
  • Subvenciones al Obispado de Tenerife para la digitalización de fondos del Archivo Histórico Diocesano.
  • Actuaciones en infraestructuras de valor cultural propiedad del C abildo Insular de Tenerife.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

indicarán en las consideraciones jurídicas expuestas a continuación, debe tenerse en cuenta que la norma 1ª.6 del Programa prevé para tales supuestos que “Este programa se tendrá que adaptar a las circunstancias concurrentes en cada momento, por lo que será susceptible de modificación tanto respecto a líneas de actuación como a las actuaciones, pudiendo llevarse a cabo la supresión o inclusión de algunas, así como se podrán modificar, por ejemplo, las anualidades, importes, criterios de selección o ponderación, etc.“