Personas jurídicasES431 - Badajoz

Subvención directa por Junta de Gobierno, para la financiación del proyecto «Encauzamiento de Arroyo por la Calle Real».

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    - Forma de Remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz en la
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    - Importe a justificar El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación. No obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
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    - Documentación a aportar en la justificación:
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    1.- Justificación Técnica: Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Nº: 2026/752.CERTIFICADO: 2. Certif JG_11.08.2026_Subv directa_Ayto. FUENTE
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    - Rubio Cortés, María Fernanda, OFICIAL MAYOR, SECRETARIA GENERAL EN FUNCIONES, de Diputación de Badajoz. Firmado 13/08/2026 07:18
  • justification
    - Delfa Cupido, Juan María, PRESIDENTE EN FUNCIONES, de Diputación de Badajoz. Firmado 13/08/2026 13:18
  • justification
    ÁREA DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES Secretaría General www.dip-badajoz.es Página 6 de 13 La acreditación de esta publicidad se detalla en el apartado quinto siguiente sobre “Obligaciones del beneficiario”. Los diversos gastos que se van a imputar como gastos subvencionables deben quedar perfectamente identificados y explicados en la Memoria Técnica justificativa. Cuando la justificación económica difiera, de manera significativa, del presupuesto considerado en la solicitud, o incorpore una tipología de gastos devengados diferentes a los referidos en el presupuesto, pero susceptibles de poder ser considerados subvencionables por su relación directa o indirecta con la actividad que se subvenciona, se entenderá que se produce una reformulación del proyecto de la que deberán dejar clara constancia en la Memoria Técnica justificativa para su oportuna consideración.
  • justification
    2.- Justificación Económica:
  • justification
    2.- Al Anexo de Cuenta justificativa, se adjuntarán de manera ordenada y referidos con los números
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    Plazo de justificación de las actuaciones. La justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha límite el 30 de junio de
  • justification
    todo caso estarán sujetos a las siguientes obligaciones: a. Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas, incluida la obligación de realizar todas las actividades y gastos según consta en el apartado cuarto de esta propuesta. No se admitirán gastos que queden fuera de este periodo. b. Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en que aquélla se produzca, con el fin de obtener en su caso, la correspondiente autorización sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y aprobado. c. Posibilitar toda capacidad de control e inspección de la actividad realizada por parte de la Diputación de Badajoz, tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el artículo 46 sobre obligación de colaboración. Nº: 2026/752.CERTIFICADO: 2. Certif JG_11.08.2026_Subv directa_Ayto. FUENTE
  • justification
    Para las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones, las presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley. El incumplimiento de los requisitos y obligaciones contemplados en las presentes normas por las entidades locales beneficiarias, podrá dar lugar a la anulación, total o parcial, de la subvención concedida por la Diputación de Badajoz y, en su caso, a la exigencia del reintegro de los importes correspondientes. Nº: 2026/752.CERTIFICADO: 2. Certif JG_11.08.2026_Subv directa_Ayto. FUENTE
  • justification
    Los posibles incumplimientos derivados del deber de justificación y obligaciones del beneficiario darán lugar a la tramitación de los correspondientes expedientes de reintegro, de acuerdo a lo siguiente
  • justification
    RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE LA JUSTIFICACIÓN:  No justificación , con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: reintegro total.
  • justification
    RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES:  Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: reintegro total.  Cuando la actividad subvencionada no se ejecute en plazo de manera total, pero el cumplimiento por parte del beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se manifieste por el mismo una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos: Procederá exigir reintegro parcial por la parte no ejecutada.  No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen corporativa, documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.  Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo máximo para realizar el mismo: reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo. Nº: 2026/752.CERTIFICADO: 2. Certif JG_11.08.2026_Subv directa_Ayto. FUENTE

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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