SUBVENCION PARA ESTUDIANTES DE POST-OBLIGATORIO PAR EL TRASPORTE PÚBLICO

El objeto de estas bases es regular las condiciones para el otorgamiento de subvenciones a personas de edades comprendidas entre los 16 y los 25 años (ambos incluidos) que cursen estudios formales o reglados de carácter post-obligatorio en un centro de formación situado fuera del término municipal de Les Cabanyes y que utilicen el transporte público en sus desplazamientos a estos centros de formación.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CABANYES, LES.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.500,00 €. Inicio: 01/11/2026. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios/as de estas prestaciones sociales las personas físicas
  • Estar empadronado/a en Les Cabanyes
  • Tener la edad comprendida entre los 16 y los 25 años, en bien entendido que no podrá ser mayor de 25 años, en el momento de la solicitud de la prestación social. En caso de que el solicitante no tenga cumplidos los 18 años en el momento de la solicitud, ésta deberá ir firmada por su representante legal, padre, madre o tutor/a.
  • Estar matriculado/a en un centro público, privado o concertado de formación profesional de grado medio o superior, bachilleratos, estudios universitarios y/o posgrados o másteres, o cualquier otra modalidad educativa, y en modalidad de formación asistencial o continuada. Quedarán excluidas las formaciones no presenciales oa distancia.
  • Utilizar el transporte público como medio de desplazamiento habitual para la asistencia a dicha formación.
  • La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican en el
  • Presentar el formulario que se apruebe junto con la correspondiente
  • Declaración de no encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición para la percepción de subvención o ayudas públicas,
  • En caso de haber obtenido otras entidades o personas públicas o privadas, ayudas para la misma finalidad,. Declaración de que el importe de las ayudas concurrentes no supera el coste del gasto realizado, con el detalle de las subvenciones obtenidas y de los importes
  • Declaración responsable conforme el beneficiario carece de deudas fiscales ni sociales con la Seguridad Social, la Administración Tributaria estatal y la Administración Tributaria autonómica. (modelo oficial de solicitud)
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria del solicitante donde recibir la ayuda
  • Documento de identificación fiscal de la persona física beneficiaria (NIF/NIE).
  • Justificante de estar matriculado y haber satisfecho las tasas universitarias, de ciclos formativos de grado medio y/o superiores, bachilleratos o de cualquier otra modalidad formativa indicada en estas bases
  • Título de transporte público de Cataluña o justificante bancario de su pago
  • 2. Cualquier inexactitud o falsedad en la declaración responsable comportará la revocación automática de la subvención sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales que puedan derivarse.
  • 3 La subvención otorgada será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados. Sin embargo, el importe total de las subvenciones recibidas por la misma finalidad no podrá superar el coste total de los gastos a subvencionar.
  • 4. El plazo de presentación de solicitudes empezará el 1 de noviembre de 2026 y finalizará el día 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos Las solicitudes conjuntamente con la documentación exigida se tendrán que presentar mediante el formulario aprobado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado y firmado por el interesado o el representante legal si es menor de edad, dentro del período que se indicará en la correspondiente convocatoria de estas ayudas. El impreso se podrá encontrar en el Ayuntamiento de Les Cabanyes en horario de oficina (de 9h a 14h, de lunes a viernes laborables y miércoles laborables de 17h a 19h), o en formato word en la web del Ayuntamiento.
  • 1. El procedimiento de otorgamiento es el de concurrencia no competitiva en aplicación de lo que determina el artículo 22.2.c de la Ley 38/ El extracto de la convocatoria que regirá este procedimiento se publicará, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en la página web del Ayuntamiento.
  • 2. Una vez registrada la solicitud, se verificará que la persona solicitante cumple los requisitos y obligaciones indicados en el punto 8 de las presentes bases y que se ha presentado dentro del plazo establecido. Asimismo, se verificará la documentación de la solicitud y si ésta no cumple los requisitos, se requerirá al/la solicitante para que en un plazo de diez días hábiles subsane el defecto o adjunte los documentos preceptivos. Si no lo hace así, se entenderá que desiste, de acuerdo con el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP). Previa petición del órgano competente por la concesión de las subvenciones, la Intervención podrá suministrar información sobre el estado de deudas del beneficiario hacia el Ayuntamiento
  • 3. El plazo máximo para la resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de entrega de solicitudes. La carencia de resolución, dentro de este plazo, tendrá efectos desestimatorios.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Pago de la compra de alguno de los títulos de transporte de Cataluña que tengan la condición de personal e intransferible, durante los tres trimestres del calendario escolar, siempre y cuando se acredite la continuidad de los estudios.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas bases es regular las condiciones para el otorgamiento de subvenciones a personas de edades comprendidas entre los 16 y los 25 años (ambos incluidos) que cursen estudios formales o reglados de carácter post-obligatorio en un centro de formación situado fuera del término municipal de Les Cabanyes y que utilicen el transporte público en sus desplazamientos a estos centros de formación.