Personas jurídicasES21 - PAIS VASCO

Subvención extraordinaria Ekidazu Abesbatza 25 aniversario

Es objeto de la presente Ordenanza regular la concesión de subvenciones para la cofinanciación de actividades y programas de ámbito socio-cultural y desarrollo comuni- tario desarrollados por las asociaciones socio-culturales sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos previstos en la presente normativa.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES21 - PAIS VASCO. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LEZAMA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Estar legalmente constituidas.
  • Tener fijado el domicilio social en Lezama.
  • Hallarse inscritas en el registro de asociaciones del Gobierno Vasco y en el re- gistro de asociaciones del Ayuntamiento.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Se- guridad Social y haber justificado la subvención o subvenciones que, en su caso, haya podido percibir con anterioridad del Ayuntamiento de Lezama, siempre que hubiese vencido el plazo para ello.
  • Estar en posesión del NIF y seguros de responsabilidad civil correspondientes. La mera presentación de la documentación justificativa no implicará la conformidad de la justificación presentada.
  • BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA BOB Jueves, 27 de febrero de 2025Núm. 40 Pág. 3 No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la vigente Ley General de Subvenciones.
  • documentation
    Anualmente el Ayuntamiento de Lezama efectuará la correspondiente convocato - ria pública, en el mes de enero, a fin de que en el plazo que se establezca, todas las personas interesadas puedan presentar la correspondiente solicitud acompañada de la documentación requerida. El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia». Las subvenciones extraordinarias podrán presentarse a lo largo del año, 60 días naturales antes de la celebración de la actividad. No se valorarán las solicitudes presentadas fuera de plazo.
  • documentation
    Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, cumplimen-
  • documentation
    La solicitud irá suscrita por la persona que ostenta la representación legal de la asociación y/o que tenga suficiente poder para ello, extremos que deberán acre- ditarse, bastando para ello la presentación de una copia del acta donde se refleje la constitución de la Junta Directiva aprobada en cada ejercicio.
  • documentation
    A la solicitud deberá de acompañarse una Memoria detallada de las actividades
  • documentation
    Memoria detallada de las actividades programadas, debiendo de señalarse
  • documentation
    1. Descripción de la actividad concreta a desarrollar (en su caso), fechas de realización y objetivos previstos.
  • documentation
    2. Ámbito de población al que va dirigido: número previsible de partici- pantes, sexo, edades, etc.
  • documentation
    3. Medios o infraestructuras propias que la entidad pone a disposición del programa.
  • documentation
    5. Tratamiento de la Igualdad entre mujeres y hombres.
  • documentation
    Presupuesto total, justificando debidamente las ayudas a percibir.
  • documentation
    Certificación de la entidad bancaria en la que tenga abierta cuenta la asocia- ción solicitante, con indicación del número de cuenta donde se depositará el importe de la subvención (Modelo alta 3.º del anexo II).
  • documentation
    Recibo del seguro de responsabilidad civil y accidentes para el año en curso.
  • documentation
    Otros aspectos que puedan ser objeto de valoración. No será obligatorio presentar aquellos documentos obrantes en el registro de asocia- ciones, tales como estatutos, nombramientos, etc., que no hayan sufrido modificación.
  • documentation
    El papel del euskera concebido como medio y como objetivo (0-15 puntos) Para poder valorar este criterio con objetividad será necesario que las asociaciones aporten los documentos mediante los cuales han dado a conocer sus actividades. A1. Redacción de la memoria en euskera: 0-5 puntos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de la presente Ordenanza regular la concesión de subvenciones para la cofinanciación de actividades y programas de ámbito socio-cultural y desarrollo comuni- tario desarrollados por las asociaciones socio-culturales sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos previstos en la presente normativa.