Personas físicasEstudiantes y educaciónES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Subvención a estudiantes de euskera curso 2025/26.

que se conceden subvenciones a los vecinos de Andosilla que están euskaldunizándose o alfabetizándose.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ANDOSILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Solicitud oficial debidamente cumplimentada.
  • Copia del documento de identidad del solicitante.
  • Certificado de asistencia o aprovechamiento expedido por el euskaltegi.
  • Recibo de la matrícula en el que conste el abono del 100% de la misma.
  • Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria en la que se desea se ingrese la subvención.
  • Declaración de todas las subvenciones solicitadas a administraciones públicas o entidades privadas, o concedidas por ellas, para este objeto. Se hará constar si la subvención ha sido ya resuelta o está todavía sin resolver; en caso de que haya resolución sobre la concesión de la subvención, se adjuntará una copia. Todo ello se podrá realizar directamente o mediante cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán cumplirse para el día en el
  • Certificar que se ha asistido al 80% del curso subvencionado.
  • Estar empadronado en Andosilla, de forma ininterrumpida, desde una antigüedad de un año respecto a la fecha de solicitud, hasta la fecha de solicitud de la ayuda, circunstancia que el Ayuntamiento comprobará de oficio.
  • Estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Andosilla (el Ayuntamiento comprobará de oficio dicha circunstancia y la recogerá mediante el procedimiento correspondiente).
  • Subsanación de errores en la solicitud presentada. Si se advirtiera en la documentación presentada la existencia de algún error o que la misma está incompleta, se concederá un plazo de 10 días para completar dicha documentación. Si el plazo transcurriera sin que se procediera a la subsanación, se entenderá que ha desistido de seguir adelante con la solicitud.
  • Resolución. La resolución para la concesión de subvenciones de esta convocatoria la dictará el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla en un plazo de dos meses y siempre en base al dictamen de la Comisión de Cultura. Esta resolución se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Andosilla a efectos de notificación, y se comunicará a las personas solicitantes por correo electrónico. En el acuerdo de adjudicación deberán detallarse los beneficiarios de la
  • subvención, y deberá expresarse explícitamente que el resto de las solicitudes han sido denegadas. Además, la Resolución deberá recoger los recursos que existen para impugnarla, el órgano ante el que deberán presentarse dichos recursos y el plazo existente para hacerlo, sin anular, en ningún caso, el derecho a adoptar otro modo de recurrir. A partir de que se dicte la resolución se establece un plazo máximo de tres meses para su abono. Una vez concedida la subvención, el plazo para la resolución de pago finalizará el 31 de diciembre de 20 25. Si no se adopta resolución expresa en dicho plazo, podrá considerarse que la petición ha sido denegada.
  • Pago de la subvención. Las subvenciones se abonarán de una sola vez, una vez adoptada la resolución de concesión; se realizará una transferencia al número de cuenta corriente proporcionado en la solicitud. Si la cuantía de la subvención adjudicada a un beneficiario se reduce porque no ha presentado toda la documentación, por falta de justificación o por incumplimiento de plazos o de una base de la convocatoria, la cantidad sobrante podrá repartirse proporcionalmente entre el resto de beneficiarios.
  • Compatibilidad. Las subvenciones establecidas en esta convocatoria son compatibles con las concedidas para el mismo objeto por otras entidades públicas y privadas, siempre y cuando no exista sobrefinanciación.
  • Devolución de las subvenciones. Se deberá reintegrar parcial o totalmente la
  • Cuando se reciba la subvención sin haber cumplido los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • No presentar los documentos exigidos en el plazo establecido para ello.
  • Recibir al mismo tiempo, para el mismo objeto, otras subvenciones que sean incompatibles.
  • No admitir y obstaculizar las verificaciones que se deben adoptar obligatoriamente.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

que se conceden subvenciones a los vecinos de Andosilla que están euskaldunizándose o alfabetizándose.