Personas jurídicasES617 - Málaga

SUBVENCION EXCEPCIONAL MANGAS VERDES 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Facturas y justificantes de pagos, transferencias bancarias en pagos de más de
  • 500€, de todos los gastos imputables al proyecto y no solo a la cantidad objeto de la subvención.
  • Una memoria de actuación justificativa de la celebración de la actividad Código Seguro De Verificación ziECcIrvQzfWYKcoDW7abQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Teresa Porras Teruel Firmado 28/07/2026 13:55:02 Francisco Alejandro Merino Cuenca Firmado 28/07/2026 13:12:08 Observaciones Página 2/4 Url De Verificación https://valida.malaga.eu/verifirma/code/ziECcIrvQzfWYKcoDW7abQ%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Detalle de otros ingresos y/o subvenciones que hayan financi ado la actividad con indicación del importe y su procedencia.
  • Aportar fotografías o material donde se acredite que en la realización de la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento.
  • Copia de los tres presupuestos solicitados cuando se superen las cantidades indicadas.
  • No podrá destinar a gastos indirectos más de un 20% del importe de la subvención
  • El proyecto se realizará en la fecha prevista en la documentación aportada.
  • Deberá comunicar la concesión de otras Ayudas o subvenciones Públicas, sin q ue en ningún caso se produzca el exceso de subvenciones percibidas respecto del coste total de la actividad.
  • En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de
  • Personas o entidades incur sas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de esta Ley.
  • Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcen taje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
  • Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las
  • Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa, que no haya obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente.
  • El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en la Ley o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo 37 de a LGS, así como lo indicado en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, así como la Circular 2/2019
  • Si la subvención se justifica fuera de plazo, pero no es motivo suficiente para solicitar el reintegro, se penalizará con un 3% del importe subvencionado, que minorará el último Código Seguro De Verificación ziECcIrvQzfWYKcoDW7abQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Teresa Porras Teruel Firmado 28/07/2026 13:55:02 Francisco Alejandro Merino Cuenca Firmado 28/07/2026 13:12:08 Observaciones Página 3/4 Url De Verificación https://valida.malaga.eu/verifirma/code/ziECcIrvQzfWYKcoDW7abQ%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Si la subvención se justi fica, pero las facturas no han sido pagadas a los proveedores dentro del plazo de 1 mes desde el fin de realización de la actividad, pero se acredita el pago y no es motivo suficiente para solicitar el reintegro, se penalizará con un 3% del importe de dichas facturas, que minorará el último pago de la subvención.
  • Si la subvención se justifica, pero no se acredita mediante fotografía o muestra donde aparezca que este proyecto ha sido subvencionado o financiado por el Ayuntamiento de Málaga u ente dependiente y no es motivo suficiente para solicitar el reintegro, se penalizará con un 3% del importe subvencionado, que minorará el último pago de la subvención.
  • Si la subvención se justifica, pero no se acredita que se han solicitado 3 presupuestos en gastos superiores a 14.999 € más IVA en caso de servicios o suministros o 39.999 € más IVA en caso de obras (y estos servicios, suministros y obras se realizan después de haberse presentado la solicitud de subvención) el importe máximo subvencionable de estos gastos será de

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura