POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA A UNIPUBLIC, S.A.U., PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA VUELTA CICLISTA A ESPAÑA F…

Título oficial: RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES, POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA A UNIPUBLIC, S.A.U., PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA VUELTA CICLISTA A ESPAÑA FEMENINA.

1. El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a Unipublic SAU (en adelante Unipublic) para el desarrollo de La Vuelta Femenina, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por concurrir razones de interés público y social.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000.000,00 €. Inicio: 29/12/2023. Plazo: Fin: 29/01/2024.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una memoria que especifique las actividades susceptibles de ser financiadas.
  • Un presupuesto de los gastos e ingresos correspondientes a las actuaciones financiables.
  • Una declaración responsable de la entidad de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Una declaración responsable de la entidad de no ser deudora de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • En caso de que la entidad solicitante se oponga expresamente a que el órgano concedente pueda recabar directamente la acreditación de sus circunstancias respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, deberá presentar las certificaciones administrativas correspondientes expedidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos previstos en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • La beneficiaria podrá presentar la solicitud de pago anticipado, junto con la documentación anterior y en el mismo acto.
  • La Subdirección General de Alta Competición actuará como órgano instructor del procedimiento, correspondiéndole comprobar los datos en virtud de los cuales se deba formular la propuesta de resolución.
  • La propuesta de resolución será elevada a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes O.A. que resolverá el procedimiento y notificará la resolución definitiva por medios electrónicos, en el plazo máximo de 1 mes desde la entrada en vigor del presente real decreto. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitimará a la entidad beneficiaria para entender desestimada por silencio administrativo la concesión de la subvención, de conformidad con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma cabrá recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Asimismo, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación al beneficiario.
  • La subvención concedida al amparo de este real decreto será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
  • Unipublic, como beneficiaria de esta subvención, quedará sujeta a las obligaciones previstas en la correspondiente resolución de concesión, así como a las obligaciones establecidas en los artículos 14 y concordantes de Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Unipublic podrá subcontratar la totalidad de las actividades necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos que motivan el otorgamiento directo de esta subvención, ajustándose a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sin perjuicio de que el beneficiario asuma la responsabilidad total por la ejecución de la actividad subvencionada. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad.
  • La justificación de la subvención se realizará según lo establecido en el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Para el cumplimiento de los fines de la subvención, la entidad beneficiaria deberá llevar a cabo la organización de La Vuelta Femenina.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Serán subvencionables los gastos correspondientes a las siguientes actividades:
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Alojamiento de equipos participantes y de la organización.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Manutención de equipos participantes y de la organización.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Desplazamientos de equipos participantes y de la organización.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Premios a equipos.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Producción de Televisión.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Otros gastos directamente relacionados con la realización de la actividad.
  • Artículo 4. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Solo serán subvencionables los gastos a que se refiere el apartado 1 realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023, que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación de la subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a Unipublic SAU (en adelante Unipublic) para el desarrollo de La Vuelta Femenina, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por concurrir razones de interés público y social.