Subvención en especie materializada en la cesión de uso de carpas, mesas y sillas para las asociaciones vecinales

Es objeto de la presente convocatoria, la regulación del acceso y concesión de subvención en especie a asociaciones vecinales para el suministro y entrega de carpas, mesas y sillas destinadas a actividades culturales, festivas y de participación ciudadana, por un periodo máximo de 4 años a partir de la resolución de concesión. El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, requerir la devolución del material cedido o disponer de él para atender necesidades propias o de terceros por motivos justificados.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES212 - Gipuzkoa. La gestiona AYUNTAMIENTO DE IRUN.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 14.948,10 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • beneficiario. Podrán optar a las subvenciones las asociaciones vecinales, con domicilio social en Irun y cuyo marco de actuación sea el municipio irunés, que se ajusten a los criterios establecidos en la presente convocatoria Las asociaciones deberán estar constituidas con arreglo a la legislación vigente, e inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco (Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones del País Vasco; Decreto 145/2008, de 29 de julio y Resolución del Departamento de Presidencia del Gobierno
  • Ondasunak lagapen-erregimenean emango dira, eta auzo-elkarte onuradunen lokaletan bertan gordeko dira.
  • Los bienes se entregan en régimen de cesión de uso con depósito de los mismos en las dependencias de las Asociaciones vecinales beneficiarias.
  • Entrega y recepción: La entrega del
  • Mantentze-lanak: Erakunde onuraduna arduratuko da jasotako materiala zaintzeaz, gordetzeaz, babesteaz eta mantentzeaz, eta erakundearen kontura ere izango da, materiala jasotzen duen unetik bertatik. Materialak erabilera-baldintza bikainean emango dira. Emandako materiala jasoz, auzo- elkarteak honako baldintza hauek betetzeko
  • Emandako materiala auzo-elkarteen xede diren jardueretarako soilik erabiliko dira. Emandako materiala ezin izango da hirugarrenei alokatu edo saldu.
  • Emandako materiala leku estali, seguru eta babestu batean gorde beharko da.
  • Auzo-elkarteek materiala garraiatzeak, muntatzeak, desmuntatzeak, garbitzeak eta behar bezala mantentzeak dakartzan gastuak hartuko dituzte haien gain. Auzo-elkarteak izango dira erantzule zibil eta penal bakarrak hirugarrenei eragindako kalte materialengatik edo lesio fisikoengatik, baldin eta kalte horiek lagatako karpak, mahaiak eta aulkiak manipulatzearen, gaizki muntatzearen, gaizki mantentzearen edo gaizki erabiltzearen ondorio badira zuzenean edo zeharka. Irungo Udala erabat salbuetsita geratuko da edozein erreklamazio judizial edo estrajudizialetik. 5 Justifikazioa Elkarte onuradunen eskura jarritako materialak behar bezala erabili direla justifikatzeko, elkarteek memoria bat bidali beharko dute, dagokion ekitaldiaren hurrengo material se realizará en las dependencias municipales que se determinen, siendo responsabilidad de las entidades beneficiarias su traslado a sus respectivos locales.
  • Mantenimiento: La conservación, guarda, custodia y mantenimiento del material recibido serán de exclusiva responsabilidad y cuenta de la entidad beneficiaria a partir del momento de la recepción. Los materiales se ceden en perfectas condiciones de uso. Con la recepción de los bienes entregados las asociaciones se
  • Destinar el material entregado exclusivamente a actividades propias de los fines para los que han sido constituidas las asociaciones vecinales. El material entregado no se puede arrendar ni vender a terceros.
  • Custodiar el material entregado en un lugar cubierto, seguro y protegido.
  • Asumir por cuenta propia los costes derivados del transporte, montaje, desmontaje, limpieza y correcto mantenimiento ordinario de los bienes. Las asociaciones vecinales serán las únicas responsables tanto civil como penal por los daños materiales o lesiones físicas causadas a terceros que se deriven directa o indirectamente de la manipulación, mal montaje, incorrecto mantenimiento o uso deficiente de las carpas, mesas y sillas cedidas, eximiendo por completo al Ayuntamiento de Irun de cualquier reclamación judicial o extrajudicial.
  • 5 Justificación: Como justificación de la correcta y adecuada utilización de los materiales puestos a disposición de las asociaciones beneficiarias, éstas deberán remitir, antes del 31 de enero del

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

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Es objeto de la presente convocatoria, la regulación del acceso y concesión de subvención en especie a asociaciones vecinales para el suministro y entrega de carpas, mesas y sillas destinadas a actividades culturales, festivas y de participación ciudadana, por un periodo máximo de 4 años a partir de la resolución de concesión. El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, requerir la devolución del material cedido o disponer de él para atender necesidades propias o de terceros por motivos justificados.