Subvención directo a UNIZAR - EPSH para investigación en aspectos relacionados con la protección vegetal y la mejora de los medios de producción en cultivos extensivos durante el año 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Informe técnico de las actuaciones subvencionables ejecutadas.
  • Los documentos justificativos de los gastos realizados en aplicación de la actividad subvencionable que se hayan realizado a lo largo de 2026 , junto con una memoria económica, que incluya la relación de las actuaciones con las facturas, nóminas y justificantes de pago realizados, vinculando las distintas partidas o actuaciones con las facturas y pagos correspondientes.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicaci ón del importe y su procedencia, o, en su caso, una declaración responsable sobre la no obtención de otras ayudas para la misma actuación.
  • Dicha documentación deberá presentarse a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón en la siguiente url: https.//www.aragon.es/tramites/aportación - de-documentos-a- procedimientos-en-tramite, accediendo a la aportación de documentos a procedimien tos en trámite.
  • En relación con los gastos de pago de nóminas, seguros sociales y de otros gastos materiales que de manera ineludible se produzcan en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2026, será admisible la previsión de los mismos como justificante siempre que respondan a una continuidad de las acciones recogidas en la presente orden. Dicha previsión deberá presentarse y su justificación efectiva se realizará antes del 12 de febrero de 2027. Séptimo. - Pago de la subvención.
  • Para poder proceder al pago de la subvención, la Universidad de Zaragoza deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y con la Seguridad Social.
  • Para la acreditación de dicho requisito de pago, se estará a lo dispuesto en el artículo 24.6 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • El pago de la ayuda por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se efectuará cuando se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y se haya justificado la realización de la actuación subvencionada y el gasto realiz ado, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto de esta orden.
  • La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo y forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, abonándose solamente la cantidad que corresponda según la justificación presentada, siempre que la actuación subvencionada se hubiera ejecutado.
  • Se podrán realizar pagos a cuenta que re spondan al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada.
  • El pago se efectuará mediante transferencias, de iguales cuantías a las debidamente justificadas.
  • Compromisos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón:
  • Para la realización de las acciones recogidas por un importe máximo de OCHENTA MIL EUROS (80 .000,00 €) que se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 14030/G/7161/440226/91002 PEP 2019/000011.
  • Dicha cantidad se destinará a cubrir los gastos directamente imputables a la ejecución de las acciones descritas en el apartado segundo. Cualquier otra cantidad que, aun estando referida a los costes anteriores, supere la cuantía máxima mencionada en dicho apartado, no será computada para ser afrontada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • La aportación de la administración autonómica prevista en este apartado supone un porcentaje de ayuda del 100%. Si el coste final de la actuación fuese inferior al previsto en el apartado tercero, el importe de la ayuda se reducirá proporcionalmente de forma que se respete el citado porcentaje.
  • El importe de la subv ención nunca podrá, en concurrencia con ayudas y subvenciones de ésta u otras Administraciones públicas o entes privados y públicos, nacionales o internacionales, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. En el supuesto de que se produzca un exceso de los recursos percibidos respecto del coste total de la actividad subvencionada, se estará a lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de subvenciones.
  • Compromisos y obligaciones por parte de la Universidad de Zaragoza: La Universidad de Zaragoza, sin perjuicio del resto de obligaciones impuestas a los beneficiarios en la normativa estatal y autonómica aplicable en materia de subvenciones, asume
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que podrá ser acreditado en la forma prevista por el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. No obstante, tal y como dispone el artículo 24.6 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, podrá presentar una declaración responsable, que sustituirá a la presentación de las certificaciones previstas en los apartados 2 y 3 del art ículo 22. La presentación de dicha declaración se realizará a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, accesible en la url: http://www.aragon.es/tramites.
  • Respecto a la justificación económica:
  • Cumplir la finalidad para la que se concede la ayuda y ejecutar las acciones descritas en el apartado segundo, así como destinar la cuantía aportada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a los fines propios previstos en esta orden.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación